MINUTAS PRESENTADAS
EN LA LX LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario

SALUD
MINUTA TURNO A COMISIÓN SINOPSIS PROCESO LEGISLATIVO
1 Proyecto de decreto que reforma el artículo 3º y la fracción II del Apartado A, y la fracción I del Apartado B del Artículo 13 de la Ley General de Salud.





Proponente: Minutas (Senadores)

Fecha de presentación: 05-SEP-06

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
  - Salud
Publicación en Gaceta: 05-SEP-06
Eliminar de las materias competencia de la Secretaría de Salud los servicios de salud visual y auditiva, para ser organizados, operados y vigilados por los gobiernos estatales y municipales, dentro de su esfera competencial.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 2-Diciembre-2010


Proceso Legislativo:
1. Iniciativa presentada por el Sen. José Adalberto Castro Castro (PRI) el 22 de marzo de 2006. (LIX)

2. Dictamen de Primera Lectura presentado en la Cámara de Senadores el 26 de abril de 2006. (LIX)

3. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Senadores el 27 de abril de 2006. Aprobado por 75 votos en favor. (LIX)

4. Minuta turnada a la Cámara de Diputados para efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

5. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 5 de septiembre de 2006.

6. Dictamen presentado a discusión en la Cámara de Diputados el 2 de diciembre de 2010. Proyecto de decreto aprobado por 267 votos en pro y 4 abstenciones.

7. Se devolvió a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la CPEUM.

8. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 7 de diciembre de 2010. Se trunó a las Comisiones Unidas de Salud; y de Estudios Legislativos.

9. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 28 de abril de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 77 votos en pro.

10. Pasó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

11. Publicado en el D.O.F. el 10 de junio de 2011.
2 Proyecto de decreto que adiciona un artículo 41 bis a la Ley General de Salud, para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.





Proponente: Minutas devueltas (Senadores)

Fecha de presentación: 05-SEP-06

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
  - Salud
Publicación en Gaceta: 05-SEP-06
Incorporar:
-un comité de ética en investigación, responsable de evaluar y dictaminar los protocolos de investigación en seres humanos.
-que los comités hospitalarios se sujeten a los criterios que establezca la Comisión Nacional de Bioética.
-que dichos comités deberán ser interdisciplinarios, e integrarse por personal médico de distintas especialidades y por personas de las profesiones de psicología, enfermería, trabajo social, sociología antropología, filosofía o especialistas en bioética, abogados con conocimientos en la materia y representantes del núcleo afectado o de personas usuarias de los servicios de salud, guardando equilibrio de género.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 1-Marzo-2007


Proceso Legislativo:
1. Dictamen a Discusión presentado el 23 de septiembre de 2004, y aprobado por 344 votos en pro, 0 en contra y 2 abstenciones. (LIX)

2. Minuta turnada a la Cámara de Senadores para efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

3. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 28 de septiembre de 2004. (LIX)

4. Dictamen de Primera Lectura presentado en la Cámara de Senadores el 25 de abril de 2006. (LIX)

5. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Senadores el 26 de abril de 2006. Aprobado por 78 votos en pro.

6. Dictamen devuelto a la Cámara de Diputados para efectos del inciso e) del artículo 72 de la Constiltución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LIX)

7. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 5 de septiembre de 2006.

8. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Diputados el 1 de marzo de 2007, y aprobado por 363 votos en pro, 0 en contra y 0 abstenciones.

9. Minuta turnada a la Cámara de Senadores para efectos del inciso e) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

10. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 6 de marzo de 2007, y turnada a las Comisiones Unidas de Salud, y de Estudios Legislativos.
3 Proyecto de decreto que reforma el artículo 79 de la Ley General de Salud, para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.





