PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO PRESENTADAS POR DIPUTADO
EN LA LX LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario

PROPOSICIÓN TURNO A COMISIÓN RESOLUTIVOS DEL PROPONENTE RESOLUTIVOS APROBADOS TRÁMITE
1   Punto de acuerdo a fin de que la Secretaría de Economía proceda a cancelar de inmediato la concesión otorgada a la empresa industrial Minera México, S. A. de C.V.


Suscribe: Ortiz Magallón Rosario Ignacia (PRD)
Fecha de presentación: 28-Mayo-2008

  - Tercera Comisión: Hacienda y Crédito Público, Agricultura y Fomento, Comunicaciones y Obras Públicas
ÚNICO.- Se exhorta a la Secretaría de Economía proceda a cancelar de inmediato la concesión minera de la empresa Industrial Minera México, S. A. de C. V. , otorgada sobre la mina 8, denomina Pasta de Conchos, localizada en el ejido Santa María, municipio de San Juan de Sabinas, estado de Coahuila. Por haber incumplido de manera generalizada sus obligaciones en materia de seguridad e higiene, previstas en la Ley Minera y en las disposiciones laborales aplicables. Ello de conformidad con el artículo 27 de nuestra Carta Magna. PRIMERO.- La Comisión Permanente del Congreso de la Unión, con sustento en lo dispuesto en los numerales 1 y 3 del artículo 45 y en los numerales 1 y 3 del artículo 97 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicita de los titulares de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y de la Secretaría de Economía, dentro de los 30 días naturales, la siguiente información:
A. Las condiciones materiales, de riesgo, seguridad e higiene, de la Mina 8 de la Unidad Pasta de Conchos; el avance de los trabajos de rescate de los cuerpos de los mineros sepultados; los estudios realizados para precisar la existencia de riesgos, y, en su caso, el grado de peligrosidad, en la ejecución de los trabajos de rescate; y las razones que han obstaculizado e impedido el rescate mencionado, así como las medidas que se pueden adoptar para superarlos, toda vez que ha sido posible ingresar a la mina para realizar trabajos.
B. El resultado de las inspecciones oculares realizadas en la mina en cuestión, indicando la posibilidad y riesgo de realizar nuevas inspecciones que permitan mayor precisión y actualización de las condiciones de seguridad, así como la presencia de gases u otros elementos que sean factores de riesgo, en la Mina 8 de la Unidad Pasta de Conchos.
C. Sobre las acciones, autorizaciones u otras gestiones de los representantes de Industrial Minera México, S.A. de C.V., así como la respuesta que haya recibido de cualquiera de las secretarías antes mencionadas en relación al cierre y sellado de bocaminas de la Mina 8 de la Unidad Pasta de Conchos.

SEGUNDO.- La Comisión Permanente del Congreso de la Unión, con sustento en lo dispuesto en los numerales 1 y 3 del artículo 45 y en los numerales 1 y 3 del artículo 97 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicita de los titulares de las secretarías de Economía y de Trabajo y Previsión Social, que informe a esta soberanía, dentro de los 30 días naturales siguientes sobre la situación jurídica de la concesión otorgada a Industrial Minera México, S.A. de C.V., para la explotación de la Mina 8, denominada Pasta de Conchos, localizada en el Ejido de Santa María, municipio de San Juan Sabinas, estado de Coahuila, y en su caso, si se ha iniciado un procedimiento de cancelación de la concesión minera citada.

TERCERO.- La Comisión Permanente del Congreso de la Unión, con sustento en lo dispuesto en los numerales 1 y 3 del artículo 45 y en los numerales 1 y 3 del artículo 97 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicita del director general del Instituto Mexicano del Seguro Social que informe a esta soberanía, dentro de los 30 días naturales siguientes, de la situación jurídica de los procedimientos de reconocimiento y pago de los derechos de los beneficiarios de los 65 mineros que perdieron la vida en la explosión de la Mina de Pasta de Conchos ocurrida el 19 de febrero de 2006, considerando las pensiones de viudez, orfandad o ascendencia, según proceda y determinando montos plazos y demás condiciones pertinentes. Se exhorta a este organismo descentralizado a que se amplíe, en lo necesario, el periodo de gracia, a efecto de que no prescriban las mensualidades por concepto de pensión y pagos de aguinaldos no reclamados a la fecha, así como las demás prestaciones.
Este organismo descentralizado deberá informar igualmente sobre los procedimientos que haya iniciado en contra de Industrial Minera México, S.A. de C.V., y General de Hulla, S.A. de C.V., por irregularidades en la inscripción de los 65 trabajadores mineros de referencia.

