DICTAMENES APROBADOS EN LA LX LEGISLATURA RELATIVOS A LEYES O DECRETOS | SECRETARÍA GENERAL SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS Dirección General de Apoyo Parlamentario |
DICTAMEN | COMISIÓN DICTAMINADORA | SINOPSIS | PROCESO LEGISLATIVO |
1 Decreto por el que se adicionan y reforman diversas disposiciones de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes Cámara de origen: Cámara de Diputados Clasificación: Ingresos y Hacienda Estado actual: Aprobado Gaceta Cámara de Diputados: 15-Octubre-2008 Gaceta Cámara de Senadores: 21-Octubre-2008 |
- Hacienda y Crédito Público Fecha de dictamen: 15-Octubre-2008 Aprobación en el Senado: 21-Octubre-2008 Publicación en el DOF: 13-Noviembre-2008 |
Establecer que los proyectos de inversión de Petróleos Mexicanos (PEMEX) sea presupuestaria, eliminando el esquema de Proyectos de Inversión Productiva con Impacto Diferido en el Registro del Gasto (PIDIREGAS), de manera que se excluiría a la inversión de PEMEX de la meta de balance presupuestario establecida en el Presupuesto de Egresos de la Federación. Asimismo, modificar el límite máximo de la reserva del Fondo de Estabilización de los Ingresos Petroleros, del Fondo de Estabilización de los Ingresos de las Entidades Federativas (FEIEF) y del Fondo de Estabilización para la Inversión en Infraestructura de Petróleos Mexicanos (FEIIPEMEX). Establecer los criterios que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal deberán seguir en el ejercicio del gasto de inversión y en el proceso de licitación de proyectos de infraestructura. Asimismo, se propone: - Eliminar que el Comité de Estrategia e Inversiones de Petróleos Mexicanos sea presidido por un Consejero Profesional. - Modificar los límites de las reservas de los fondos de estabilización a que se refiere el artículo 19 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH). - Que PEMEX emplee en inversión los recursos que tenga acumulados al cierre de 2008 en el Fondo de Estabilización para la Inversión en Infraestructura de Petróleos Mexicanos (FEIIPEMEX), para iniciar el proceso de construcción de una refinería y otras obras de infraestructura. - Además propone que pueda emplear en los siguientes años, hasta el 50% del saldo de dicho Fondo al cierre del ejercicio fiscal anterior, para la construcción de la mencionada refinería. - Que PEMEX emplee en inversión los recursos que tenga acumulados al cierre de 2008 en el Fondo de Estabilización para la Inversión en Infraestructura de Petróleos Mexicanos (FEIIPEMEX), para iniciar el proceso de construcción de una refinería y otras obras de infraestructura. - Además propone que pueda emplear en los siguientes años, hasta el 50% del saldo de dicho Fondo al cierre del ejercicio fiscal anterior, para la construcción de la mencionada refinería. - Prever que en 2009, 2010 y 2011 una parte de los excedentes de la llamada ¿bolsa general¿ se destine a proyectos de inversión contenidos en el Presupuesto de Egresos de la Federación, del ejercicio fiscal que corresponda. - Que las entidades federativas reciban el mismo monto total de ingresos excedentes, para proyectos de inversión en infraestructura y equipamiento, y a través del Fondo de Estabilización de los Ingresos de las Entidades Federativas. - Modificar el porcentaje propuesto de un 20% al 30% para que los recursos destinados a proyectos de inversión contenidos en el Presupuesto de Egresos de la Federación sean de un monto similar al que resultaría de aplicar lo propuesto en la iniciativa en comento. - En cuanto al uso de los ingresos excedentes, ampliar el uso de los recursos de los fondos de estabilización a los casos en que los ingresos totales del sector público resulten inferiores a las estimaciones de la LIF, debido a menores ingresos tributarios no petroleros o a que la plataforma de producción de PEMEX haya sido menor a la establecida en los Criterios Generales de Política Económica para el año que corresponda. |
1. Iniciativa presentada por el Ejecutivo Federal el 9 de octubre de 2008. 2. Dictamen a Discusión aprobado en lo general y en lo particular, en votación nominal, por 363 votos en pro, 12 en contra y 1 abstención, en la Cámara de Diputados, el 15 de octubre de 2008. 3. Minuta turnada a la Cámara de Senadores para efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. 4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 16 de octubre de 2008. Turnada a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público, y de Estudios Legislativos, Primera. 5. Dictamen aprobado en la Cámara de Senadores el 21 de octubre de 2008, en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 107 votos a favor y 0 en contra. 6. Se turnó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales. 7. Publicado en el D.O.F. el 13 de noviembre de 2008. |