INICIATIVAS PRESENTADAS POR DIPUTADO EN LA LX LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN |
SECRETARÍA GENERAL SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS Dirección General de Apoyo Parlamentario |
INICIATIVA | TURNO A COMISIÓN | SINOPSIS | TRÁMITE |
1 Proyecto de decreto que deroga el párrafo cuarto de la fracción IV del artículo 74 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Adherente: García Méndez Armando (ALTERNATIVA) |
Fecha de presentación: 11-Octubre-2007 - Puntos Constitucionales |
Eliminar las ¿partidas secretas¿ del Presupuesto de Egresos de la Federación. | Concluida
con fecha 23-Noviembre-2011 Publicación en Gaceta: 11-Octubre-2007 |
2 Proyecto de decreto que reforma el artículo 129 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Proponente: García Méndez Armando (ALTERNATIVA) |
Fecha de presentación: 14-Noviembre-2007 - Puntos Constitucionales |
Establecer que el Ejecutivo de la Unión, en casos graves, podrá disponer de las Fuerzas Armadas por todo el tiempo que lo juzgue necesario, auxiliando, en su caso, a otras instituciones federales o estatales y municipales, a pedimento de los gobernadores de los estados, principalmente en casos de desastres naturales, epidemias, campañas contra la delincuencia organizada y a naciones extranjeras que sufrieren estos males. | Concluida
con fecha 23-Noviembre-2011 Publicación en Gaceta: 14-Noviembre-2007 |
3 Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Proponente: García Méndez Armando (ALTERNATIVA) |
Fecha de presentación: 14-Noviembre-2007 - Justicia |
Establecer que cuando la Suprema Corte de la Nación declare la inconstitucionalidad de una ley, reglamento o disposición gubernativa de aplicación general, éste dejará de tener vigencia y obligatoriedad desde el día en que se dicte, y deberá notificarse de inmediato a la autoridad que lo hubiere emitido, la cual deberá modificarlo, derogarlo o abrogarlo, desde luego, adaptándola al marco constitucional. Prohibir a la autoridad responsable, en el juicio de amparo, entregar el informe justificado en fecha posterior al plazo fijado para ello. Asimismo, sancionar con pena privativa de la libertad, de 3 a 8 años, y de 500 a 1500 días multa, al quejoso que maliciosamente invoque tesis jurisprudenciales o jurisprudencias definidas que sean inexistentes, o que tergiverse las auténticas para obtener algún beneficio. |
Concluida
con fecha 23-Noviembre-2011 Publicación en Gaceta: 14-Noviembre-2007 |