CUARTO.- La Comisión Permanente del Congreso de la Unión, con sustento en lo dispuesto en los numerales 1 y 3 del artículo 45 y en los numerales 1 y 3 del artículo 97 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicita de los titulares de las secretarías de Economía y del Trabajo y Previsión Social, que informe a esta soberanía, dentro de los 30 días naturales siguientes, sobre los procedimientos instaurados para el pago de indemnizaciones a los beneficiarios de los 65 mineros fallecidos con motivo del siniestro de la Mina 8, de Pasta de Conchos, derivadas del acto de negligencia y omisión atribuible a los funcionarios de ambas dependencias.

QUINTO.- La Comisión Permanente del Congreso de la Unión, con sustento en lo dispuesto en los numerales 1 y 3 del artículo 45 y en los numerales 1 y 3 del artículo 97 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicita del titular de la Procuraduría General de la República, que informe a esta soberanía, dentro de los 30 días naturales siguientes, sobre el estado que guardan los procedimientos de averiguación previa en relación a la explosión ocurrida en la Mina 8 de Pasta de Conchos el 19 de febrero de 2006, sobre la situación jurídica de los diversos representantes de Industrial Minera México, S.A. de C.V., General de Hulla, S.A. de C.V., Grupo México, S.A.B. de C.V., y de los servidores públicos de las secretarías de Economía y del Trabajo y Previsión Social, involucrados en estos hechos, así como de las medidas que se hayan adoptado para garantizar la reparación del daño a favor de los beneficiarios de los 65 mineros fallecidos.
Aprobada
con fecha 4-Junio-2008



Publicación en Gaceta: --
2   Punto de acuerdo por el que se exhorta a la Procuraduría General de la República, para que a la brevedad, ejerza acción penal en contra de los responsables del homicidio culposo de 65 mineros acaecido en la mina Pasta de Conchos, en el estado de Coahuila, el 19 de febrero de 2006.


Suscribe: Ortiz Magallón Rosario Ignacia (PRD)
Fecha de presentación: 28-Mayo-2008

  - Tercera Comisión: Hacienda y Crédito Público, Agricultura y Fomento, Comunicaciones y Obras Públicas
ÚNICO.- Se exhorta al procurador General de la República, licenciado Eduardo Medina-Mora Icaza, para que, con respecto a la explosión del 19 de febrero de 2006, proceda a la brevedad, y de conformidad con los artículos 60, 214, 215, 216 y 414 aplicables del Código Penal Federal, determine el ejercicio de la acción penal en contra de los funcionarios de la empresa Industrial Minera México S.A. de .C.V., General de Hulla S.A. de .C.V., Grupo México S.A.B. de C.V. Y de los servidores públicos de las secretarías de Economía, Trabajo y Previsión Social, involucrados en estos hechos, incluyendo al ex secretario del Trabajo, ingeniero Francisco Javier Salazar Sáenz y al ex Presidente Vicente Fox Quesada, así como la representación sindical responsable.

Además, para el caso de los servidores públicos implicados, se les investigue por los delitos de ejercicio indebido del servicio público, abuso de autoridad, coalición de servidores públicos y los que resulten.
PRIMERO.- La Comisión Permanente del Congreso de la Unión, con sustento en lo dispuesto en los numerales 1 y 3 del artículo 45 y en los numerales 1 y 3 del artículo 97 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicita de los titulares de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y de la Secretaría de Economía, dentro de los 30 días naturales, la siguiente información:
A. Las condiciones materiales, de riesgo, seguridad e higiene, de la Mina 8 de la Unidad Pasta de Conchos; el avance de los trabajos de rescate de los cuerpos de los mineros sepultados; los estudios realizados para precisar la existencia de riesgos, y, en su caso, el grado de peligrosidad, en la ejecución de los trabajos de rescate; y las razones que han obstaculizado e impedido el rescate mencionado, así como las medidas que se pueden adoptar para superarlos, toda vez que ha sido posible ingresar a la mina para realizar trabajos.
B. El resultado de las inspecciones oculares realizadas en la mina en cuestión, indicando la posibilidad y riesgo de realizar nuevas inspecciones que permitan mayor precisión y actualización de las condiciones de seguridad, así como la presencia de gases u otros elementos que sean factores de riesgo, en la Mina 8 de la Unidad Pasta de Conchos.
C. Sobre las acciones, autorizaciones u otras gestiones de los representantes de Industrial Minera México, S.A. de C.V., así como la respuesta que haya recibido de cualquiera de las secretarías antes mencionadas en relación al cierre y sellado de bocaminas de la Mina 8 de la Unidad Pasta de Conchos.

