INICIATIVAS PRESENTADAS POR DIPUTADO
EN LA LX LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario
INICIATIVA TURNO A COMISIÓN SINOPSIS TRÁMITE
1   Proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 2, 23, 58 y 77 y adiciona un artículo 32 Bis a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.


Proponente: Altamirano Toledo Carlos (PRD)
Fecha de presentación: 22-Diciembre-2008

  - Presupuesto y Cuenta Pública
Incluir el concepto de programas prioritarios. Establecer que el presupuesto que les sea asignado no podrá transferirse a otros ni verse reducido salvo que se haya cumplido con sus metas de tal forma que los subejercicio o los saldos acumulados al tercer trimestre del ejercicio presupuestario se destinarán preferentemente a éstos. Asimismo, las adecuaciones presupuestarias que se realicen en el sector público deberán ser notificadas en un plazo de 10 días a las comisiones respectivas de la Cámara de Diputados y se publicarán en las páginas electrónicas de las dependencias y entidades. Concluida
con fecha 23-Noviembre-2011



Publicación en Gaceta: 22-Diciembre-2008
2   Proyecto de decreto que expide la Ley que Prohíbe la Fabricación, Importación, Distribución, Venta, Renta y Uso de Juguetes Bélicos.


Proponente: Altamirano Toledo Carlos (PRD)
Fecha de presentación: 8-Enero-2009

Unidas  - Economía
- Educación Pública y Servicios Educativos
Con Opinión de  - Presupuesto y Cuenta Pública
Prohibir la fabricación, importación, distribución, venta, renta y uso de juguetes bélicos en todo el territorio nacional, cuya vigilancia corresponderá al gobierno federal, por conducto de la Secretaría de Economía, de la Procuraduría General de la República y del Servicio de Administración Tributaria. Asimismo, que las personas físicas o morales que los fabriquen, distribuyan o vendan serán sancionados con la cancelación de la licencia de funcionamiento de su respectivo establecimiento, con decomiso de los artículos referidos y del inmueble donde se encuentre el local, así como con una multa de 150 a 200 salarios mínimos vigentes. Concluida
con fecha 23-Noviembre-2011



Publicación en Gaceta: 8-Enero-2009