Proponente: Minutas devueltas (Senadores)

Fecha de presentación: 05-SEP-06

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
  - Salud
Publicación en Gaceta: 05-SEP-06
Agregar un transitorio a efecto de que las personas que proporcionen la atención prehospitalaria a que se refiere el artículo 79 de la Ley en comento, tengan un año -a partir de la entrada en vigor del decreto- para regularizar su situación profesional.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 1-Marzo-2007


Proceso Legislativo:
1. Iniciativa presentada por el Dip. Raúl Rogelio Chavarría Salas (PAN) el 20 de abril de 2004. (LIX)

2. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Diputados el 23 de septiembre de 2004, aprobado por 353 votos en pro, 0 en contra y 3 abstenciones. (LIX)

3. Minuta turnada a la Cámara de Senadores para efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 28 de septiembre de 2004. (LIX)

5. Dictamen de Primera Lectura presentado en la Cámara de Senadores el 25 de abril de 2006. (LIX)

6. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Senadores el 26 de abril de 2006. Aprobado por 78 votos en pro.

7. Dictamen devuelto a la Cámara de Diputados, para efectos del inciso e) del artículo 72 Constitucional. (LIX)

8. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 5 de septiembre de 2006.

9. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Dipuatdos el 1 de marzo de 2007. Aprobado por 353 votos.

10. Dictamen turnado al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

11. Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de mayo de 2007.
4 Proyecto de decreto que reforma el artículo 184 de la Ley General de Salud.





Proponente: Minutas (Senadores)

Fecha de presentación: 25-SEP-07

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
  - Salud
Publicación en Gaceta: 25-SEP-07
Establecer como obligación de la Secretaría de Salud el integrar y mantener permanentemente capacitadas y actualizadas a las brigadas especiales que actúen bajo su dirección.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 27-Noviembre-2008


Proceso legislativo:
1. Iniciativa presentada por el Sen. Javier Orozco Gómez (PVEM) el 26 de abril de 2007.

2. Dictamen de Primera Lectura presentado el 18 de septiembre de 2007.

3. Dictamen a Discusión presentado el 20 de septiembre de 2007, y aprobado por 100 votos, en la Cámara de Senadores.

4. Minuta turnada a la Cámara de Diputados para efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

5. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 25 de septiembre de 2007.

6. Proyecto de decerto presentado a discusión en la Cámara de Diputados el 27 de noviembre de 2008. Aprobado por 333 votos en pro.

7. Se turnó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

8. Publicado en el D. O. F. el 5 de enero de 2009.
5 Proyecto de decreto que reforma los artículos 112 fracción III, y 184 Bis de la Ley General de Salud ; los artículos 7 fracción X, 70 y 71, de la Ley General de Educación ; el artículo 4 fracción X de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud ; y los artículos 5 fracción II, y 77 de la Ley Federal de Radio y Televisión ; y se adiciona la fracción K al artículo 281 de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.





Proponente: Minutas (Senadores)

Fecha de presentación: 06-DEC-07

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
  - Salud
Publicación en Gaceta: 06-DEC-07
Incorporar estrategias y acciones de investigación, prevención, tratamiento, normatividad y legislación, así como de sensibilización y capacitación, a los sectores salud, educativo, comunicaciones y de las políticas de protección a los niños y adolescentes, tendientes a prevenir, reducir la incidencia y prevalencia del uso y abuso de sustancias adictivas, así como la morbi-mortalidad asociadas, y en su caso, para la rehabilitación de las personas que padezcan algún tipo de adicción.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 7-Febrero-2012


Proceso legislativo:
1. Iniciativa presentada por el Sen. Guillermo Tamborrel Suárez (PAN) en la Cámara de Senadores el 25 de julio de 2007.

2. Dictamen de Primera Lectura presentado el 29 de noviembre de 2007.

3. Dictamen a Discusión presentado el 4 de diciembre de 2007. Aprobado por 96 votos.

4. Minuta turnada a la Cámara de Diputados para efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

5. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 6 de diciembre de 2007.

6. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 7 de febrero de 2012. Proyecto de decreto aprobado por 260 votos en pro y 5 abstenciones.

7. Se devolvió a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la CPEUM.

8. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 9 de febrero de 2012. Se turnó a las Comisiones Unidas de Salud y de Estudios Legislativos.
6 Proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 3o fracción XXVIII; 13, fracción I del apartado B; 313, fracción II, y 350 Bis 3, segundo párrafo, y se adiciona la fracción XXVIII Bis al artículo 3o de la Ley de Salud.