SEGUNDO.- La Comisión Permanente del Congreso de la Unión, con sustento en lo dispuesto en los numerales 1 y 3 del artículo 45 y en los numerales 1 y 3 del artículo 97 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicita de los titulares de las secretarías de Economía y de Trabajo y Previsión Social, que informe a esta soberanía, dentro de los 30 días naturales siguientes sobre la situación jurídica de la concesión otorgada a Industrial Minera México, S.A. de C.V., para la explotación de la Mina 8, denominada Pasta de Conchos, localizada en el Ejido de Santa María, municipio de San Juan Sabinas, estado de Coahuila, y en su caso, si se ha iniciado un procedimiento de cancelación de la concesión minera citada.

TERCERO.- La Comisión Permanente del Congreso de la Unión, con sustento en lo dispuesto en los numerales 1 y 3 del artículo 45 y en los numerales 1 y 3 del artículo 97 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicita del director general del Instituto Mexicano del Seguro Social que informe a esta soberanía, dentro de los 30 días naturales siguientes, de la situación jurídica de los procedimientos de reconocimiento y pago de los derechos de los beneficiarios de los 65 mineros que perdieron la vida en la explosión de la Mina de Pasta de Conchos ocurrida el 19 de febrero de 2006, considerando las pensiones de viudez, orfandad o ascendencia, según proceda y determinando montos plazos y demás condiciones pertinentes. Se exhorta a este organismo descentralizado a que se amplíe, en lo necesario, el periodo de gracia, a efecto de que no prescriban las mensualidades por concepto de pensión y pagos de aguinaldos no reclamados a la fecha, así como las demás prestaciones.
Este organismo descentralizado deberá informar igualmente sobre los procedimientos que haya iniciado en contra de Industrial Minera México, S.A. de C.V., y General de Hulla, S.A. de C.V., por irregularidades en la inscripción de los 65 trabajadores mineros de referencia.

CUARTO.- La Comisión Permanente del Congreso de la Unión, con sustento en lo dispuesto en los numerales 1 y 3 del artículo 45 y en los numerales 1 y 3 del artículo 97 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicita de los titulares de las secretarías de Economía y del Trabajo y Previsión Social, que informe a esta soberanía, dentro de los 30 días naturales siguientes, sobre los procedimientos instaurados para el pago de indemnizaciones a los beneficiarios de los 65 mineros fallecidos con motivo del siniestro de la Mina 8, de Pasta de Conchos, derivadas del acto de negligencia y omisión atribuible a los funcionarios de ambas dependencias.

QUINTO.- La Comisión Permanente del Congreso de la Unión, con sustento en lo dispuesto en los numerales 1 y 3 del artículo 45 y en los numerales 1 y 3 del artículo 97 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicita del titular de la Procuraduría General de la República, que informe a esta soberanía, dentro de los 30 días naturales siguientes, sobre el estado que guardan los procedimientos de averiguación previa en relación a la explosión ocurrida en la Mina 8 de Pasta de Conchos el 19 de febrero de 2006, sobre la situación jurídica de los diversos representantes de Industrial Minera México, S.A. de C.V., General de Hulla, S.A. de C.V., Grupo México, S.A.B. de C.V., y de los servidores públicos de las secretarías de Economía y del Trabajo y Previsión Social, involucrados en estos hechos, así como de las medidas que se hayan adoptado para garantizar la reparación del daño a favor de los beneficiarios de los 65 mineros fallecidos.
Aprobada
con fecha 4-Junio-2008



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3   Punto de acuerdo a fin de que el IMSS y otras dependencias, cubran a los familiares de los mineros fallecidos en la mina Pasta de Conchos las pensiones e indemnizaciones.


