INICIATIVAS PRESENTADAS POR DIPUTADO
EN LA LX LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario
INICIATIVA TURNO A COMISIÓN SINOPSIS TRÁMITE
1   Proyecto de decreto que reforma los artículos 118, 119, 120 y 123 de la Ley General de Población.


Proponente: Pérez Cuéllar Cruz (PAN)
Fecha de presentación: 13-Marzo-2007

  - Población, Fronteras y Asuntos Migratorios
Despenalizar las actividades relacionadas con la inmigración, siendo sancionadas únicamente en días multa. Excluyendo de lo anterior, cuando un extranjero no exprese u oculte su condición de expulsado para obtener permiso de internación por parte de la autoridad competente, disminuyendo el rango de la pena privativa de la libertad. Aprobada
con fecha 26-Abril-2007



Publicación en Gaceta: 13-Marzo-2007
2   Proyecto de decreto que deroga los artículos 1 y 31 de la Ley sobre Delitos de Imprenta.


Suscribe: Pérez Cuéllar Cruz (PAN)
Fecha de presentación: 11-Abril-2007

  - Gobernación
Eliminar los supuestos considerados como ataques a la vida privada de las personas y las sanciones punitivas correspondientes. Aprobada
con fecha 6-Diciembre-2007



Publicación en Gaceta: 10-Abril-2007
3   Proyecto de decreto que reforma el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Suscribe: Pérez Cuéllar Cruz (PAN)
Fecha de presentación: 25-Abril-2007

  - Puntos Constitucionales
Establecer que también será objeto de las leyes en materia municipal, los casos en que se requiera el acuerdo de las dos terceras partes de los miembros de los ayuntamientos para cuestiones de deuda. Concluida
con fecha 23-Noviembre-2011



Publicación en Gaceta: 17-Abril-2007
4   Proyecto de decreto que reforma los artículos 59 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Suscribe: Pérez Cuéllar Cruz (PAN)
Fecha de presentación: 25-Abril-2007

  - Puntos Constitucionales
Establecer que los Senadores de la República podrán ser electos de manera inmediata hasta por un periodo adicional, y los diputados federales podrán ser reelectos hasta en tres periodos consecutivos. Asimismo, que no podrán ser electos como suplentes para el inmediato siguiente cuando hayan fungido como propietarios durante los periodos antes señalados. Desechada (art. 89)
con fecha 16-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 19-Abril-2007