Proponente: Minutas (Senadores)

Fecha de presentación: 12-DEC-07

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
  - Salud
Publicación en Gaceta: 13-DEC-07
Reservar a la Federación, a través de la Secretaría de Salud, la facultad de establecer las disposiciones generales para el adecuado manejo y disposición de cadáveres, para que los estados lleven a cabo las acciones operativas y procedimentales necesarias para una disposición adecuada y eficaz de los mismos.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 22-Abril-2008


Proceso legislativo:
1. Iniciativa presentada por los Sens. Guillermo Enrique Marcos Tamborrel Suárez (PAN) y Ernesto Saro Boardman (PAN) en la Cámara de Senadores el 3 de mayo de 2007.

2. Dictamen de Primera Lectura presentado el 11 de diciembre de 2007.

3. Dictamen a Discusión presentado el 11 de diciembre de 2007. Aprobado por 87 votos y 3 abstenciones.

4. Minuta turnada a la Cámara de Diputados para efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

5. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 12 de diciembre de 2007.

6. Dictamen de Primera Lectura presentado el 10 de abril de 2008.

7. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 22 de abril de 2008, y aprobado por 254 votos en pro, 0 en contra y 0 abstenciones.

8. Dictamen turnado al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

9. Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 14 de julio de 2008.
7 Proyecto de decreto que reforma el artículo 51 y adiciona los artículos 51 Bis 1, 51 Bis 2 y 51 Bis 3 de la Ley General de Salud, para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.





Proponente: Minutas devueltas (Senadores)

Fecha de presentación: 01-FEB-08

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
  - Salud
Publicación en Gaceta: 01-FEB-08
Precisar la forma en que los usuarios de los servicios médicos ejercerían su derecho a elegir al médico que los atienda.

Asimismo, incluir a las instancias que las instituciones de salud tengan definidas para resolver las quejas de los usuarios, cuando la solución corresponda a su ámbito de competencia.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 5-Marzo-2009


Proceso legislativo:
1. Iniciativas presentadas:
a) Por el Dip. José Ángel Córdova Villalobos (PAN) el 7 de febrero de 2006.

b) Por la Dip. Marisol Vargas Bárcena (PAN) el 14 de marzo de 2006. (LIX)

2. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de trámites presentado el 25 de abril de 2006. Aprobado por 311 votos. (LIX)

3. Minuta turnada a la Cámara de Senadores para efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 26 de abril de 2006.

5. Dictamen de Primera Lectura presentado el 11 de diciembre de 2007.

6. Dictamen a Discusión presentado el 13 de diciembre de 2007. Aprobado por 105 votos.

7. Minuta turnada a la Cámara de Diputados para efectos del inciso e) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

8. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 1 de febrero de 2008, y turnada a la Comisión de Salud.

9. Dictamen presentado a discusión en la Cámara de Diputados el 5 de marzo de 2009. Aprobado por 265 votos en pro y 3 abstenciones.

10. Se turnó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

11. Publicado en el D.O.F. el 17 de abril de 2009.
8 Proyecto de decreto que reforma la fracción V del artículo 100 y el artículo 461, y adiciona los artículos 317 Bis y 317 Bis 1 de la Ley General de Salud, para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.





Proponente: Minutas devueltas (Senadores)

Fecha de presentación: 01-APR-08

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
  - Salud
Publicación en Gaceta: 01-APR-08
Modifica la minuta enviada a efecto de:
-incluir que la realización de estudios genómicos poblacionales deberá formar parte de un proyecto de investigación.
-establecer las sanciones para aquella persona que saque o pretenda sacar del territorio nacional tejidos de seres humanos que puedan ser fuente de material genético, así como cuestiones de técnica legislativa.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 24-Abril-2008


Proceso legislativo:
1. Iniciativa presentada por la Dip. Maria Cristina Díaz Salazar (PRI) el 23 de febrero de 2006. (LIX)

2. Dictamen de Primera Lectura presentado el 25 de abril de 2006. (LIX)

3. Dictamen a Discusión presentado el 25 de abril de 2006.

4. Dictamen aprobado por 260 votos en pro, 81 en contra y 5 abstenciones, en la Cámara de Diputados.

5. Minuta turnada a la Cámara de Senadores para efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LIX)

6. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 25 de abril de 2006. (LIX)

7. Dictamen de Primera Lectura presentado el 26 de marzo de 2008.

8. Dictamen a Discusión presentado el 27 de marzo del 2008. Aprobado por 95 votos.

9. Dictmen devuelto a la Cámara de Diputados para efectos del inciso e) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

10. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 1 de abril de 2008.

