MINUTAS PRESENTADAS EN LA LX LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN |
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ENERGíA |
MINUTA | TURNO A COMISIÓN | SINOPSIS | PROCESO LEGISLATIVO |
1 Proyecto de decreto que expide la Ley de Promoción y Desarrollo de los Bioenergéticos, para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Proponente: Minutas devueltas (Senadores) Fecha de presentación: 05-SEP-06 Cámara de Origen: Cámara de Diputados |
- Agricultura y Ganadería Con Opinión de - Energía Publicación en Gaceta: 05-SEP-06 |
Incluir: -la promoción y el desarrollo de los bioenergéticos para garantizar el derecho al medio ambiente adecuado. -a la Secretaría de Energía, en el proceso de expedición de normatividad en la materia. Eliminar de la propuesta de Ley a la Política Nacional de Energías Renovables, así como la definición de "biomasa" y los alcances previstos en dicha propuesta. Prever en un transitorio la programación gradual de la incorporación del biodiésel y del etanol como oxigenantes en los principales centros urbanos del país. |
Aprobada con fecha 26-Abril-2007 Proceso Legislativo: 1. Iniciativa presentada por el Dip. Cruz López Aguilar (PRI). (LIX) 2. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Diputados el 7 de febrero de 2006. Aprobado por 346 votos en pro. (LIX) 3. Minuta turnada a la Cámara de Senadores para efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. 4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 9 de febrero de 2006. (LIX) 5. Dictamen de Primera Lectura presentado en la Cámara de Senadores el 26 de abril de 2006. (LIX) 6. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Senadores el 27 de abril de 2006. Aprobado por 70 votos en pro, 3 en contra y 2 abstenciones. 7. Dictamen devuelto a la Cámara de Diputados para efectos del inciso e) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. 8. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 5 de septiembre de 2006.(LX) 9. Autorización de la Presidencia de la Mesa Directiva, el 26 de octubre de 2006, para ampliar el turno de la iniciativa a la Comisión de Energía, para que emita su opinión. 10. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Diputados el 19 de abril de 2007. En votación económica se aprobó que se devolviera el dictamen a la Comisión De Agricultura y Ganadería, a solicitud del Presidente de la misma. 11. Dictamen aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 243 votos en favor, 128 en contra y 7 abstenciones, en votación nominal, en la Cámara de Diputados, el 26 de abril de 2007. 12. Dictamen turnado al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales. 13. Observaciones al decreto remitidas por el Ejecutivo Federal el 3 de septiembre de 2007 a la Cámara de Diputados (Cámara de origen). 14. Dictamen aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 354 votos en pro, 37 en contra y 10 abstenciones, en la Cámara de Diputados, el 30 de octubre de 2007. 15. Minuta turnada a la Cámara de Senadores para efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. 16. Minuta recibida en la Cámara de Senadores, y turnada a las Comisiones Unidas de Agricultura y Ganadería; de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca; de Energía; de Puntos Constitucionales; y de Estudios Legislativos. 17. Dictamen aprobado en la Cámara de Senadores el 13 de diciembre de 2007. 18. Dictamen turnado al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales. 19. Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 1 de febrero de 2008. |
2 Proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de las Leyes Generales del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, y de Vida Silvestre. Proponente: Minutas (Senadores) Fecha de presentación: 03-SEP-07 Cámara de Origen: Cámara de Senadores |
- Medio Ambiente y Recursos Naturales Con Opinión de - Economía - Turismo - Energía Publicación en Gaceta: 03-SEP-07 |
Incorporar el principio precautorio, como base para que el Estado actúe cuando haya peligro de daño grave o irreversible, en la cual la falta de certeza científica absoluta no deberá utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas efectivas para impedir la degradación del medio ambiente. Establecer que: -para otorgar autorizaciones para el aprovechamiento extractivo de ejemplares, partes y derivados de la vida silvestre se deberán realizar estudios poblacionales que sustenten las tasas de aprovechamiento. -dichos estudios deberán ser llevados a cabo por la Secretaría de Medio Ambiente, a través de la Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad y los Centros de Investigación. Prohibir la utilización de ejemplares de fauna silvestre que correspondan a especies consideradas dentro de alguna categoría de riesgo, en exhibiciones o espectáculos ambulantes o itinerantes. Asimismo, prever los parámetros básicos que debe comprender un estudio de población que ampare una solicitud para la realización de actividades de aprovechamiento de vida silvestre. |
