INICIATIVAS PRESENTADAS POR DIPUTADO EN LA LX LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN |
SECRETARÍA GENERAL SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS Dirección General de Apoyo Parlamentario |
INICIATIVA | TURNO A COMISIÓN | SINOPSIS | TRÁMITE |
1 Proyecto de decreto que reforma el artículo 4-A de la Ley de Coordinación Fiscal. Suscribe: Soto Sánchez Antonio (PRD) |
Fecha de presentación: 3-Marzo-2009 - Hacienda y Crédito Público |
Modificar lo porcentajes de participación de la recaudación derivada de la aplicación de las cuotas previstas en el artículo 2o-A, fracción II de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios a 80% para las entidades federativas, 20% a un fondo de compensación y 20% del convenio de colaboración para reintegrar a la Federación las cantidades restantes del total recaudado por la aplicación de las cuotas. | Concluida
con fecha 23-Noviembre-2011 Publicación en Gaceta: 19-Febrero-2009 |
2 Proyecto de decreto que reforma el artículo 2º de la Ley de Coordinación Fiscal, Se turnó a la Comisión Hacienda y Crédito Público. Suscribe: Soto Sánchez Antonio (PRD) |
Fecha de presentación: 5-Marzo-2009 - Hacienda y Crédito Público |
Aumentar de 20 a 30% de la recaudación federal participable, para constituir el Fondo General de Participaciones. | Concluida
con fecha 23-Noviembre-2011 Publicación en Gaceta: 5-Marzo-2009 |
3 Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores. Suscribe: Soto Sánchez Antonio (PRD) |
Fecha de presentación: 2-Abril-2009 Unidas - Hacienda y Crédito Público - Seguridad Social - Vivienda Con Opinión de - Trabajo y Previsión Social |
Establecer claramente el orden público de la ley y devolver al instituto su carácter de organismo descentralizado, no sectorizado, de servicio social con personalidad jurídica y patrimonio propio. Define reglas para el funcionamiento de la asamblea general y los órganos internos del instituto. Establece que la administración y operación del Fondo Nacional de Vivienda y el instituto mismo, deben regirse bajo una política de austeridad. Contempla a la producción social de vivienda, definida en el artículo 4, fracción VIII, de la Ley de Vivienda, como política rectora para la atención de las necesidades habitacionales de los trabajadores con menores ingresos. | Concluida
con fecha 23-Noviembre-2011 Publicación en Gaceta: 2-Abril-2009 |