INICIATIVAS PRESENTADAS POR DIPUTADO
EN LA LX LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario
INICIATIVA TURNO A COMISIÓN SINOPSIS TRÁMITE
1   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, del Código Penal Federal y del Código Federal de Procedimientos Penales.


Suscribe: Navarro Sugich Carlos Alberto (PAN)
Fecha de presentación: 18-Septiembre-2008

Unidas  - Salud
- Justicia
Incluir como materia de salubridad general la prevención del consumo de estupefacientes y psicotrópicos.

Establecer:
-que corresponderá a las autoridades de seguridad pública de los tres órdenes de gobierno, el combate de posesión, comercio y suministro de narcóticos.
-que la información que reciba la población deberá estar basada en estudios científicos y deberá alertar sobre los efectos y daños físicos y psicológicos del consumo de estupefacientes y psicotrópicos.
-diversas disposiciones para regular y sancionar el delito de narcomenudeo.
-las autoridades facultadas para conocer y resolver este tipo de delitos.
-el proceso a seguir para ejercitar o no la acción penal.
Concluida
con fecha 23-Noviembre-2011



Publicación en Gaceta: 18-Septiembre-2008
2   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada.


Proponente: Navarro Sugich Carlos Alberto (PAN)
Fecha de presentación: 11-Diciembre-2008

  - Justicia
Armonizar sus disposiciones conforme a las reformas constitucionales publicadas en el Diario Oficial de la Federación, el 18 de junio de 2008. Redefinir el tipo penal de delincuencia organizada y establecer que procederá la suspensión de los plazos para la prescripción de la acción penal cuando el inculpado, una vez sujeto a proceso, evada la acción de la justicia o sea puesto a disposición de otro juez que lo reclame en el extranjero. Precisar los supuestos en los cuales el órgano jurisdiccional podrá decretar el arraigo de una persona. Implementar la protección de víctimas, ofendidos y testigos, así como demás personas que intervengan en el procedimiento penal. Que los procesados y los sentenciados deberán ser recluidos en centros especiales de seguridad. Asimismo, facultar a la autoridad penitenciaria para restringir las comunicaciones de los inculpados. Desechada
con fecha 12-Marzo-2009



Publicación en Gaceta: 4-Noviembre-2008