Aprobada con fecha 26-Febrero-2009 Proceso legislativo: 1. Iniciativas presentadas: a) Sen. Arturo Escobar y Vega (PVEM) el 16 de noviembre de 2006. b) Sen. Ludivina Menchaca Castellanos (PVEM) el 19 de diciembre de 2006. 2. Dictamen de Primera Lectura presentado el 26 de abril de 2007. Se le dispensaron los trámites y fue puesto a Discusión. Aprobado por 85 votos. 3. Minuta turnada a la Cámara de Diputados para efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. 4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 3 de septiembre de 2007. 5. Comunicación de la Mesa Directiva publicada en la Gaceta Parlamentaria del 19 de septiembre de 2007, mediante la cual modifica el turno de la minuta para que las Comisiones de Economía, Turismo y de Energía emitan su opinión. 6. Con oficio número CE/1072/09 con fecha 18 de marzo de 2009, el presidente de la comisión de Energía informó a la presidencia de la Mesa Directiva que la comisión emitió su opinión respecto a la iniciativa, asimismo envió la misma a las comisiones codictaminadoras lo anterior para continuar con el trámite legislativo. 7. Dictamen presentado a discusión en la Cámara de Diputados, el 26 de febrero de 2009. Aprobado en votación nominal por 288 votos en pro. 8. Se turnó a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso e) del Art. 72 de la CPEUM. 9. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 5 de marzo de 2008. Se turnó a las Comisiones Unidas de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca; y de Estudios Legislativos, Segunda. |
3 Proyecto que reforma y adiciona los artículos 253 y 387 del Código Penal Federal. Proponente: Minutas (Senadores) Fecha de presentación: 04-MAR-08 Cámara de Origen: Cámara de Senadores |
Con Opinión de - Economía - Energía - Justicia Publicación en Gaceta: 04-MAR-08 |
Incluir como delitos contra el consumo nacional al que altere o reduzca por cualquier medio las propiedades que las mercancías o productos debieran tener. Equiparar al tipo penal contra el consumo y la riqueza nacionales, la alteración de los instrumentos de medición para entregar o suministrar gas natural o licuado, de petróleo, gasolinas o diesel en cualquiera de sus modalidades, en cantidades inferiores y fuera de los límites permitidos por las normas oficiales mexicanas aplicables. |
Aprobada con fecha 10-Diciembre-2009 Proceso legislativo: 1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Sen. Tomás Torres Mercado (PRD) a nombre propio y del Sen. Silvano Aureoles Conejo (PRD) el 28 de noviembre de 2006. (LX) 2. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Senadores el 28 de febrero de 2008. Aprobado por 82 votos. 3. Se turnó a la Cámara de Diputados, para los efectos del inciso a) del Art. 72 de la CPEUM. (LX) 4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 4 de marzo de 2008. (LX) 5. Iniciativa presentada por el Dip. Carlos Armando Reyes López (PAN) el 16 de octubre de 2007. (LX) 6. Iniciativa presentada por el Dip. Leonardo Álvaez Romo (PVEM) el 19 de enero de 2005. (LIX) 7. Dictamen de primera lectura presentado en la Cámara de Diputados. En votación económica se le dispensó la segunda lectura y se puso a discusión. 8. Aprobado por 260 votos en pro, 4 en contra y 2 abstenciones. 9. Se devolvió a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso e) del Art. 72 de la CPEUM. 10. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 15 de diciembre de 2009. Se turnó a las Comisiones Unidas de Justicia; y de Estudios Legislativos, Segunda. |
4 Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversos artículos de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo. Proponente: Minutas (Senadores) Fecha de presentación: 23-OCT-08 Cámara de Origen: Cámara de Senadores |
- Energía Publicación en Gaceta: 24-OCT-08 |