Suscribe: Ortiz Magallón Rosario Ignacia (PRD)
Fecha de presentación: 28-Mayo-2008

  - Tercera Comisión: Hacienda y Crédito Público, Agricultura y Fomento, Comunicaciones y Obras Públicas
PRIMERO.- Se exhorte al director general del IMSS, Maestro Juan Francisco Molinar Horcasitas, para que garantice a los beneficiarios de los 65 mineros que perdieron la vida en la explosión de la mina de Pasta de Conchos del 19 de febrero de 2006, las pensiones de viudez, orfandad o ascendencia, según proceda. Y al mismo tiempo se amplié el periodo de gracia, a efecto de que no prescriban las mensualidades por concepto de pensión y pagos de aguinaldos, no reclamados a la fecha así como las demás prestaciones.

SEGUNDO.- Se revise la situación de los sobrevivientes, conforme y para los efectos de los artículos 49, 54, 58,59, 61, 62 de la Ley del Seguro Social.

TERCERO.- Se exhorte al secretario del Trabajo y Previsión Social, Licenciado Javier Lozano Alarcón y al secretario de Economía, Doctor Eduardo Sojo Garza-Aldape, para que de inmediato realicen el pago de las indemnizaciones a los beneficiarios, derivadas del acto grave de negligencia y omisión atribuible a los funcionarios de ambas dependencias, en apego a los artículos 15, 16, 31, Transitorio Segundo y demás artículos aplicables de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos; a los artículos 1, 2, 3, 5 , 7, 9, 12, 13, 14, 21, 29, 30, y demás artículos aplicables de la Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado y demás ordenamientos aplicables.

CUARTO.- Se exhorte igualmente al director general de IMSS, para que en los términos del artículo 305 y 307, ambos de la Ley del Seguro Social, proceda a formular querella en contra de las empresas Industrial Minera México, S.A: de C.V. y General de Hulla, S.A. de C.V., por haber inscrito a sus trabajadores, incluidos los 65 mineros que perdieron la vida, con salarios inferiores a los reales.

QUINTO.- Igualmente, se exhorte al procurador General de la República, licenciado Eduardo Medina-Mora Icaza, a garantizar la reparación del daño a favor de los beneficiarios de los 65 mineros fallecidos, en los términos detallados y fundados en el Punto 8, del apartado de "Proposiciones y Acciones", contenido en el Informe Final de la Comisión Especial para Conocer la Responsabilidades y Origen de la Tragedia de la Mina Pasta de Conchos de esta H. Soberanía.

SEXTO.- Se exhorte respetuosamente al Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa y demás autoridades jurisdiccionales, para que resuelvan a la brevedad, los juicios interpuestos por los familiares de los mineros fallecidos.
PRIMERO.- La Comisión Permanente del Congreso de la Unión, con sustento en lo dispuesto en los numerales 1 y 3 del artículo 45 y en los numerales 1 y 3 del artículo 97 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicita de los titulares de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y de la Secretaría de Economía, dentro de los 30 días naturales, la siguiente información:
A. Las condiciones materiales, de riesgo, seguridad e higiene, de la Mina 8 de la Unidad Pasta de Conchos; el avance de los trabajos de rescate de los cuerpos de los mineros sepultados; los estudios realizados para precisar la existencia de riesgos, y, en su caso, el grado de peligrosidad, en la ejecución de los trabajos de rescate; y las razones que han obstaculizado e impedido el rescate mencionado, así como las medidas que se pueden adoptar para superarlos, toda vez que ha sido posible ingresar a la mina para realizar trabajos.
B. El resultado de las inspecciones oculares realizadas en la mina en cuestión, indicando la posibilidad y riesgo de realizar nuevas inspecciones que permitan mayor precisión y actualización de las condiciones de seguridad, así como la presencia de gases u otros elementos que sean factores de riesgo, en la Mina 8 de la Unidad Pasta de Conchos.
C. Sobre las acciones, autorizaciones u otras gestiones de los representantes de Industrial Minera México, S.A. de C.V., así como la respuesta que haya recibido de cualquiera de las secretarías antes mencionadas en relación al cierre y sellado de bocaminas de la Mina 8 de la Unidad Pasta de Conchos.