11. Dictamen aprobado en la Cámara de Diputados el 24 de abril de 2008 por 267 votos a favor, 0 en contra y 0 abstenciones.

12. Dictamen turnado al Ejecutivo Federal para sus efectos consttucionales.

13. Publicado en el D.O.F. el 14 de julio de 2008.
9 Proyecto de decreto que adiciona tres párrafos al artículo 33 de la Ley General de Salud.





Proponente: Minutas (Senadores)

Fecha de presentación: 08-APR-08

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
  - Salud
Publicación en Gaceta: 08-APR-08
Incluir dentro de las actividades de atención médica la obligación de informar suficiente, clara, oportuna y verazmente al paciente o a sus familiares, así como orientarlos respecto de la atención de la salud y sobre los riesgos y alternativas de los procedimientos diagnosticados, terapéuticos y quirúrgicos que se le indiquen o apliquen.

Otorgar el derecho del paciente a conceder o no su consentimiento por escrito, ante dos testigos, válidamente informados, para que se le pueda intervenir, así como a rechazar o aceptar las opciones diagnosticadas.

Asimismo, establecer cuáles personas podrán realizar dicho procedimiento, ante la imposibilidad del paciente de tomar una decisión respecto de su tratamiento.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 19-Marzo-2009


Proceso legislativo:
1. Iniciativa presentada por el Sen. Federico Döring Casar (PAN) el 11 de diciembre de 2007.

2. Dictamen de Primera Lectura presentado el 1 de abril de 2008.

3. Dictamen a Discusión presentado el 3 de abril de 2008. Aprobado por 104 votos.

4. Minuta turnada a la Cámara de Diputados, para efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

5. Minuta presentada en la Cámara de Diputados el 8 de abril de 2008.

6. Dictamen presentado a discusión en la Cámara de Diputados el 19 de marzo de 2009. Aprobado por 314 votos en pro, 4 en contra y 5 abstenciones.

7. Se devolvió a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso e) del Art. 72 de la CPEUM.

8. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 24 de marzo de 2009. Se turnó a las Comisiones Unidas de Salud; y de Estudios Legislativos.
10 Proyecto de decreto que adiciona la fracción IX Bis al artículo 3o, adiciona un Título Quinto Bis y su Capítulo Único, y el artículo 421 Ter de la Ley General de Salud, para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.





Proponente: Minutas devueltas (Senadores)

Fecha de presentación: 08-APR-08

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
Unidas  - Salud
- Ciencia y Tecnología
Publicación en Gaceta: 08-APR-08
Regular, mediante el establecimiento de un título denominado ¿El Genoma Humano¿, considerándolo como materia de salubridad general, el tratamiento que se aplique al conocimiento del genoma humano, a fin de que las investigaciones biocientíficas no vulneren los derechos fundamentales del ser humano.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 4-Octubre-2011


Proceso legislativo:
1. Iniciativas presentadas:
a) Dip. Francisco Patiño Cardona (PRD) el 25 de septiembre de 2001. (LVIII).
B) Dip. Manuel Wistano Orozco Garza (PAN) el 14 de diciembre de 2001. (LVIII)

2. Dictamen de Primera Lectura presentado en la Cámara de Diputados el 27 de noviembre de 2003. (LIX)

3. Dictamen a Discusión presentado el 2 de diciembre de 2003. Aprobado por 426 votos en pro, 0 en contra y 13 abstenciones.

