DICTAMENES APROBADOS EN LA LX LEGISLATURA RELATIVOS A LEYES O DECRETOS | SECRETARÍA GENERAL SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS Dirección General de Apoyo Parlamentario |
DICTAMEN | COMISIÓN DICTAMINADORA | SINOPSIS | PROCESO LEGISLATIVO |
1 Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código Penal Federal, del Código Federal de Procedimientos Penales, de la Ley para la Protección de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, de la Ley General de Educación, de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, de la Ley Federal de Protección al Consumidor y de la Ley Reglamentaria del Artículo 5° Constitucional, relativo al Ejercicio de las Profesiones en el Distrito Federal. Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes Cámara de origen: Cámara de Diputados Clasificación: Justicia (Penal, Civil, Mercantil) Estado actual: Aprobado Gaceta Cámara de Diputados: 23-Abril-2009 |
- Atención a Grupos Vulnerables - Justicia Fecha de dictamen: 23-Abril-2009 Aprobación en el Senado: 29-Abril-2010 Publicación en el DOF: 19-Agosto-2010 |
La modificación en el Código Penal, se establece el delito de pederastia con una penalidad de prisión de 15 a 30 años de prisión o una multa de 500 a 5 mil días de salarios mínimos, así como modificar el tipo penal para que cuando cualquier persona que tenga conocimiento de la comisión de este delito y estando en posibilidad inmediata de evitarlo o impedir su consumación, no lo haga; asimismo, el que teniendo la obligación de hacer la investigación de denuncias por este delito no lo haga y proteja a la persona que lo cometa, ya sea escondiéndola o cambiándola de lugar o de sede, ya sea en escuelas, instituciones religiosas o instituciones culturales, pues también deba tener una sanción. Propone que en el Código Federal de Procedimientos Penales, en la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, se considere al delito de pederastia como Delincuencia Organizada, y que pueda ser considerado delito federal. Para el caso de la Ley de la Procuraduría General de la República prevé que si alguna autoridad ministerial no hace las investigaciones pertinentes en su estado, la Procuraduría General de la República pueda tener atraer la investigación. Por cuanto hace a las modificaciones a la Ley de Protección de Derechos de Niños y Niñas Adolescentes; la Ley de Salud, y en el caso de la Ley de Educación, se plantea que es una obligación del Estado realizar acciones educativas y preventivas a fin de evitar la comisión de delitos que afecten el sano desarrollo, físico, psicosexual y emocional de los niños, las niñas y los adolescentes. La modificación a la Ley de Asociaciones Religiosas, propone la pérdida del registro como asociación religiosa cuando se presente este tipo de delitos por cualquiera de los miembros de una comunidad religiosa. La modificación a la Ley Federal de Protección al Consumidor, pretende garantizar la revisión de los permisos que se otorgan a las instituciones que ofrecen servicios como son los culturales o los educativos. | 1. Iniciativa suscrita por la Dip. Claudia Lilia Cruz Santiago (PRD), el 4 de noviembre de 2008. 2. Proyecto de decreto presentado a discusión en la Cámara de Diputados el 23 de abril de 2009. Aprobado por 294 votos en pro. 3. Se turnó a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso a) del Art. 72 de la CPEUM. 4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 28 de abril de 2009. Se turnó a las Comisiones Unidas de Justicia; y de Estudios Legislativos, Primera. 5. Dictamen de primera lectura con dispensa de la segunda lectura presentado en la Cámara de Senadores el 29 de abril de 2010. Aprobado por 92 votos en pro. 6. Se turnó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales. 7. Publicado en el D.O.F. el 19 de agosto de 2010. |