SEGUNDO.- La Comisión Permanente del Congreso de la Unión, con sustento en lo dispuesto en los numerales 1 y 3 del artículo 45 y en los numerales 1 y 3 del artículo 97 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicita de los titulares de las secretarías de Economía y de Trabajo y Previsión Social, que informe a esta soberanía, dentro de los 30 días naturales siguientes sobre la situación jurídica de la concesión otorgada a Industrial Minera México, S.A. de C.V., para la explotación de la Mina 8, denominada Pasta de Conchos, localizada en el Ejido de Santa María, municipio de San Juan Sabinas, estado de Coahuila, y en su caso, si se ha iniciado un procedimiento de cancelación de la concesión minera citada.

TERCERO.- La Comisión Permanente del Congreso de la Unión, con sustento en lo dispuesto en los numerales 1 y 3 del artículo 45 y en los numerales 1 y 3 del artículo 97 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicita del director general del Instituto Mexicano del Seguro Social que informe a esta soberanía, dentro de los 30 días naturales siguientes, de la situación jurídica de los procedimientos de reconocimiento y pago de los derechos de los beneficiarios de los 65 mineros que perdieron la vida en la explosión de la Mina de Pasta de Conchos ocurrida el 19 de febrero de 2006, considerando las pensiones de viudez, orfandad o ascendencia, según proceda y determinando montos plazos y demás condiciones pertinentes. Se exhorta a este organismo descentralizado a que se amplíe, en lo necesario, el periodo de gracia, a efecto de que no prescriban las mensualidades por concepto de pensión y pagos de aguinaldos no reclamados a la fecha, así como las demás prestaciones.
Este organismo descentralizado deberá informar igualmente sobre los procedimientos que haya iniciado en contra de Industrial Minera México, S.A. de C.V., y General de Hulla, S.A. de C.V., por irregularidades en la inscripción de los 65 trabajadores mineros de referencia.

CUARTO.- La Comisión Permanente del Congreso de la Unión, con sustento en lo dispuesto en los numerales 1 y 3 del artículo 45 y en los numerales 1 y 3 del artículo 97 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicita de los titulares de las secretarías de Economía y del Trabajo y Previsión Social, que informe a esta soberanía, dentro de los 30 días naturales siguientes, sobre los procedimientos instaurados para el pago de indemnizaciones a los beneficiarios de los 65 mineros fallecidos con motivo del siniestro de la Mina 8, de Pasta de Conchos, derivadas del acto de negligencia y omisión atribuible a los funcionarios de ambas dependencias.

QUINTO.- La Comisión Permanente del Congreso de la Unión, con sustento en lo dispuesto en los numerales 1 y 3 del artículo 45 y en los numerales 1 y 3 del artículo 97 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicita del titular de la Procuraduría General de la República, que informe a esta soberanía, dentro de los 30 días naturales siguientes, sobre el estado que guardan los procedimientos de averiguación previa en relación a la explosión ocurrida en la Mina 8 de Pasta de Conchos el 19 de febrero de 2006, sobre la situación jurídica de los diversos representantes de Industrial Minera México, S.A. de C.V., General de Hulla, S.A. de C.V., Grupo México, S.A.B. de C.V., y de los servidores públicos de las secretarías de Economía y del Trabajo y Previsión Social, involucrados en estos hechos, así como de las medidas que se hayan adoptado para garantizar la reparación del daño a favor de los beneficiarios de los 65 mineros fallecidos.
Aprobada
con fecha 4-Junio-2008



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4   Punto de acuerdo por el que se exhorta a la Dirección General del Instituto Mexicano del Seguro Social a atender las peticiones de los trabajadores adscritos al Programa IMSS Oportunidades y los usuarios de este programa en el Estado de Oaxaca.


Suscribe: Ortiz Magallón Rosario Ignacia (PRD)
Fecha de presentación: 28-Mayo-2008

  - Tercera Comisión: Hacienda y Crédito Público, Agricultura y Fomento, Comunicaciones y Obras Públicas
PRIMERO.- La Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión solicita al director general del Instituto Mexicano del Seguro Social, maestro Juan Molinar Horcasitas, remita a la brevedad a esta soberanía un informe detallado del programa IMSS-Oportunidades en el estado de Oaxaca, en el que además se indiquen los alcances y efectividad en la cobertura de las necesidades de atención médica de la región. Asimismo, elabore y envíe un plan de contingencia que cubra las demandas de atención médica, recursos humanos y medicamentos, que dieron origen al conflicto.