4. Minuta turnada a la Cámara de Senadores para efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LIX)

5. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 4 de diciembre de 2003. (LIX)

6. Dictamen de Primera Lectura presentado el 1 de abril de 2008.

7. Dictamen a Discusión presentado el 3 de abril de 2008. Aprobado por 99 votos.

8. Minuta turnada a la Cámara de Diputados, para efectos del inciso e) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

9. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 8 de abril de 2008.

10. La presidencia de la comisión de Salud el 26 de junio, 2008 envió expediente no. M019-LX a la comisión de Ciencia y Tecnología, con el dictamen respectivo, para continuar con el trámite legislativo.

11. La presidencia de la comisión de Ciencia y Tecnología mediante oficio no. LX/CCyT/1000/09 el 15 de abril de 2009, remitió a la presidencia de la comisión de Salud el dictamen respectivo lo anterior para la continuidad del trámite legislativo.

12. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 4 de octubre de 2011. Proyecto de Decreto aprobado por 382 votos en pro.

13. Pasó al Ejecutivo Federal para sus efectos constirucionales.

14. Publicado en el D.O.F. el 16 de noviembre de 2011.
11 Proyecto de decreto que reforma y adiciona la Ley General de Salud, en materia de cuidados paleativos.





Proponente: Minutas (Senadores)

Fecha de presentación: 22-APR-08

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
  - Salud
Publicación en Gaceta: 23-APR-08
Considerar como materia de salubridad y como un derecho a la protección de la salud general el tratamiento integral del dolor, así como de otros síntomas físicos y emocionales por parte de un equipo profesional multidisciplinario.

Incorporar el derecho de toda persona mayor de edad, en pleno uso de sus facultades mentales, para, en cualquier momento e independientemente de su estado de salud, otorgar su consentimiento por escrito ante dos testigos, de recibir o no cualquier tratamiento, en caso de que llegase a padecer una enfermedad y estar en situación terminal.

Asimismo, incorporar las facultades y obligaciones de las Instituciones del Sistema Nacional de Salud en la materia.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 29-Abril-2008


Proceso legislativo:
1. Iniciativa presentada por el Dip. Éctor Jaime Ramírez Barba (PAN) a nombre propio y de los Sens. Lázaro Mazón Alonso (PRD), María Teresa Ortuño Gurza (PAN), Blanca Judith Díaz Delgado (PAN), Federico Döring Casar (PAN), Ernesto Saro Boardman (PAN), Guillermo Tamborrel Suárez (PAN), Jorge Quintero Bello (PAN) y Samuel Aguilar Solís (PRI).

2. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de trámites presentado el 21 de abril de 2008. Aprobado por 70 votos.

3. Minuta turnada a la Cámara de Diputados para efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 22 de abril de 2008, y turnada a la Comisión de Salud.

5. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de trámites presentado en la Cámara de Diputados, el 29 de abril de 2008, y aprobado por 368 votos en pro, 1 en contra y 0 abstenciones.

6. Dictamen devuelto a la Cámara de Senadores para efectos del inciso e) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
12 Proyecto que reforma el artículo 7, fracción IX, de la Ley General de Educación.





Proponente: Minutas (Senadores)

Fecha de presentación: 22-APR-08

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Unidas  - Educación Pública y Servicios Educativos
- Salud
Publicación en Gaceta: 23-APR-08
Incorporar dentro de los fines de la educación que imparta el Estado, el estimular la cultura de una sana alimentación para prevenir desequilibrios nutricionales, trastornos derivados de la conducta alimentaria, obesidad y padecimientos crónicos degenerativos.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 28-Septiembre-2010


Proceso legislativo:
1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Sen. Hugo Antonio Laviada Molina (PAN) el 6 de noviembre de 2007. (LX)

2. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de trámites presentado en la Cámara de Senadores el 21 de abril de 2008. Aprobado por 72 votos.

3. Se turnó a la Cámara de Diputados, para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la CPEUM. (LX)

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 22 de abril de 2008 y turnada a las Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos; y de Salud. (LX)

5. Dictamen presentado a discusión en la Cámara de Diputados el 28 de septiembre de 2010. Proyecto de Decreto aprobado por 340 votos en pro y 1 abstención.

