INICIATIVAS PRESENTADAS POR DIPUTADO EN LA LX LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN |
SECRETARÍA GENERAL SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS Dirección General de Apoyo Parlamentario |
INICIATIVA | TURNO A COMISIÓN | SINOPSIS | TRÁMITE |
1 Proyecto de decreto que reforma los artículos 513 y 514 de la Ley Federal del Trabajo. Suscribe: Colín Guadarrama María Mercedes (PRI) |
Fecha de presentación: 6-Septiembre-2007 - Trabajo y Previsión Social |
Considerar: -al Parvovirus, al Virus de Inmunodeficiencia Humana, y al Cytomegalovirus dentro de las enfermedades consideradas de trabajo, y establecer a los trabajadores cuyo oficio los haga susceptibles de contraerlos. -a la Lipoatrofia Semicircular como una enfermedad producida por factores mecánicos y variaciones de los elementos naturales del medio de trabajo. -a la pérdida de matriz, ovarios y otras ocasionadas por problemas en la edad gestacional, o a la malformación o pérdida del producto, cuando sean resultado de algún accidente o riesgo de trabajo, dentro de los supuestos previstos para considerar la incapacidad permanente de una trabajadora. |
Concluida
con fecha 23-Noviembre-2011 Publicación en Gaceta: 6-Septiembre-2007 |
2 Proyecto de decreto que adiciona un artículo 25 Bis a la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica. Proponente: Colín Guadarrama María Mercedes (PRI) |
Fecha de presentación: 8-Noviembre-2007 - Energía |
Establecer que la Comisión Federal de Electricidad deberá suministrar, de manera gratuita, energía eléctrica a las escuelas públicas de educación básica situadas en zonas de alta y muy alta marginación. | Concluida
con fecha 23-Noviembre-2011 Publicación en Gaceta: 31-Octubre-2007 |
3 Proyecto de decreto que reforma el artículo décimo octavo transitorio de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado. Proponente: Colín Guadarrama María Mercedes (PRI) |
Fecha de presentación: 27-Noviembre-2007 - Hacienda y Crédito Público |
Establecer que: -la cuantía de las pensiones y jubilaciones no deberá ser menor que el monto salarial que recibe un trabajador en activo cuyo puesto corresponda a la misma categoría con la cual se haya retirado. -la actualización de salarios y prestaciones consideradas en los contratos colectivos de trabajo también sea aplicable a los trabajadores pensionados y jubilados. |
Concluida
con fecha 23-Noviembre-2011 Publicación en Gaceta: 27-Noviembre-2007 |