SEGUNDO.- La Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión solicita al director general del Instituto Mexicano del Seguro Social, maestro Juan Francisco Molinar Horcasitas, su intervención inmediata, a fin de que se atiendan y resuelva por la vía del diálogo y la concertación las peticiones de los trabajadores adscritos al Programa IMSS Oportunidades y los usuarios de este programa.

TERCERO.- Así mismo, le solicita que por su intermediación se desista el Instituto de los procesos penales y las demandas laborales que se han emprendido contra los trabajadores del programa con motivo de su participación en este movimiento.
ÚNICO.- La Comisión Permanente del Congreso de la Unión, en el ámbito de colaboración entre poderes, exhorta respetuosamente al director general del Instituto Mexicano del Seguro Social, para que intervenga personalmente e instruya a quien corresponda, a efecto de que se realicen los mejores esfuerzos para atender y resolver por la vía del diálogo y la concertación los reclamos de los trabajadores adscritos al Programa IMSS-Oportunidades de la región V Istmo-Papaloapan, así como de los usuarios y beneficiarios de este programa, y se pondere la posibilidad de desistirse de sus acciones en los procesos penales, en los casos que proceda. Aprobada
con fecha 9-Julio-2008



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5   Punto de acuerdo relativo a los recursos depositados en las cuentas individuales correspondientes al SAR ISSSTE 92.


Proponente: Ortiz Magallón Rosario Ignacia (PRD)
Fecha de presentación: 11-Junio-2008

  - Tercera Comisión: Hacienda y Crédito Público, Agricultura y Fomento, Comunicaciones y Obras Públicas
PRIMERO.- La Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión solicita al director general del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, licenciado Miguel Ángel Yunes Linares un informe pormenorizado del avance que tiene hasta la fecha la transferencia de las cuentas individuales correspondientes al SAR ISSSTE 92 de las instituciones financieras a PENSIONISSSTE. Dicho informe deberá entregarse a la Comisión de Seguridad Social de la Cámara de Diputados y a la Comisión de Salud y Seguridad Social del Senado de la República.

SEGUNDO.- Asimismo, solicita que informe pormenorizadamente a dichas comisiones las razones por las que PENSIONISSSTE se ha negado a entregar en una exhibición los recursos depositados en dichas cuentas a los trabajadores que lo han solicitado y las razones por las que no ha cumplido con la entrega de estados de cuenta a los titulares de dichas cuentas.
PRIMERO.- La Comisión Permanente del Congreso de la Unión, con sustento en lo dispuesto en los numerales 1 y 3 del artículo 45 y en los numerales 1 y 3 del artículo 97 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicita de los titulares del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) y del PENSIONISSSTE, se sirvan hacer llegar a esta soberanía, dentro de los 30 días naturales, la información siguiente:
Del programa de transferencia de las cuentas individuales correspondientes al SAR-ISSSTE 92, de las instituciones financieras a PENSIONISSSTE, incluyendo un informe pormenorizado del avance de dicho programa y las clases de cuentas de los trabajadores, involucradas.
Un informe de los trámites y formalidades que deberán satisfacer los trabajadores para tener acceso a los estados de cuenta y a la disposición de los recursos respectivos, administrados por PENSIONISSSTE, incluyendo una explicación general sobre la entrega de dichos estados de cuenta y los recursos correspondientes.

Sobre los programas de información y difusión a los trabajadores de los requisitos, forma y plazos para acceder a los estados de cuenta y retirar sus recursos de las cuentas SAR-ISSSTE 92, exhortando a los titulares de los organismos mencionados, a que fortalezcan dichos programas informativos y de orientación y promuevan una atención más ágil y eficiente a los trabajadores solicitantes.

SEGUNDO.- Se solicita atentamente de los titulares del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y del PENSIONISSSTE, enviar copias de los informes a que se refiere este punto de acuerdo, a las comisiones de Seguridad Social de la Cámara de Diputados y de la Cámara de Senadores.
Aprobada
con fecha 2-Julio-2008



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6   Punto de acuerdo por el que se exhorta al titular del Ejecutivo Federal a atender las peticiones de los jubilados de Talleres Gráficos de la Nación.