6. Se devuelve a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso e) del art. 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 30 de septiembre de 2010. Se turnó a las Comisiones Unidas de Educación; de Salud; y de Estudios Legislativos.

8. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 26 de abril de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 91 votos en pro.

9. Pasó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

10. Publicado en el D.O.F. el 21 de junio de 2011.
13 Proyecto de decreto que reforma el artículo 222 de la Ley General de Salud.





Proponente: Minutas (Senadores)

Fecha de presentación: 16-OCT-08

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
  - Salud
Publicación en Gaceta: 16-OCT-08
Establecer que:
-la Secretaría de Salud, para el otorgamiento de registro sanitario a cualquier medicamento, deberá verificar previamente el cumplimiento de las buenas prácticas de fabricación del proceso de producción, tanto del propio medicamento como de su correspondiente fármaco.
-que dichas verificaciones las podrán realizar sus terceros autorizados o, de ser el caso, se dará reconocimiento al certificado respectivo expedido por la autoridad competente del país de origen, siempre y cuando existan acuerdos de reconocimiento en esta materia entre las autoridades competentes de ambos países.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 23-Marzo-2010


Proceso Legislativo:
1. Iniciativa suscrita por el Sen. Ernesto Saro Boardman (PAN) el 4 de diciembre de 2007.

2. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de trámites presentado el 14 de octubre de 2008. Aprobado por 97 votos.

3. Minuta turnada a la Cámara de Diputados para efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en la sesión de la Cámara de Diputados el 16 de octubre de 2008. Se turnó a la comisión de Salud.

5. Dictamen presentado a discusión en la Cámara de Diputados el 23 de marzo de 2010. Aprobado por 360 votos en pro, 20 en contra y 4 abstenciones.

6. Se turnó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicado en el D.O.F. el 27 de abril de 2010.
14 Proyecto de decreto que adiciona un artículo 41 Bis y reforma los artículos 98 y 316 a la Ley General de Salud.





Proponente: Minutas (Senadores)

Fecha de presentación: 21-OCT-08

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
  - Salud
Publicación en Gaceta: 21-OCT-08
Establecer como obligación de los establecimientos para la atención médica del sector público, social o privado del sistema nacional de salud, contar con un comité hospitalario de bioética y un comité de ética en investigación, integrados por personal médico de distintas especialidades y por personas de las profesiones de psicología, enfermería, trabajo social, sociología, antropología, filosofía o derecho que cuenten con capacitación en bioética, siendo imprescindible contar con representantes del núcleo afectado o de personas usuarias de los servicios de salud, hasta el número convenido de sus miembros, guardando equilibrio de género, quienes podrán estar adscritos o no a la unidad de salud o establecimiento.

Asimismo, establecer lo relativo a su constitución y responsabilidades.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 26-Abril-2011


Proceso Legislativo:
1. Iniciativa presentada por los Sens. Alejandro Zapata Perogordo y Ernesto Saro Boardman (PAN) el 28 de abril de 2008.

2. Dictamen de Primera Lectura presentado el 14 de octubre de 2008.

3. Dictamen a Discusión presentado el 16 de octubre de 2008. Aprobado por 94 votos.

4. Minuta turnada a la Cámara de Diputados para efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

5. Minuta recibida en la sesión de la Cámara de Diputados el 21 de octubre de 2008. Se turnó a la comisión de Salud.

6. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 26 de abril de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 386 votos en pro y 9 en contra.

7. Se devolvió a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la CPEUM.

8. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 27 de abril de 2011. Se turnó a las Comisiones Unidas de Salud; y de Estudios Legislativos.

9. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 3 de noviembre de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 80 votos en pro.

10. Pasó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

11. Publicado en el D.O.F. el 14 de diciembre de 2011.
15 Proyecto de decreto que adiciona una fracción IV al artículo 64 de la Ley General de Salud.





