PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO PRESENTADAS
EN LA LX LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario


PROPOSICIÓN TURNO A COMISIÓN RESOLUTIVOS DEL PROPONENTE RESOLUTIVOS APROBADOS TRÁMITE
1   Punto de acuerdo por el que la Comisión Permanente felicita a la Mtra. Alicia Bárcena Ibarra, por su nombramiento como Secretaria Ejecutiva de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe.


Proponente: Grupos Parlamentarios (CONJUNTAS)

Publicación en Gaceta del Senado: 21-Mayo-2008

Fecha de presentación: 21-Mayo-2008

  - Tercera Comisión: Hacienda y Crédito Público, Agricultura y Fomento, Comunicaciones y Obras Públicas
ÚNICO.- La Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión, felicita a la Mtra. Alicia Bárcena Ibarra, por su nombramiento como secretaria ejecutiva de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL). ÚNICO.- La Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión, felicita a la Maestra Alicia Bárcena Ibarra, por su nombramiento como Secretaria Ejecutiva de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe. Aprobada
con fecha 28-Mayo-2008



Publicación del dictamen Gaceta: 28-Mayo-2008
2   Punto de acuerdo sobre el proceso de elección de los integrantes del Consejo General del Instituto Federal Electoral.


Proponente: Grupos Parlamentarios (CONJUNTAS)

Publicación en Gaceta del Senado: 28-Mayo-2008

Fecha de presentación: 28-Mayo-2008

  - Pendiente de turno
ÚNICO.- Se exhorta a la Comisión de Gobernación y a la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados, para que en la elección de los nuevos consejeros electorales al Consejo General del Instituto Federal Electoral, busquen mantener el mismo número de mujeres con que se contó en el pasado Consejo General. . Archivada
con fecha --
3   Punto de acuerdo por el que se exhorta a implementar el procedimiento de armonización de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres.


Proponente: Grupos Parlamentarios (CONJUNTAS)

Publicación en Gaceta del Senado: 28-Mayo-2008

Fecha de presentación: 28-Mayo-2008

  - Primera Comisión: Gobernación, Puntos Constitucionales y Justicia
ÚNICO.- Se exhorta a los gobiernos estatales, al gobierno del Distrito Federal y a los congresos estatales para que implementen el procedimiento de armonización, a efecto de expedir las disposiciones legales necesarias para promover los principios, políticas y objetivos establecidos en la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres. Primero.- Se desecha la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a implementar el procedimiento de armonización de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres. Desechada
con fecha 20-Agosto-2008
4   Punto de acuerdo para exhortar a los gobiernos de las entidades federativas y los congresos locales para que cumplan con la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, de acuerdo al ámbito de su competencia.


Proponente: Grupos Parlamentarios (CONJUNTAS)

Publicación en Gaceta del Senado: 28-Mayo-2008

Fecha de presentación: 28-Mayo-2008

  - Primera Comisión: Gobernación, Puntos Constitucionales y Justicia
ÚNICO.- Se exhorta a los gobiernos estatales y congresos locales para que, en cumplimiento con la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, lleven a cabo las acciones conducentes de acuerdo a su ámbito de competencia. Segundo.- Se desecha la proposición con punto de acuerdo para exhortar a los Gobiernos de las Entidades Federativas y los Congresos Locales para que cumplan con la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, de acuerdo al ámbito de su competencia. Desechada
con fecha 20-Agosto-2008
5   Punto de acuerdo a fin de que el IMSS y otras dependencias, cubran a los familiares de los mineros fallecidos en la mina Pasta de Conchos las pensiones e indemnizaciones.


Proponente: Grupos Parlamentarios (CONJUNTAS)

Publicación en Gaceta del Senado: 28-Mayo-2008

Fecha de presentación: 28-Mayo-2008

  - Tercera Comisión: Hacienda y Crédito Público, Agricultura y Fomento, Comunicaciones y Obras Públicas
PRIMERO.- Se exhorte al director general del IMSS, Maestro Juan Francisco Molinar Horcasitas, para que garantice a los beneficiarios de los 65 mineros que perdieron la vida en la explosión de la mina de Pasta de Conchos del 19 de febrero de 2006, las pensiones de viudez, orfandad o ascendencia, según proceda. Y al mismo tiempo se amplié el periodo de gracia, a efecto de que no prescriban las mensualidades por concepto de pensión y pagos de aguinaldos, no reclamados a la fecha así como las demás prestaciones.