Conservar la exclusividad de Petróleos Mexicanos (Pemex) en lo relativo a la asignación para exploración y explotación de hidrocarburos. Establecer que: -los particulares podrán participar solamente mediante contratos de obras y prestación de servicios, pagados siempre en efectivo, prohibiendo la producción compartida y los contratos de riesgo. -la Secretaría de Energía, la Comisión Nacional de Hidrocarburos y la Comisión Reguladora de Energía deberán regular la industria petrolera y sus actividades. Integrar los criterios de seguridad energética, sustentabilidad, protección ambiental y diversificación de mercados a la Estrategia Nacional de Energía. Establecer: -disposiciones para favorecer la explotación de yacimientos transfronterizos, la protección ambiental y la regulación aplicable a los combustibles. -obligaciones y reglas para las actividades de Pemex, organismos subsidiarios y permisionarios. |
Aprobada con fecha 28-Octubre-2008 1. Iniciativas que por el objetivo de la materia encuadran en el proyecto de decreto: a) Iniciativa presentada por el Ejecutivo Federal en la Cámara de Senadores, el 8 de abril de 2008. b) Iniciativa presentada por el Dip. Manlio Fabio Beltrones Rivera, a nombre senadores y diputados del Grupo Parlamentario del PRI, el 23 de julio de 2008. c) Iniciativa suscrita por senadores de los Grupos Parlamentarios del PRD, Convergencia y PT, el 27 de agosto de 2008. d) Iniciativa presentada por el Sen. Arturo Escobar y Vega (PVEM) el 2 de octubre de 2008. e) Iniciativa presentada por el Sen. Tomás Torres Mercado (PRD) el 14 de octubre de 2008. 2. Proyecto de decreto presentado en la Cámara de Senadores el 23 de octubre de 2008. Aprobado por 108 votos en pro y 9 en contra. 3. Minuta turnada a la Cámara de Diputados para efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. 4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 23 de octubre de 2008, y turnada a la Comisión de Energía. 5. Dictamen de Primera Lectura presentado el 28 de octubre de 2008. En votación económica se le dispensó la Segunda Lectura. 6. Dictamen aprobado en lo general y en lo particular los artículos no impugnados, en votación nominal, por 391 votos en pro, 69 en contra y 2 abstenciones. 7. Turnado al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales. 8. Publicado en el D.O.F. el 28 de noviembre de 2008. |
5 Proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 33 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. Proponente: Minutas (Senadores) Fecha de presentación: 23-OCT-08 Cámara de Origen: Cámara de Senadores |
- Energía Publicación en Gaceta: 24-OCT-08 |
Facultar a la Secretaría de Energía para establecer y conducir la política energética del país, supervisando su cumplimiento con prioridad en la seguridad y diversificación energética, el ahorro de energía y la protección del medio ambiente, incluyendo la supervisión de las actividades de las entidades paraestatales sectorizadas en la Secretaría. Requerir información sobre sus actividades y ordenar visitas de inspección a las instalaciones de los órganos desconcentrados, organismos descentralizados y a toda persona física o moral que requiera de las actividades. Conducir y supervisar la programación de exploración, explotación y transformación de los hidrocarburos y la generación de la energía eléctrica y nuclear, y que la vigilancia de la participación de los particulares en las actividades del sector sea en los términos de las disposiciones aplicables. Ejercer los derechos de la Nación en materia de hidrocarburos y minerales radioactivos, así como respecto del aprovechamiento de los bienes y recursos naturales que se requieran para generar, conducir, transformar, distribuir y abastecer energía eléctrica que tenga por objeto la prestación del servicio público. Regular y/o expedir, en materia de seguridad industrial del sector, las Normas Oficiales Mexicanas que considere pertinentes. Establecer el Consejo Nacional de Energía, a efecto de llevar a cabo la planeación energética a mediano y largo plazos. Precisar la forma de integración, organización, funcionamiento y tareas encomendadas del Consejo antes citado. |
