INICIATIVAS PRESENTADAS POR DIPUTADO
EN LA LX LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario
INICIATIVA TURNO A COMISIÓN SINOPSIS TRÁMITE
1   Proyecto de decreto que deroga el párrafo cuarto de la fracción IV del artículo 74 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Adherente: García Méndez Armando (ALTERNATIVA)
Fecha de presentación: 11-Octubre-2007

  - Puntos Constitucionales
Eliminar las ¿partidas secretas¿ del Presupuesto de Egresos de la Federación. Concluida
con fecha 23-Noviembre-2011



Publicación en Gaceta: 11-Octubre-2007
2   Proyecto de decreto que reforma el artículo 129 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: García Méndez Armando (ALTERNATIVA)
Fecha de presentación: 14-Noviembre-2007

  - Puntos Constitucionales
Establecer que el Ejecutivo de la Unión, en casos graves, podrá disponer de las Fuerzas Armadas por todo el tiempo que lo juzgue necesario, auxiliando, en su caso, a otras instituciones federales o estatales y municipales, a pedimento de los gobernadores de los estados, principalmente en casos de desastres naturales, epidemias, campañas contra la delincuencia organizada y a naciones extranjeras que sufrieren estos males. Concluida
con fecha 23-Noviembre-2011



Publicación en Gaceta: 14-Noviembre-2007
3   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: García Méndez Armando (ALTERNATIVA)
Fecha de presentación: 14-Noviembre-2007

  - Justicia
Establecer que cuando la Suprema Corte de la Nación declare la inconstitucionalidad de una ley, reglamento o disposición gubernativa de aplicación general, éste dejará de tener vigencia y obligatoriedad desde el día en que se dicte, y deberá notificarse de inmediato a la autoridad que lo hubiere emitido, la cual deberá modificarlo, derogarlo o abrogarlo, desde luego, adaptándola al marco constitucional.

Prohibir a la autoridad responsable, en el juicio de amparo, entregar el informe justificado en fecha posterior al plazo fijado para ello.

Asimismo, sancionar con pena privativa de la libertad, de 3 a 8 años, y de 500 a 1500 días multa, al quejoso que maliciosamente invoque tesis jurisprudenciales o jurisprudencias definidas que sean inexistentes, o que tergiverse las auténticas para obtener algún beneficio.
Concluida
con fecha 23-Noviembre-2011



Publicación en Gaceta: 14-Noviembre-2007