SEGUNDO.- Se revise la situación de los sobrevivientes, conforme y para los efectos de los artículos 49, 54, 58,59, 61, 62 de la Ley del Seguro Social.

TERCERO.- Se exhorte al secretario del Trabajo y Previsión Social, Licenciado Javier Lozano Alarcón y al secretario de Economía, Doctor Eduardo Sojo Garza-Aldape, para que de inmediato realicen el pago de las indemnizaciones a los beneficiarios, derivadas del acto grave de negligencia y omisión atribuible a los funcionarios de ambas dependencias, en apego a los artículos 15, 16, 31, Transitorio Segundo y demás artículos aplicables de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos; a los artículos 1, 2, 3, 5 , 7, 9, 12, 13, 14, 21, 29, 30, y demás artículos aplicables de la Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado y demás ordenamientos aplicables.

CUARTO.- Se exhorte igualmente al director general de IMSS, para que en los términos del artículo 305 y 307, ambos de la Ley del Seguro Social, proceda a formular querella en contra de las empresas Industrial Minera México, S.A: de C.V. y General de Hulla, S.A. de C.V., por haber inscrito a sus trabajadores, incluidos los 65 mineros que perdieron la vida, con salarios inferiores a los reales.

QUINTO.- Igualmente, se exhorte al procurador General de la República, licenciado Eduardo Medina-Mora Icaza, a garantizar la reparación del daño a favor de los beneficiarios de los 65 mineros fallecidos, en los términos detallados y fundados en el Punto 8, del apartado de "Proposiciones y Acciones", contenido en el Informe Final de la Comisión Especial para Conocer la Responsabilidades y Origen de la Tragedia de la Mina Pasta de Conchos de esta H. Soberanía.

SEXTO.- Se exhorte respetuosamente al Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa y demás autoridades jurisdiccionales, para que resuelvan a la brevedad, los juicios interpuestos por los familiares de los mineros fallecidos.
PRIMERO.- La Comisión Permanente del Congreso de la Unión, con sustento en lo dispuesto en los numerales 1 y 3 del artículo 45 y en los numerales 1 y 3 del artículo 97 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicita de los titulares de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y de la Secretaría de Economía, dentro de los 30 días naturales, la siguiente información:
A. Las condiciones materiales, de riesgo, seguridad e higiene, de la Mina 8 de la Unidad Pasta de Conchos; el avance de los trabajos de rescate de los cuerpos de los mineros sepultados; los estudios realizados para precisar la existencia de riesgos, y, en su caso, el grado de peligrosidad, en la ejecución de los trabajos de rescate; y las razones que han obstaculizado e impedido el rescate mencionado, así como las medidas que se pueden adoptar para superarlos, toda vez que ha sido posible ingresar a la mina para realizar trabajos.
B. El resultado de las inspecciones oculares realizadas en la mina en cuestión, indicando la posibilidad y riesgo de realizar nuevas inspecciones que permitan mayor precisión y actualización de las condiciones de seguridad, así como la presencia de gases u otros elementos que sean factores de riesgo, en la Mina 8 de la Unidad Pasta de Conchos.
C. Sobre las acciones, autorizaciones u otras gestiones de los representantes de Industrial Minera México, S.A. de C.V., así como la respuesta que haya recibido de cualquiera de las secretarías antes mencionadas en relación al cierre y sellado de bocaminas de la Mina 8 de la Unidad Pasta de Conchos.

SEGUNDO.- La Comisión Permanente del Congreso de la Unión, con sustento en lo dispuesto en los numerales 1 y 3 del artículo 45 y en los numerales 1 y 3 del artículo 97 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicita de los titulares de las secretarías de Economía y de Trabajo y Previsión Social, que informe a esta soberanía, dentro de los 30 días naturales siguientes sobre la situación jurídica de la concesión otorgada a Industrial Minera México, S.A. de C.V., para la explotación de la Mina 8, denominada Pasta de Conchos, localizada en el Ejido de Santa María, municipio de San Juan Sabinas, estado de Coahuila, y en su caso, si se ha iniciado un procedimiento de cancelación de la concesión minera citada.