Aprobada con fecha 28-Octubre-2008 1. Iniciativas que por el objetivo de su materia encuadran en el proyecto de decreto: a) Iniciativa presentada por el Ejecutivo Federal en la Cámara de Senadores el 8 de abril de 2008. b) Iniciativa presentada por el Dip. Manlio Fabio Beltrones Rivera, a nombre senadores y diputados del Grupo Parlamentario del PRI, el 23 de julio de 2008. c) Iniciativa suscrita por Senadores de los Grupos Parlamentarios del PRD, Convergencia y PT, el 27 de agosto de 2008. 2. Proyecto de decreto presentado en la Cámara de Senadores el 23 de octubre de 2008. Aprobado por 113 votos en pro y 6 en contra. 3. Minuta turnada a la Cámara de Diputados para efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. 4. Dictamen de Primera Lectura presentado en la Cámara de Diputados el 28 de octubre de 2008. En votación económica se le dispensó la Segunda Lectura. 5. Dictamen aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados, en votación nominal, por 401 votos en pro, 64 en contra y 1 abstención. 6. Turnado al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales. 7. Publicado en el D.O.F. el 28 de noviembre de 2008. |
6 Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversos artículos de la Ley de la Comisión Reguladora de Energía. Proponente: Minutas (Senadores) Fecha de presentación: 23-OCT-08 Cámara de Origen: Cámara de Senadores |
- Energía Publicación en Gaceta: 24-OCT-08 |
Otorgar autonomía técnica, operativa, de gestión y de decisión a la Comisión Reguladora de Energía (CRE). Facultarla para promover y regular las ventas de gas, combustóleo y petroquímicos básicos; para promover y regular el transporte y distribución de gas, refinados, petroquímicos básicos y bioenergéticos por medio de ductos; expedir modelos de convenios y contratos para las actividades reguladas; proponer actualizaciones en el marco jurídico de la materia; así como ordenar medidas de seguridad y sanciones en las actividades del ramo. Establecer que: -el tendido de ductos y construcciones para transporte y almacenamiento serán de utilidad pública. -las personas que reciban supervisión o algún servicios de la CRE deberán cubrir los derechos correspondientes. |
Aprobada con fecha 28-Octubre-2008 1. Iniciativas tenidas en cuenta en el proyecto de decreto: a) Iniciativa presentada por el Ejecutivo Federal en la Cámara de Senadores el 8 de abril de 2008. b) Iniciativa presentada por el Dip. Manlio Fabio Beltrones Rivera, a nombre de senadores y diputados del Grupo Parlamentario del PRI, el 23 de julio de 2008. c) Iniciativa suscrita por Senadores de los Grupos Parlamentarios del PRD, Convergencia y PT, el 27 de agosto de 2008. 2. Proyecto de decreto presentado el 23 de octubre de 2008. Aprobado por 113 votos en pro y 6 en contra. 3. Minuta turnada a la Cámara de Diputados para efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. 4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 23 de octubre de 2008, y turnada a la Comisión de Energía. 5. Dictamen de Primera Lectura presentado en la Cámara de Diputados el 28 de octubre de 2008. En votación económica se le dispensó la Segunda Lectura. 6. Dictamen aprobado en lo general y en lo particular, en votación nominal, por 417 votos en pro, 63 en contra y 2 abstenciones. 7. Turnado al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales. 8. Publicado en el D.O.F. el 28 de noviembre de 2008. |
7 Proyecto de decreto que expide la Ley de Petróleos Mexicanos, se adicionan el artículo 3 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, el artículo 1 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y un párrafo tercero al artículo 1 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. Proponente: Minutas (Senadores) Fecha de presentación: 23-OCT-08 Cámara de Origen: Cámara de Senadores |
- Energía Publicación en Gaceta: 24-OCT-08 |
Regular la organización, el funcionamiento, el control y la rendición de cuentas de Pemex, así como fijar las bases aplicables a los organismos subsidiarios. Reiterar la exclusividad del petróleo, petroquímica básica e hidrocarburos, por medio de Pemex, órgano descentralizado con fines productivos. Establecer: -que los organismos subsidiarios serán entidades descentralizadas, con fines productivos, creadas por el Ejecutivo Federal, y que funcionarán de manera coordinada. -que Pemex podrá suscribir convenios y contratos, conservando la propiedad y el control sobre los hidrocarburos. Reestructurar el Consejo de Administración y definir las atribuciones de cada uno de sus comités. Establecer que la vigilancia de Pemex deberá ser realizada por el Comité de Auditoría y Evaluación del Desempeño, un comisario, el Órgano Interno de Control, la Auditoría Superior de la Federación y el Auditor Externo. Crear: -los Bonos Ciudadanos, como instrumento de vinculación y transparencia social para Pemex. -los mecanismos de control y transparencia en las contrataciones realizadas por Pemex. -disposiciones especiales para la producción de fertilizantes y para el aprovechamiento de yacimientos transfronterizos. |