Proponente: Ortiz Magallón Rosario Ignacia (PRD)
Fecha de presentación: 11-Junio-2008

  - Tercera Comisión: Hacienda y Crédito Público, Agricultura y Fomento, Comunicaciones y Obras Públicas
PRIMERO.- La Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión exhorta al titular del Ejecutivo Federal para que atienda las peticiones de los jubilados de Talleres Gráficos de la Nación en cuanto al pago de una pensión vitalicia de acuerdo a los derechos adquiridos como socios cooperativistas en dicho organismo.

SEGUNDO.- Asimismo, exhorta al Ejecutivo Federal para que a la brevedad informe a través de la Comisión de Seguridad Social de la Cámara de Diputados el estado que guarda el fideicomiso para el pago de las pensiones objeto del presente acuerdo, así como el proceso de liquidación de la Sociedad Cooperativa de Talleres Gráficos de la Nación.
ÚNICO.- La Comisión Permanente del Congreso de la Unión, con sustento en lo dispuesto en los numerales 1 y 3 del artículo 45 y en los numerales 1 y 3 del artículo 97 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicita al titular de la Secretaría de Gobernación, un informe de la situación actual y relación que se tiene con los ex trabajadores cooperativistas de Talleres Gráficos de la Nación, y que se les reciba para conocer de sus peticiones, en cuanto al pago de una pensión vitalicia como socios cooperativistas en dicho organismo. Aprobada
con fecha 2-Julio-2008



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7   Punto de acuerdo por el que se exhorta al Poder Ejecutivo a respetar los términos de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores de Estado.


Suscribe: Ortiz Magallón Rosario Ignacia (PRD)
Fecha de presentación: 9-Julio-2008

  - Tercera Comisión: Hacienda y Crédito Público, Agricultura y Fomento, Comunicaciones y Obras Públicas
ÚNICO.- La Comisión Permanente del Congreso de la Unión exhorta al Ejecutivo Federal para que acate puntualmente los términos de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y que garantice su cumplimiento conforme al mandato constitucional de su encargo y ejerza sus facultades reglamentarias con estricto apego a derecho. . Archivada
con fecha --



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8   Punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo Federal a respetar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes emanadas de ésta.


Suscribe: Ortiz Magallón Rosario Ignacia (PRD)
Fecha de presentación: 23-Julio-2008

  - Primera Comisión: Gobernación, Puntos Constitucionales y Justicia
PRIMERO.- La Comisión Permanente exhorta al señor Felipe de Jesús Calderón Hinojosa, titular del Poder Ejecutivo a respetar el espíritu laico de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de las leyes emanadas de ésta, así como a mantenerse dentro del Estado de Derecho. En ese contexto le conminamos a brindar el mismo trato a todas las asociaciones religiosas reconocidas por el Estado Mexicano.

SEGUNDO.- La Comisión Permanente del Congreso de la Unión, exhorta al ciudadano Felipe de Jesús Calderón Hinojosa, a honrar y respetar las conmemoraciones cívicas incluidas en el calendario oficial, en particular las correspondientes al Benemérito de las Américas, licenciado Benito Juárez García.
. Archivada
con fecha --



Publicación en Gaceta: --
9   Punto de acueerdo por el que se cita al director general del Instituto Mexicano del Seguro Social a fin de que amplíe lo expuesto en el ¿Informe sobre la situación financiera y los riesgos¿ que enfrenta dicho Instituto y tenga a bien informar sobre la situación del Programa IMSS-Oportunidades.


Suscribe: Ortiz Magallón Rosario Ignacia (PRD)
Fecha de presentación: 20-Agosto-2008

Unidas  - Seguridad Social
- Presupuesto y Cuenta Pública
ÚNICO.- Se solicita a las comisiones de Presupuesto y Cuenta Pública y de Seguridad Social de la H. Cámara de Diputados citen a la brevedad al director general del Instituto Mexicano del Seguro Social, C. Juan Molinar Horcasitas, con el objeto de que amplíe lo expuesto en el "Informe sobre la Situación Financiera y los Riesgos del Instituto" y tenga a bien informar sobre el Programa IMSS-Oportunidades, su situación, retos y perspectivas. . Archivada
con fecha --



Publicación en Gaceta: 12-Septiembre-2008