DICTAMENES APROBADOS EN LA LX LEGISLATURA RELATIVOS A LEYES O DECRETOS SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario

DICTAMEN COMISIÓN DICTAMINADORA SINOPSIS PROCESO LEGISLATIVO
1   Decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Fiscal de la Federación y de la Ley del Servicio de Administración Tributaria.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Ingresos y Hacienda


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
31-Marzo-2009
- Hacienda y Crédito Público

Fecha de dictamen:
31-Marzo-2009

Publicación en el DOF:
6-Mayo-2009
Establecer que para el recurso de revocación se podrán presentar pruebas adicionales a las ya presentadas a más tardar dentro del mes siguiente a la fecha de presentación de dicho recurso. Aumentar de 3 a 5 meses el plazo que tiene la autoridad para resolver este recurso cuando se presenten dichas pruebas. Que si en este plazo la autoridad no ha resuelto, el contribuyente no estará obligado a exhibir la garantía correspondiente sino hasta su resolución. Asimismo, que los funcionarios del Servicio de Administración Tributaria que resuelven los recursos de revocación, no podrán ser sancionados por daño económico o patrimonial al Estado con motivo de la resolución de los recursos de revocación, a menos que la resolución carezca de fundamentación y motivación. 1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por la Sen. Minerva Hernández Ramos (PRD), a nombre propio y de los Sens. Gustavo Enrique Madero Muñoz, José Isabel Trejo Reyes (PAN) y Eduardo Calzada Rovirosa (PRI), el 21 de octubre de 2008.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 9 de diciembre de 2008. Proyecto de decreto aprobado por 94 votos.

3. Se turnó a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la CPEUM.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 9 de diciembre de 2008.

5. Dictamen presentado a discusión en la Cámara de Diputados el 31 de marzo de 2009. Proyecto de decreto aprobado por 311 votos en pro y 1 abstención.

6. Se turnó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicado en el D.O.F. el 6 de mayo de 2009.