Proponente: Minutas devueltas (Senadores)

Fecha de presentación: 06-NOV-08

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
  - Salud
Publicación en Gaceta: 06-NOV-08
Establecer que en la organización y operación de los servicios de salud destinados a la atención materno-infantil, las autoridades sanitarias competentes deberán implementar mecanismos y acciones de capacitación para fortalecer la competencia técnica de las parteras tradicionales, para la atención de embarazo, parto y puerperio.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 2-Abril-2009


Proceso Legislativo:
1. Iniciativa presentada por la Dip. Angélica De la Peña Gómez, a nombre de la Dip. Marbella Casanova Calam (PRD), el 24 de agosto de 2005. (LIX)

2. Dictamen de Primera Lectura presentado el 27 de marzo de 2008.

3. Dictamen presentado el 3 de abril de 2008. Aprobado por 347 votos en pro.

4. Minuta turnada a la Cámara de Senadores, para efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

5. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 8 de abril de 2008.

6. Dictamen de Primera Lectura presentado el 28 de octubre de 2008.

7. Dictamen presentado el 30 de octubre de 2008. Aprobado por 80 votos en pro.

8. Minuta devuelta a la Cámara de Diputados para efectos del inciso e) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

9. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 6 de diciembre de 2008. Se turnó a la comisión de Salud.

10. Dictamen presentado a discusión en la Cámara de Diputados el 2 de abril de 2009. Aprobado por 286 votos en pro.

11. Se turnó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

12. Publicado en al D.O.F. el 31 de mayo de 2009.
16 Proyecto de decreto que reforma el artículo 27 de la Ley General para el Control del Tabaco.





Proponente: Minutas (Senadores)

Fecha de presentación: 04-DEC-08

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
  - Salud
Publicación en Gaceta: 04-DEC-08
Eliminar la obligación de crear zonas exclusivamente para fumar en aquellos lugares con acceso al público o en áreas interiores de trabajo, públicas o privadas, incluidas las universidades e instituciones de educación superior, de tal forma que el propietario podrá optar por un espacio 100% libre de humo de tabaco.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 14-Abril-2009


Proceso Legislativo:
1. Iniciativa presentada por los Sens. Francisco Agustín Arroyo Vieyra (PRI), Lázaro Mazón Alonso (PRD) y Ernesto Saro Boardman (PAN), en la Cámara de Senadores, el 9 de septiembre de 2008.

2. Dictamen de Primera Lectura presentado el 2 de diciembre de 2008.

3. Dictamen a Discusión presentado el 2 de diciembre de 2008. Proyecto de decreto aprobado por 80 votos y 1 abstención.

4. Se turnó a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

5. Minuta presentada en la sesión de la Cámara de Diputados el 4 de diciembre de 2008. Se turnó a la comisión de Salud.

6. Dictamen presentado a discusión en la Cámara de Diputados el 14 de abril de 2009. Aprobado por 338 votos en pro, 1 en contra y 2 abstenciones.

7. Se devolvió a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso e) del Art. 72 de la CPEUM.

8. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 15 de abril de 2009. Se turnó a las Comisiones Unidas de Salud; y de Estudios Legislativos, Segunda.

9. Proyecto de decreto presentado a discusión en la Cámara de Senadores el 8 de diciembre de 2009. Aprobado por 94 votos en pro, 1 en contra y 2 abstenciones.

10. Se turnó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

11. Publicado en el D.O.F. el 6 de enero de 2010.
17 Proyecto de decreto que reforma el artículo 464 Ter, de la Ley General de Salud.





Proponente: Minutas (Senadores)

Fecha de presentación: 19-MAR-09

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
  - Salud
Publicación en Gaceta: 19-MAR-09
Aumentar la pena de 3 a 15 años de prisión al que adultere o falsifique fármacos, materias primas o aditivos para uso o consumo humanos, o los fabrique sin los registros, licencias o autorizaciones respectivas y de 1 a 9 años de prisión al que falsifique el material para envase o empaque de medicamentos, sus leyendas, la información que contengan o sus números o claves de identificación, comercie, distribuya o transporte materiales para envase o empaque de medicamentos.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 23-Marzo-2010


Proceso Legislativo:
1. Iniciativas presentadas en la Cámara de Senadores: por el Sen. Ernesto Saro Boardman (PAN) el 4 de diciembre de 2007. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Sen. Javier Orozco Gómez (PVEM) el 11 de marzo de 2008.

