INICIATIVAS PRESENTADAS POR DIPUTADO
EN LA LX LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario
INICIATIVA TURNO A COMISIÓN SINOPSIS TRÁMITE
1   Proyecto de decreto que reforma el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y diversas disposiciones de la Ley de Aguas Nacionales.


Proponente: Medellín Varela Antonio (PAN)
Fecha de presentación: 18-Septiembre-2007

Unidas  - Puntos Constitucionales
- Recursos Hidráulicos
Con Opinión de  - Defensa de los Derechos Sociales de Acceso al Agua y la Protección de Ambientes Acuáticos
Incluir, dentro de los bienes considerados como propiedad de la nación, las precipitaciones pluviales, las cuales podrán ser aprovechadas libremente mediante la infraestructura desarrollada para ese fin. El Ejecutivo federal reglamentará su utilización e incluso podrá establecer zonas vedadas, al igual que para las demás aguas de propiedad nacional.

Facultar a la Comisión Nacional del Agua para identificar, conjuntar, validar y transferir las tecnologías generadas por los centros de investigación, particularmente para conformar paquetes tecnológicos que apoyen la capacitación y la asesoría técnica sobre captación, tratamiento, almacenamiento y utilización de agua de lluvia.

Incluir dentro de los principios que sustentan la política hídrica nacional el del aprovechamiento del agua de lluvia, señalando que las aguas pluviales no requerirán concesión para su uso, explotación o aprovechamiento.

Definir ¿aguas pluviales", entendidas como las aguas provenientes de las precipitaciones pluviales (lluvias) acaecidas en todo el territorio nacional.
Concluida
con fecha 23-Noviembre-2011



Publicación en Gaceta: 18-Septiembre-2007
2   Proyecto de decreto que reforma los artículos 4 y 73 de la ConstituciónPolítica de los Estados Unidos Mexicanos.


Suscribe: Medellín Varela Antonio (PAN)
Fecha de presentación: 16-Octubre-2007

  - Puntos Constitucionales
Establecer como obligación del Estado el garantizar el derecho al acceso, participación y disfrute de la creación cultural y de los bienes y servicios culturales, así como promover los medios para la difusión y el desarrollo de la cultura, atendiendo a la diversidad cultural y con pleno respeto de la libertad creativa.

Asimismo, facultar al Congreso de la Unión para legislar sobre los mecanismos para el acceso y la participación en cualquier tipo de manifestación y expresión cultural.
Aprobada
con fecha 2-Octubre-2008



Publicación en Gaceta: 9-Octubre-2007