TERCERO.- La Comisión Permanente del Congreso de la Unión, con sustento en lo dispuesto en los numerales 1 y 3 del artículo 45 y en los numerales 1 y 3 del artículo 97 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicita del director general del Instituto Mexicano del Seguro Social que informe a esta soberanía, dentro de los 30 días naturales siguientes, de la situación jurídica de los procedimientos de reconocimiento y pago de los derechos de los beneficiarios de los 65 mineros que perdieron la vida en la explosión de la Mina de Pasta de Conchos ocurrida el 19 de febrero de 2006, considerando las pensiones de viudez, orfandad o ascendencia, según proceda y determinando montos plazos y demás condiciones pertinentes. Se exhorta a este organismo descentralizado a que se amplíe, en lo necesario, el periodo de gracia, a efecto de que no prescriban las mensualidades por concepto de pensión y pagos de aguinaldos no reclamados a la fecha, así como las demás prestaciones.
Este organismo descentralizado deberá informar igualmente sobre los procedimientos que haya iniciado en contra de Industrial Minera México, S.A. de C.V., y General de Hulla, S.A. de C.V., por irregularidades en la inscripción de los 65 trabajadores mineros de referencia.

CUARTO.- La Comisión Permanente del Congreso de la Unión, con sustento en lo dispuesto en los numerales 1 y 3 del artículo 45 y en los numerales 1 y 3 del artículo 97 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicita de los titulares de las secretarías de Economía y del Trabajo y Previsión Social, que informe a esta soberanía, dentro de los 30 días naturales siguientes, sobre los procedimientos instaurados para el pago de indemnizaciones a los beneficiarios de los 65 mineros fallecidos con motivo del siniestro de la Mina 8, de Pasta de Conchos, derivadas del acto de negligencia y omisión atribuible a los funcionarios de ambas dependencias.

QUINTO.- La Comisión Permanente del Congreso de la Unión, con sustento en lo dispuesto en los numerales 1 y 3 del artículo 45 y en los numerales 1 y 3 del artículo 97 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicita del titular de la Procuraduría General de la República, que informe a esta soberanía, dentro de los 30 días naturales siguientes, sobre el estado que guardan los procedimientos de averiguación previa en relación a la explosión ocurrida en la Mina 8 de Pasta de Conchos el 19 de febrero de 2006, sobre la situación jurídica de los diversos representantes de Industrial Minera México, S.A. de C.V., General de Hulla, S.A. de C.V., Grupo México, S.A.B. de C.V., y de los servidores públicos de las secretarías de Economía y del Trabajo y Previsión Social, involucrados en estos hechos, así como de las medidas que se hayan adoptado para garantizar la reparación del daño a favor de los beneficiarios de los 65 mineros fallecidos.
Aprobada
con fecha 4-Junio-2008



Publicación del dictamen Gaceta: 4-Junio-2008
6   Punto de acuerdo a fin de que la Secretaría de Economía proceda a cancelar de inmediato la concesión otorgada a la empresa industrial Minera México, S. A. de C.V.


Proponente: Grupos Parlamentarios (CONJUNTAS)

Publicación en Gaceta del Senado: 28-Mayo-2008

Fecha de presentación: 28-Mayo-2008

  - Tercera Comisión: Hacienda y Crédito Público, Agricultura y Fomento, Comunicaciones y Obras Públicas
ÚNICO.- Se exhorta a la Secretaría de Economía proceda a cancelar de inmediato la concesión minera de la empresa Industrial Minera México, S. A. de C. V. , otorgada sobre la mina 8, denomina Pasta de Conchos, localizada en el ejido Santa María, municipio de San Juan de Sabinas, estado de Coahuila. Por haber incumplido de manera generalizada sus obligaciones en materia de seguridad e higiene, previstas en la Ley Minera y en las disposiciones laborales aplicables. Ello de conformidad con el artículo 27 de nuestra Carta Magna. PRIMERO.- La Comisión Permanente del Congreso de la Unión, con sustento en lo dispuesto en los numerales 1 y 3 del artículo 45 y en los numerales 1 y 3 del artículo 97 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicita de los titulares de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y de la Secretaría de Economía, dentro de los 30 días naturales, la siguiente información:
A. Las condiciones materiales, de riesgo, seguridad e higiene, de la Mina 8 de la Unidad Pasta de Conchos; el avance de los trabajos de rescate de los cuerpos de los mineros sepultados; los estudios realizados para precisar la existencia de riesgos, y, en su caso, el grado de peligrosidad, en la ejecución de los trabajos de rescate; y las razones que han obstaculizado e impedido el rescate mencionado, así como las medidas que se pueden adoptar para superarlos, toda vez que ha sido posible ingresar a la mina para realizar trabajos.
B. El resultado de las inspecciones oculares realizadas en la mina en cuestión, indicando la posibilidad y riesgo de realizar nuevas inspecciones que permitan mayor precisión y actualización de las condiciones de seguridad, así como la presencia de gases u otros elementos que sean factores de riesgo, en la Mina 8 de la Unidad Pasta de Conchos.
C. Sobre las acciones, autorizaciones u otras gestiones de los representantes de Industrial Minera México, S.A. de C.V., así como la respuesta que haya recibido de cualquiera de las secretarías antes mencionadas en relación al cierre y sellado de bocaminas de la Mina 8 de la Unidad Pasta de Conchos.