2. Dictamen de Primera Lectura presentado el 11 de marzo de 2009.

3. Dictamen a discusión presentado el 17 de marzo de 2009. Proyecto de decreto aprobado por 82 votos y 3 en contra.

4. Se turnó a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

5. Minuta recibida en la Cámara de Diputados en la sesión del 19 de marzo de 2009.

6. Dictamen presentado a discusión en la Cámara de Diputados el 23 de marzo de 2010. Aprobado por 369 votos en pro.

7. Se turnó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

8. Publicado en el D.O.F. el 27 de abril de 2010.
18 Proyecto de decreto que adiciona un artículo 222 Bis a la Ley General de Salud.





Proponente: Minutas devueltas (Senadores)

Fecha de presentación: 26-MAR-09

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
  - Salud
Publicación en Gaceta: 26-MAR-09
Definir a los medicamentos biotecnológicos y precisar cuales se denominarán biocomparables. Establecer los requisitos para la obtención del registro sanitario y sobre su identificación en etiquetas, empaques, cuadros básicos y catálogos de medicamentos y en la prescripción de los medicamentos antes referidos, de acuerdo a las disposiciones aplicables que para tal efecto emita la Secretaría de Salud.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 16-Abril-2009


Proceso Legislativo:
1. Iniciativa suscrita por el Dip. Éctor Jaime Ramírez Barba (PAN) y por diversos diputados del PAN el 3 de abril de 2008.

2. Dictamen de Primera Lectura presentado el 30 de septiembre de 2008.

3. Dictamen a discusión presentado el 7 de octubre de 2008. Proyecto de decreto aprobado por 265 votos y 1 abstención.

4. Se turnó a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

5. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 9 de octubre de 2008.

6. Dictamen de Primera Lectura presentado el 19 de marzo de 2009.

7. Dictamen a discusión presentado el 24 de marzo de 2009. Proyecto de decreto aprobado por 97 votos.

8. Se devolvió a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

9. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 26 de marzo de 2009.

10. Dictamen presentado a discusión en la Cámara de Diputados el 16 de abril de 2009. Aprobado por 321 votos en pro.

11. Se turnó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

12. Publicado en el D.O.F. el 11 de junio de 2009.
19 Proyecto de decreto que adiciona un artículo 28 Bis a la Ley General de Salud, para los efectos de la fracción e) del artículo 72 Constitucional.





Proponente: Minutas devueltas (Senadores)

Fecha de presentación: 28-APR-09

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
  - Salud
Publicación en Gaceta: 28-APR-09
Establecer que los únicos que podrán prescribir medicamentos serán los médicos, homeópatas, cirujanos dentistas, médicos veterinarios en el área de su competencia y licenciados en enfermería y deberán contar con cédula profesional expedida por las autoridades educativas competentes. Los pasantes en servicio social, de cualquiera de las carreras antes mencionadas y los enfermeros podrán prescribir ajustándose a las especificaciones que determine la Secretaría de Salud.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 7-Febrero-2012


Proceso Legislativo:
1. Iniciativa presentada an la Cámara de Diputados por el Dip. José Antonio Muñoz Serrano (PAN) el 24 de enero de 2007. (LX)

2. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Diputados el 6 de septiembre de 2007. Proyecto de decreto aprobado por 374 votos, 5 en contra y 6 abstenciones.

3. Pasó a la Cámara de Senadores, para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la CPEUM. (LX)

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 11 de septiembre de 2007. (LX)

5. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de trámites presentado en la Cámara de Senadores el 23 de abril de 2009. Proyecto de decreto aprobado por 64 votos y 11 en contra. (LX)

6. Se devolvió a la Cámara de Diputados, para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la CPEUM. (LX)

7. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 28 de abril de 2009.

8. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 7 de febrero de 2012. Proyecto de decreto aprobado por 256 votos en pro, 15 en contra y 6 abstenciones.

9. Pasó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

10. Publicado en el D.O.F. el 5 de marzo de 2012.