Aprobada con fecha 28-Octubre-2008 Proceso legislativo: 1. Iniciativas tenidas en cuenta en el proyecto de decreto: a) Iniciativa presentada por el Ejecutivo Federal en la Cámara de Senadores el 8 de abril de 2008. b) Iniciativa presentada por el Dip. Manlio Fabio Beltrones Rivera, a nombre senadores y diputados del Grupo Parlamentario del PRI, el 23 de julio de 2008. c) Iniciativa suscrita por Senadores de los Grupos Parlamentarios del PRD, Convergencia y PT, el 27 de agosto de 2008. d) Iniciativa presentada por el Sen. Tomás Torres Mercado (PRD) el 14 de octubre de 2008. 2. Proyecto de decreto presentado en la Cámara de Senadores el 23 de octubre de 2008. Aprobado por 108 votos en pro y 6 en contra. 3. Minuta turnada a la Cámara de Diputados para efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. 4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 23 de octubre de 2008, y turnada a la Comisión de Energía. 5. Dictamen de Primera Lectura presentado el 28 de octubre de 2008. En votación económica se le dispensó la Segunda Lectura. 6. Dictamen aprobado en lo general y en lo particular los artículos no impugnados (con la modificación propuesta por el Dip. Maldonado González y aceptada en votación económica), en votación nominal, por 395 votos en pro y 82 en contra. 7. Turnado al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales. 8. Publicado en el D.O.F. el 28 de noviembre de 2008. |
8 Proyecto de decreto que expide la Ley para el Aprovechamiento de Energías Renovables y el Financiamiento de la Transición Energética. Proponente: Minutas (Senadores) Fecha de presentación: 23-OCT-08 Cámara de Origen: Cámara de Senadores |
- Energía Publicación en Gaceta: 24-OCT-08 |
Establecer y regular el aprovechamiento de fuentes de energía renovables y las tecnologías limpias para generar electricidad con fines distintos a la prestación del servicio público de energía eléctrica. Establecer la estrategia nacional y los instrumentos para el financiamiento de la transición energética. Crear el Programa Especial para el Aprovechamiento de Energías Renovables, la Estrategia Nacional para la Transición Energética y el Fondo para la Transición energética como principales instrumentos que deberá aplicar la Administración Pública Federal para impulsar políticas, programas, acciones y proyectos encaminados a conseguir una mayor utilización y aprovechamiento de las fuentes de energía renovables y las tecnologías limpias, promover la eficiencia y sustentabilidad energética, así como la reducción de la dependencia de México de los hidrocarburos como fuente primaria de energía. Asimismo, incluir a los sectores social y privados, y a los gobiernos locales, en la generación de electricidad a partir de energías renovables, bajo las modalidades de autoabastecimiento y cogeneración. |
Aprobada con fecha 28-Octubre-2008 Proceso legislativo: 1. Iniciativa presentada por el Dip. Manlio Fabio Beltrones Rivera, a nombre senadores y diputados del Grupo Parlamentario del PRI, el 23 de julio de 2008. 2. Iniciativa presentada por el Sen. Arturo Escobar y Vega (PVEM) el 2 de octubre de 2008. 3. Proyecto de decreto presentado a Discusión en la Cámara de Senadores el 23 de octubre de 2008. Aprobado por 113 votos en pro y 5 en contra. 4. Minuta turnada a la Cámara de Diputados para efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. 5. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 23 de octubre de 2008, y turnada a la Comisión de Energía. 6. Dictamen de Primera Lectura presentado en la Cámara de Diputados el 28 de octubre de 2008. En votación económica se le dispensó la Segunda Lectura y se puso a Discusión. 7. Dictamen aprobado en lo general y en lo particular los artículos no impugnados, en votación nominal, por 407 votos en pro y 68 en contra. 8. Turnado al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales. 9. Publicado en el D.O.F. el 28 de noviembre de 2008. |
9 Proyecto de decreto que expide la Ley de la Comisión Nacional de Hidrocarburos. Proponente: Minutas (Senadores) Fecha de presentación: 23-OCT-08 Cámara de Origen: Cámara de Senadores |
- Energía Publicación en Gaceta: 24-OCT-08 |
