INICIATIVAS PRESENTADAS POR DIPUTADO
EN LA LX LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario
INICIATIVA TURNO A COMISIÓN SINOPSIS TRÁMITE
1   Proyecto de decreto que reforma el artículo 17 de la Ley Federal de Protección al Consumidor.


Proponente: Sesma Suárez Jesús (PVEM)
Fecha de presentación: 21-Febrero-2008

  - Economía
Establecer que la publicidad que se envíe a los consumidores deberá ser impresa en papel reciclado, sin plastificado, sin gomas ni pegamento, utilizando los productos y las tecnologías que ocasionen menores dificultades para el reciclaje del papel. Concluida
con fecha 23-Noviembre-2011



Publicación en Gaceta: 14-Febrero-2008
2   Proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley de Promoción y Desarrollo de los Bioenergéticos.


Suscribe: Sesma Suárez Jesús (PVEM)
Fecha de presentación: 6-Marzo-2008

  - Agricultura y Ganadería
Incluir el concepto "bioenergéticos de segunda generación", entendiéndose como los combustibles obtenidos de la biomasa, proveniente exclusivamente de residuos de tipo orgánico de cualquier actividad agropecuaria, doméstica o industrial.

Establecer que para su producción no se requerirá permiso de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, quien junto con la Secretaría de Energía, deberán apoyar la investigación científica y tecnológica para su producción y uso, así como incentivar a las personas que contribuyan al desarrollo de la industria de dichos bioenergéticos.
Desechada
con fecha 27-Abril-2010



Publicación en Gaceta: 28-Febrero-2008
3   Proyecto de decreto que adiciona el artículo 84 Bis de la Ley Federal del Derecho de Autor, y el artículo 4 Bis de la Ley de la Propiedad Industrial.


Proponente: Sesma Suárez Jesús (PVEM)
Fecha de presentación: 30-Abril-2008

Unidas  - Cultura
- Economía
Prever que cuando se realicen concursos, convocatorias o invitaciones a participar mediante la realización de una obra o creación, los participantes que al inscribirse no autoricen expresamente al Comité Organizador para utilizar sus obras o creaciones, en cualquier acto de difusión, o bien, que si en las bases de participación se omita si el Comité Organizador estará obligado a reconocer en todo momento la autoría de la obra, los autores deberán ser representados por un interventor en materia de derechos de autor o de propiedad intelectual, designado por el Instituto Nacional del Derecho de Autor o por el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, según corresponda.

Establecer que las personas que funjan como jurados, comisiones calificadoras o encargados de la recepción y el acopio, en ningún caso podrán apropiarse de las obras o creaciones de los trabajos que no ganaron y que fueron objeto del registro del interventor en materia de derecho de autor.
Concluida
con fecha 23-Noviembre-2011



Publicación en Gaceta: 10-Abril-2008