DICTAMENES APROBADOS EN LA LX LEGISLATURA RELATIVOS A LEYES O DECRETOS | SECRETARÍA GENERAL SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS Dirección General de Apoyo Parlamentario |
DICTAMEN | COMISIÓN DICTAMINADORA | SINOPSIS | PROCESO LEGISLATIVO |
1 Decreto que reforma los numerales 1 y 7, adiciona el numeral 8 del artículo 17 y reforma el artículo 31, ambos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos. Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes Cámara de origen: Cámara de Diputados Clasificación: Fortalecimiento del Poder Legislativo (Ley Orgánica y Reglamentos) Estado actual: Aprobado Gaceta Cámara de Diputados: 8-Septiembre-2006 Gaceta Cámara de Senadores: 12-Septiembre-2006 |
- Dispensa de Tramites Fecha de dictamen: 7-Septiembre-2006 Aprobación en el Senado: 12-Septiembre-2006 Publicación en el DOF: 13-Septiembre-2006 |
Establecer que la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados se compondrá, además de por el Presidente y los tres Vicepresidentes, por un Secretario propuesto por cada Grupo Parlamentario,y por un integrante de los dos grupos parlamentarios con mayor número de diputados, que no la hayan ejercido en la Legislatura correspondiente. Establecer que la Presidencia de la Mesa Directiva no podrá recaer, en el mismo año legislativo, en un Diputado que pertenezca al Grupo Parlamentario que presida la Junta de Coordinación Política (JUCOP). Asimismo, establecer que, en el caso de que ningún Grupo Parlamentario cuente con la mayoría absoluta de la Cámara, la Presidencia de la JUCOP será ejercida, en forma alternada y para cada año legislativo, por los Coordinadores de los tres Grupos Parlamentarios que cuenten con el mayor número de diputados, cuyo orden anual será determinado por la propia Junta. |
1. Iniciativa presentada por los Grupos Parlamentarios del PAN, PRD, PRI, PVEM, Convergencia, PT, Nueva Alianza y Alternativa el 7 de septiembre de 2006. (LX) 2. Dictamen con dispensa de todos los trámites, sometido a Discusión y votación. 3. Dictamen aprobado, en votación nominal, por 450 votos en pro, 19 en contra y 5 abstenciones en la Cámara de Diputados, el 7 de septiembre de 2006. 4. Minuta turnada a la Cámara de Senadores para efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. 5. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 12 de septiembre de 2006; se le dispensaron todos los trámites y se sometió a Discusión y votación. 6. Dictamen aprobado en votación nominal por 82 votos en favor. 7. Dictamen turnado al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales. 8. Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 13 de septiembre de 2006. |