SEGUNDO.- La Comisión Permanente del Congreso de la Unión, con sustento en lo dispuesto en los numerales 1 y 3 del artículo 45 y en los numerales 1 y 3 del artículo 97 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicita de los titulares de las secretarías de Economía y de Trabajo y Previsión Social, que informe a esta soberanía, dentro de los 30 días naturales siguientes sobre la situación jurídica de la concesión otorgada a Industrial Minera México, S.A. de C.V., para la explotación de la Mina 8, denominada Pasta de Conchos, localizada en el Ejido de Santa María, municipio de San Juan Sabinas, estado de Coahuila, y en su caso, si se ha iniciado un procedimiento de cancelación de la concesión minera citada.

TERCERO.- La Comisión Permanente del Congreso de la Unión, con sustento en lo dispuesto en los numerales 1 y 3 del artículo 45 y en los numerales 1 y 3 del artículo 97 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicita del director general del Instituto Mexicano del Seguro Social que informe a esta soberanía, dentro de los 30 días naturales siguientes, de la situación jurídica de los procedimientos de reconocimiento y pago de los derechos de los beneficiarios de los 65 mineros que perdieron la vida en la explosión de la Mina de Pasta de Conchos ocurrida el 19 de febrero de 2006, considerando las pensiones de viudez, orfandad o ascendencia, según proceda y determinando montos plazos y demás condiciones pertinentes. Se exhorta a este organismo descentralizado a que se amplíe, en lo necesario, el periodo de gracia, a efecto de que no prescriban las mensualidades por concepto de pensión y pagos de aguinaldos no reclamados a la fecha, así como las demás prestaciones.
Este organismo descentralizado deberá informar igualmente sobre los procedimientos que haya iniciado en contra de Industrial Minera México, S.A. de C.V., y General de Hulla, S.A. de C.V., por irregularidades en la inscripción de los 65 trabajadores mineros de referencia.

CUARTO.- La Comisión Permanente del Congreso de la Unión, con sustento en lo dispuesto en los numerales 1 y 3 del artículo 45 y en los numerales 1 y 3 del artículo 97 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicita de los titulares de las secretarías de Economía y del Trabajo y Previsión Social, que informe a esta soberanía, dentro de los 30 días naturales siguientes, sobre los procedimientos instaurados para el pago de indemnizaciones a los beneficiarios de los 65 mineros fallecidos con motivo del siniestro de la Mina 8, de Pasta de Conchos, derivadas del acto de negligencia y omisión atribuible a los funcionarios de ambas dependencias.

QUINTO.- La Comisión Permanente del Congreso de la Unión, con sustento en lo dispuesto en los numerales 1 y 3 del artículo 45 y en los numerales 1 y 3 del artículo 97 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicita del titular de la Procuraduría General de la República, que informe a esta soberanía, dentro de los 30 días naturales siguientes, sobre el estado que guardan los procedimientos de averiguación previa en relación a la explosión ocurrida en la Mina 8 de Pasta de Conchos el 19 de febrero de 2006, sobre la situación jurídica de los diversos representantes de Industrial Minera México, S.A. de C.V., General de Hulla, S.A. de C.V., Grupo México, S.A.B. de C.V., y de los servidores públicos de las secretarías de Economía y del Trabajo y Previsión Social, involucrados en estos hechos, así como de las medidas que se hayan adoptado para garantizar la reparación del daño a favor de los beneficiarios de los 65 mineros fallecidos.
Aprobada
con fecha 4-Junio-2008



Publicación del dictamen Gaceta: 4-Junio-2008
7   Punto de acuerdo por el que se exhorta a la Procuraduría General de la República, para que a la brevedad, ejerza acción penal en contra de los responsables del homicidio culposo de 65 mineros acaecido en la mina Pasta de Conchos, en el estado de Coahuila, el 19 de febrero de 2006.


