INICIATIVAS PRESENTADAS POR DIPUTADO
EN LA LX LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario
INICIATIVA TURNO A COMISIÓN SINOPSIS TRÁMITE
1   Proyecto de decreto que reforma el artículo 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Tamayo Herrera Yadhira Yvette (PAN)
Fecha de presentación: 17-Abril-2007

  - Puntos Constitucionales
Modificar el sistema de nombramientos de los miembros del Consejo de la Judicatura Federal, de manera que 3 sean designados por el Senado de la República y 4 por el Poder Judicial de la Federación. Concluida
con fecha 23-Noviembre-2011



Publicación en Gaceta: 17-Abril-2007
2   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal y del Código de Procedimientos Penales.


Proponente: Tamayo Herrera Yadhira Yvette (PAN)
Fecha de presentación: 25-Abril-2007

  - Justicia
Establecer que cuando algún miembro o representante de una persona moral cometa un delito con los medios que le proporcione la misma, el juez le impondrá a dicha persona, con audiencia del representante legal de la misma y previo procedimiento, las sanciones según corresponda y podrán ser pecuniaria; decomiso de los instrumentos, objetos y productos del delito; publicación especial de sentencia; disolución; suspensión hasta por 5 años; remoción, encargando las funciones de éstos a un administrador o consejo de administración designado por el juez, o en su caso la prohibición de realizar determinadas operaciones que tengan relación directa con el delito cometido. Concluida
con fecha 23-Noviembre-2011



Publicación en Gaceta: 17-Abril-2007
3   Proyecto de decreto que reforma los artículos 59 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Suscribe: Tamayo Herrera Yadhira Yvette (PAN)
Fecha de presentación: 25-Abril-2007

  - Puntos Constitucionales
Establecer que los Senadores de la República podrán ser electos de manera inmediata hasta por un periodo adicional, y los diputados federales podrán ser reelectos hasta en tres periodos consecutivos. Asimismo, que no podrán ser electos como suplentes para el inmediato siguiente cuando hayan fungido como propietarios durante los periodos antes señalados. Desechada (art. 89)
con fecha 16-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 19-Abril-2007