Crear la Comisión Nacional de Hidrocarburos como un órgano desconcentrado de la Secretaría de Energía (SENER), con el objeto de regular y supervisar la exploración y extracción de carburos de hidrógeno que se encuentren en mantos o yacimientos, cualquiera que fuera su estado físico, incluyendo los estados intermedios, y que compongan el aceite mineral crudo, lo acompañen o se deriven de él, así como las actividades de proceso, transporte y almacenamiento que se relacionen directamente con los proyectos de exploración y extracción de hidrocarburos. Asimismo, establecer que entre sus funciones deberá colaborar en la definición de la política nacional de hidrocarburos; emitir lineamientos técnicos, opiniones y propuestas para optimizar los proyectos de exploración y extracción, dictaminar técnicamente los proyectos previo a las asignaciones que otorgue la SENER, evaluar las reservas; establecer mecanismos de evaluación de la eficiencia operativa y vigilar su cumplimiento; expedir normas oficiales mexicanas en la materia; establecer el Registro Petrolero y resolver procedimientos administrativos para cumplir sus atribuciones. |
Aprobada con fecha 28-Octubre-2008 Proceso legislativo: 1. Iniciativa suscrita por el Ejecutivo Federal el 8 de abril de 2008. 2. Iniciativa presentada por el Sen. Manlio Fabio Beltrones Rivera (PRI), a nombre propio y de senadores y diputados del PRI, el 23 de julio de 2008. 3. Proyecto de decreto presentado a Discusión en la Cámara de Senadores el 23 de octubre de 2008. Aprobado por 113 votos en pro y 6 en contra. 4. Minuta turnada a la Cámara de Diputados para efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. 5. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 23 de octubre de 2008, y turnada a la Comisión de Energía. 6. Dictamen de Primera Lectura presentado en la Cámara de Diputados el 28 de octubre de 2008, se le dispensó la Segunda Lectura en votación económica y se puso a Discusión. 7. Dictamen aprobado en lo general y en lo particular los artículos no impugnados, en votación nominal, por 411 votos en pro y 61 en contra. 8. Turnado al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales. 9. Publicado en el D.O.F. el 28 de noviembre de 2008. |
10 Proyecto de decreto que expide la Ley para el Aprovechamiento Sustentable de la Energía. Proponente: Minutas (Senadores) Fecha de presentación: 23-OCT-08 Cámara de Origen: Cámara de Senadores |
- Energía Publicación en Gaceta: 24-OCT-08 |
Establecer: -como obligación del Estado propiciar un aprovechamiento sustentable de la energía, mediante el uso óptimo de la misma en todos sus procesos y actividades, desde su explotación hasta su consumo. -que el Ejecutivo Federal, en el marco del Sistema Nacional de Planeación Democrática del Desarrollo, incorporará objetivos y estrategias en el Plan Nacional de Desarrollo, para el aprovechamiento sustentable de la energía, así como en el Programa Nacional para el Aprovechamiento Sustentable de la Energía. Crear la Comisión Nacional para el Uso Eficiente de la Energía, como un órgano desconcentrado de la Secretaría de Energía, con el objeto de promover la eficiencia energética y constituirse como un órgano de carácter técnico en la materia, sustituyendo a la Comisión Nacional para el Ahorro de Energía. Crear el Consejo Consultivo para el Aprovechamiento Sustentable de la Energía, con el objeto de evaluar el cumplimiento del Programa antes señalado. Crear el Subsistema Nacional de Información sobre el Aprovechamiento de Energía, con el objeto de registrar, organizar, actualizar y difundir la información sobre eficiencia energética. Establecer sanciones a usuarios, fabricantes y distribuidores de aparatos eléctricos que contravengan las disposiciones de este ordenamiento. |
Aprobada con fecha 28-Octubre-2008 Proceso legislativo: 1. Iniciativa presentada por el Sen. Rubén Camarillo Ortega (PAN), a nombre propio y de los Sens. Humberto Andrade Quezada, Fernando Elizondo Barragán, Juan Bueno Torio, Augusto César Leal Angulo y Jorge Andrés Ocejo Moreno (PAN), el 2 de septiembre de 2008. 2. Proyecto de decreto presentado a Discusión en la Cámara de Senadores el 23 de octubre de 2008. Aprobado por 114 votos en pro y 5 en contra. 3. Minuta turnada a la Cámara de Diputados para efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. 4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 23 de octubre de 2008, y turnada a la Comisión de Energía. 5. Dictamen de Primera Lectura presentado en la Cámara de Diputados el 28 de octubre de 2008, se le dispensó la Segunda Lectura en votación económica y se puso a Discusión. 6. Dictamen aprobado en lo general y en lo particular, en votación nominal, por 413 votos en pro, 62 en contra y 1 abstención. 7. Turnado al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales. 8. Publicado en el D.O.F. el 28 de noviembre de 2008. |