Proponente: Grupos Parlamentarios (CONJUNTAS)

Publicación en Gaceta del Senado: 28-Mayo-2008

Fecha de presentación: 28-Mayo-2008

  - Tercera Comisión: Hacienda y Crédito Público, Agricultura y Fomento, Comunicaciones y Obras Públicas
ÚNICO.- Se exhorta al procurador General de la República, licenciado Eduardo Medina-Mora Icaza, para que, con respecto a la explosión del 19 de febrero de 2006, proceda a la brevedad, y de conformidad con los artículos 60, 214, 215, 216 y 414 aplicables del Código Penal Federal, determine el ejercicio de la acción penal en contra de los funcionarios de la empresa Industrial Minera México S.A. de .C.V., General de Hulla S.A. de .C.V., Grupo México S.A.B. de C.V. Y de los servidores públicos de las secretarías de Economía, Trabajo y Previsión Social, involucrados en estos hechos, incluyendo al ex secretario del Trabajo, ingeniero Francisco Javier Salazar Sáenz y al ex Presidente Vicente Fox Quesada, así como la representación sindical responsable.

Además, para el caso de los servidores públicos implicados, se les investigue por los delitos de ejercicio indebido del servicio público, abuso de autoridad, coalición de servidores públicos y los que resulten.
PRIMERO.- La Comisión Permanente del Congreso de la Unión, con sustento en lo dispuesto en los numerales 1 y 3 del artículo 45 y en los numerales 1 y 3 del artículo 97 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicita de los titulares de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y de la Secretaría de Economía, dentro de los 30 días naturales, la siguiente información:
A. Las condiciones materiales, de riesgo, seguridad e higiene, de la Mina 8 de la Unidad Pasta de Conchos; el avance de los trabajos de rescate de los cuerpos de los mineros sepultados; los estudios realizados para precisar la existencia de riesgos, y, en su caso, el grado de peligrosidad, en la ejecución de los trabajos de rescate; y las razones que han obstaculizado e impedido el rescate mencionado, así como las medidas que se pueden adoptar para superarlos, toda vez que ha sido posible ingresar a la mina para realizar trabajos.
B. El resultado de las inspecciones oculares realizadas en la mina en cuestión, indicando la posibilidad y riesgo de realizar nuevas inspecciones que permitan mayor precisión y actualización de las condiciones de seguridad, así como la presencia de gases u otros elementos que sean factores de riesgo, en la Mina 8 de la Unidad Pasta de Conchos.
C. Sobre las acciones, autorizaciones u otras gestiones de los representantes de Industrial Minera México, S.A. de C.V., así como la respuesta que haya recibido de cualquiera de las secretarías antes mencionadas en relación al cierre y sellado de bocaminas de la Mina 8 de la Unidad Pasta de Conchos.

SEGUNDO.- La Comisión Permanente del Congreso de la Unión, con sustento en lo dispuesto en los numerales 1 y 3 del artículo 45 y en los numerales 1 y 3 del artículo 97 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicita de los titulares de las secretarías de Economía y de Trabajo y Previsión Social, que informe a esta soberanía, dentro de los 30 días naturales siguientes sobre la situación jurídica de la concesión otorgada a Industrial Minera México, S.A. de C.V., para la explotación de la Mina 8, denominada Pasta de Conchos, localizada en el Ejido de Santa María, municipio de San Juan Sabinas, estado de Coahuila, y en su caso, si se ha iniciado un procedimiento de cancelación de la concesión minera citada.

TERCERO.- La Comisión Permanente del Congreso de la Unión, con sustento en lo dispuesto en los numerales 1 y 3 del artículo 45 y en los numerales 1 y 3 del artículo 97 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicita del director general del Instituto Mexicano del Seguro Social que informe a esta soberanía, dentro de los 30 días naturales siguientes, de la situación jurídica de los procedimientos de reconocimiento y pago de los derechos de los beneficiarios de los 65 mineros que perdieron la vida en la explosión de la Mina de Pasta de Conchos ocurrida el 19 de febrero de 2006, considerando las pensiones de viudez, orfandad o ascendencia, según proceda y determinando montos plazos y demás condiciones pertinentes. Se exhorta a este organismo descentralizado a que se amplíe, en lo necesario, el periodo de gracia, a efecto de que no prescriban las mensualidades por concepto de pensión y pagos de aguinaldos no reclamados a la fecha, así como las demás prestaciones.
Este organismo descentralizado deberá informar igualmente sobre los procedimientos que haya iniciado en contra de Industrial Minera México, S.A. de C.V., y General de Hulla, S.A. de C.V., por irregularidades en la inscripción de los 65 trabajadores mineros de referencia.

