INICIATIVAS PRESENTADAS POR DIPUTADO
EN LA LX LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario
INICIATIVA TURNO A COMISIÓN SINOPSIS TRÁMITE
1   Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley del Impuesto especial sobre Producción y Servicios y de la Ley de Coordinación Fiscal.


Proponente: Lujano Nicolás Christian Martín (PAN)
Fecha de presentación: 3-Septiembre-2007

  - Hacienda y Crédito Público
Establecer:
-criterios para determinar los montos y tasas en la enajenación de gasolinas o diesel por parte de las agencias de venta de Petróleos Mexicanos; así como aplicar una tasa de 5.5% sobre los ingresos percibidos por la venta final al público en territorio nacional de gasolinas o diesel.
-que la recaudación obtenida por este concepto será parte del fondo de compensación para las entidades federativas que sean afectadas por el cambio en la fórmula de participaciones.

Prever lo relativo a su distribución entre los estados y municipios.

Facultar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para emitir reglas de carácter general en los cuales se establezcan los elementos para determinar los precios de referencia, los ajustes por calidad, los costos netos de transporte, el margen comercial y el costo de manejo a los expendios autorizados.
Aprobada
con fecha 13-Septiembre-2007



Publicación en Gaceta: 3-Septiembre-2007
2   Proyecto de decreto que reforma el artículo 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y diversas disposiciones del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.


Proponente: Lujano Nicolás Christian Martín (PAN)
Fecha de presentación: 4-Octubre-2007

Unidas  - Puntos Constitucionales
- Distrito Federal
Establecer que:
-los órganos político-administrativos de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal serán gobernados por un cabildo, integrado por un titular del órgano político-administrativo y el número de concejales que señale el Estatuto de Gobierno.
-cada delegación se integrará con un titular llamado Jefe delegacional, y un órgano colegiado compuesto por 12 personas electas por el principio de representación proporcional, denominados Concejales delegacionales.
-los partidos políticos que registren candidatos a jefes delegacionales podrán registrar también candidatos a concejales.
-el cargo de los concejales será de tres años, concurrentes con los del jefe delegacional.
-tanto el jefe delegacional como los concejales deberán rendir su protesta de ley ante la Asamblea Legislativa del Distrito Federal.
Desechada (art. 89)
con fecha --



Publicación en Gaceta: 20-Septiembre-2007