INICIATIVAS PRESENTADAS POR DIPUTADO EN LA LX LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN |
SECRETARÍA GENERAL SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS Dirección General de Apoyo Parlamentario |
INICIATIVA | TURNO A COMISIÓN | SINOPSIS | TRÁMITE |
1 Proyecto de decreto que reforma el artículo 2º de la Ley de Coordinación Fiscal, Se turnó a la Comisión Hacienda y Crédito Público. Suscribe: Serrano Escobar Enrique (PRI) |
Fecha de presentación: 5-Marzo-2009 - Hacienda y Crédito Público |
Aumentar de 20 a 30% de la recaudación federal participable, para constituir el Fondo General de Participaciones. | Concluida
con fecha 23-Noviembre-2011 Publicación en Gaceta: 5-Marzo-2009 |
2 Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos. Proponente: Serrano Escobar Enrique (PRI) |
Fecha de presentación: 18-Marzo-2009 - Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias |
Facultar a la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos de la Cámara de Diputados, para contemplar un mínimo de 3 sesiones semanales en el programa legislativo de los periodos de sesiones, así como para elaborar un proyecto de calendario de sesiones para el trabajo en comisiones. Regular la forma en que habrá de convocarse a los miembros de las comisiones, el procedimiento parlamentario de los asuntos turnados a su consideración y la forma en que habrá de sancionarse a sus miembros por inasistencia. | Aprobada
con fecha 15-Diciembre-2010 Publicación en Gaceta: 5-Marzo-2009 |
3 Proyecto de decreto que reforma el artículo 181 de la Ley de la Propiedad Industrial. Suscribe: Serrano Escobar Enrique (PRI) |
Fecha de presentación: 19-Marzo-2009 - Economía |
Establecer el supuesto conforme al cual no se requerirá la acreditación de la personalidad de los mandatarios, cuando inicien algún trámite relativo al registro de marca, marca colectiva, aviso comercial y publicación de nombre comercial, así como los correspondientes a sus renovaciones. Asimismo, que si con posterioridad a la presentación de cualquiera de las solicitudes antes mencionadas, interviniera un tercero en representación del solicitante, éste deberá acreditar la personalidad con la cual se ostenta. | Aprobada
con fecha 16-Abril-2009 Publicación en Gaceta: 19-Marzo-2009 |
4 Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores. Suscribe: Serrano Escobar Enrique (PRI) |
Fecha de presentación: 2-Abril-2009 Unidas - Hacienda y Crédito Público - Seguridad Social - Vivienda Con Opinión de - Trabajo y Previsión Social |
Establecer claramente el orden público de la ley y devolver al instituto su carácter de organismo descentralizado, no sectorizado, de servicio social con personalidad jurídica y patrimonio propio. Define reglas para el funcionamiento de la asamblea general y los órganos internos del instituto. Establece que la administración y operación del Fondo Nacional de Vivienda y el instituto mismo, deben regirse bajo una política de austeridad. Contempla a la producción social de vivienda, definida en el artículo 4, fracción VIII, de la Ley de Vivienda, como política rectora para la atención de las necesidades habitacionales de los trabajadores con menores ingresos. | Concluida
con fecha 23-Noviembre-2011 Publicación en Gaceta: 2-Abril-2009 |
5 Proyecto de decreto que declara al Estado de Chihuahua como ¿Cuna de la Revolución Mexicana¿. Suscribe: Serrano Escobar Enrique (PRI) |
Fecha de presentación: 21-Abril-2009 - Gobernación |
Declarar al estado de Chihuahua como "Cuna de la Revolución Mexicana". | Concluida
con fecha 23-Noviembre-2011 Publicación en Gaceta: 21-Abril-2009 |
6 Proyecto de decreto que reforma la fracción II del artículo 42 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta. Proponente: Serrano Escobar Enrique (PRI) |
Fecha de presentación: 30-Abril-2009 - Hacienda y Crédito Público |
Establecer que las inversiones en automóviles sólo serán deducibles hasta en cien por ciento de su valor, cuando se trate de vehículos de producción totalmente nacional; hasta por un monto de cuatrocientos mil pesos, cuando se trate de vehículos provenientes de plantas ensambladoras instaladas en territorio nacional y hasta doscientos mil pesos, cuando se trate de vehículos provenientes de plantas ensambladoras fuera del territorio nacional. | Concluida
con fecha 23-Noviembre-2011 Publicación en Gaceta: 21-Abril-2009 |