CUARTO.- La Comisión Permanente del Congreso de la Unión, con sustento en lo dispuesto en los numerales 1 y 3 del artículo 45 y en los numerales 1 y 3 del artículo 97 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicita de los titulares de las secretarías de Economía y del Trabajo y Previsión Social, que informe a esta soberanía, dentro de los 30 días naturales siguientes, sobre los procedimientos instaurados para el pago de indemnizaciones a los beneficiarios de los 65 mineros fallecidos con motivo del siniestro de la Mina 8, de Pasta de Conchos, derivadas del acto de negligencia y omisión atribuible a los funcionarios de ambas dependencias.

QUINTO.- La Comisión Permanente del Congreso de la Unión, con sustento en lo dispuesto en los numerales 1 y 3 del artículo 45 y en los numerales 1 y 3 del artículo 97 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicita del titular de la Procuraduría General de la República, que informe a esta soberanía, dentro de los 30 días naturales siguientes, sobre el estado que guardan los procedimientos de averiguación previa en relación a la explosión ocurrida en la Mina 8 de Pasta de Conchos el 19 de febrero de 2006, sobre la situación jurídica de los diversos representantes de Industrial Minera México, S.A. de C.V., General de Hulla, S.A. de C.V., Grupo México, S.A.B. de C.V., y de los servidores públicos de las secretarías de Economía y del Trabajo y Previsión Social, involucrados en estos hechos, así como de las medidas que se hayan adoptado para garantizar la reparación del daño a favor de los beneficiarios de los 65 mineros fallecidos.
Aprobada
con fecha 4-Junio-2008



Publicación del dictamen Gaceta: 4-Junio-2008
8   Punto de acuerdo en relación a medidas sanitarias y fitosanitarias, en virtud de la firma del Tratado de Libre Comercio entre México y Perú.


Proponente: Grupos Parlamentarios (CONJUNTAS)

Publicación en Gaceta del Senado: 25-Junio-2008

Fecha de presentación: 25-Junio-2008

  - Segunda Comisión: Relaciones Exteriores, Defensa Nacional y Educación Pública
ÚNICO.- Se exhorta al Ejecutivo Federal, para que remita un informe a esta soberanía sobre las medidas sanitarias y fitosanitarias para el comercio de los productos agrícolas que se están proponiendo en el marco de las negociaciones del Tratado de Libre Comercio entre México y Perú. ÚNICO.- La Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión solicita al Ejecutivo Federal, informe a esta soberanía sobre las medidas sanitarias y fitosanitarias para el comercio de los productos agrícolas que se están proponiendo en el marco de las negociaciones del Tratado de Libre Comercio entre México y Perú. Aprobada
con fecha 2-Julio-2008



Publicación del dictamen Gaceta: 2-Julio-2008
9   Punto de acuerdo con relación a la elaboración de la Norma Oficial Mexicana de Jugos.


Proponente: Grupos Parlamentarios (CONJUNTAS)

Publicación en Gaceta del Senado: 25-Junio-2008

Fecha de presentación: 25-Junio-2008

  - Tercera Comisión: Hacienda y Crédito Público, Agricultura y Fomento, Comunicaciones y Obras Públicas
ÚNICO.- Se Exhorta a la Secretaría de Economía a que concluya a la brevedad posible la Norma Oficial Mexicana de Jugos, en virtud de que su proceso ya excede los cinco años, a pesar de que representa importantes beneficios para el campo, para la salud y para la nutrición de los mexicanos, especialmente, de niños y jóvenes. ÚNICO.- La Comisión Permanente del Congreso de la Unión, con sustento en lo dispuesto en los numerales 1 y 3 del artículo 45 y en los numerales 1 y 3 del artículo 97 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicita al titular de la Secretaría de Economía, se sirva hacer llegar a esta soberanía, dentro de los 30 días naturales siguientes, información precisa sobre el avance del proceso para la promulgación de una Norma Oficial Mexicana de Jugos, exhortándolo a agilizar y fortalecer las acciones encaminadas a terminar, publicar y dotar de vigencia a la norma correspondiente. Aprobada
con fecha 9-Julio-2008



Publicación del dictamen Gaceta: 9-Julio-2008
10   Punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo Federal a respetar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes emanadas de ésta.


Proponente: Grupos Parlamentarios (CONJUNTAS)

Publicación en Gaceta del Senado: 23-Julio-2008

Fecha de presentación: 23-Julio-2008

  - Primera Comisión: Gobernación, Puntos Constitucionales y Justicia
PRIMERO.- La Comisión Permanente exhorta al señor Felipe de Jesús Calderón Hinojosa, titular del Poder Ejecutivo a respetar el espíritu laico de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de las leyes emanadas de ésta, así como a mantenerse dentro del Estado de Derecho. En ese contexto le conminamos a brindar el mismo trato a todas las asociaciones religiosas reconocidas por el Estado Mexicano.

SEGUNDO.- La Comisión Permanente del Congreso de la Unión, exhorta al ciudadano Felipe de Jesús Calderón Hinojosa, a honrar y respetar las conmemoraciones cívicas incluidas en el calendario oficial, en particular las correspondientes al Benemérito de las Américas, licenciado Benito Juárez García.
. Archivada
con fecha --
11   Punto de acueerdo por el que se cita al director general del Instituto Mexicano del Seguro Social a fin de que amplíe lo expuesto en el ¿Informe sobre la situación financiera y los riesgos¿ que enfrenta dicho Instituto y tenga a bien informar sobre la situación del Programa IMSS-Oportunidades.


Proponente: Grupos Parlamentarios (CONJUNTAS)

Publicación en Gaceta: 12-Septiembre-2008

Fecha de presentación: 20-Agosto-2008

Unidas  - Seguridad Social
- Presupuesto y Cuenta Pública
ÚNICO.- Se solicita a las comisiones de Presupuesto y Cuenta Pública y de Seguridad Social de la H. Cámara de Diputados citen a la brevedad al director general del Instituto Mexicano del Seguro Social, C. Juan Molinar Horcasitas, con el objeto de que amplíe lo expuesto en el "Informe sobre la Situación Financiera y los Riesgos del Instituto" y tenga a bien informar sobre el Programa IMSS-Oportunidades, su situación, retos y perspectivas. . Archivada
con fecha --
12   Punto de acuerdo por el que se exhorta a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal a remitir un informe sobre el cumplimiento del artículo 25 del decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2008.


Proponente: Grupos Parlamentarios (CONJUNTAS)

Publicación en Gaceta: 12-Septiembre-2008

Fecha de presentación: 20-Agosto-2008

  - Presupuesto y Cuenta Pública
ÚNICO.- La Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión exhorta a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, remitan un informe a esta soberanía, a la brevedad posible, sobre el cumplimiento del artículo 25 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2008, según las obligaciones que en dicho precepto se señalan. . Archivada
con fecha --
13   Punto de acuerdo referente a los centros de atención y refugio de víctimas de violencia de género.


Proponente: Grupos Parlamentarios (CONJUNTAS)

Publicación en Gaceta del Senado: 20-Agosto-2008

Fecha de presentación: 20-Agosto-2008

  - Primera Comisión: Gobernación, Puntos Constitucionales y Justicia
ÚNICO.- Se exhorta respetuosamente a las y los titulares de los poderes ejecutivos de las entidades federativas, a jefe de gobierno del Distrito Federal, a los congresos locales y a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, a efecto de que destinen los recursos necesarios y suficientes para la creación, desarrollo, y sustentabilidad de los centros de refugio públicos, privados y de las organizaciones sociales, mismo que reciben, orientan, protegen y atienden de manera integral a las víctimas de violencia de género. ÚNICO.- La Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a las y los titulares de los Poderes Ejecutivos de las entidades federativas, a Jefe de Gobierno del Distrito Federal, a los congresos locales y a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, a efecto de que destinen los recursos necesarios y suficientes para la creación, desarrollo, y sustentabilidad de los centros de refugio públicos, privados y de las organizaciones sociales, mismo que reciben, orientan, protegen y atienden de manera integral a las víctimas de violencia de género. Aprobada
con fecha 27-Agosto-2008



Publicación del dictamen Gaceta: 27-Agosto-2008