MINUTAS PRESENTADAS
EN LA LX LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario

MINUTA TURNO A COMISIÓN SINOPSIS PROCESO LEGISLATIVO
1 Proyecto de decreto que reforma la fracción X del artículo 257 de la Ley General de Salud, para los efectos del inciso d) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.





Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 1-Febrero-2008

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
  - Salud
Publicación en Gaceta: 1-Febrero-2008
PRIMERO.- Se desecha la Minuta con Proyecto de Decreto que reforma la fracción X del artículo 257 de la Ley General de Salud, debido a las consideraciones expuestas en el presente dictamen.

SEGUNDO.- Devuélvase el expediente a la Cámara de Diputados, de conformidad con lo previsto en el Artículo 72, inciso d), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Estado Actual:
Desechada

con fecha 17-Abril-2008


Proceso legislativo:
1. Iniciativa presentada por el Dip. José Ángel Córdova Villalobos (PAN) en la Cámara de Diputados, el 19 de abril de 2005. (LIX)

2. Dictamen de Primera Lectura presentado el 6 de diciembre de 2005. (LIX)

3. Dictamen a Discusión presentado el 8 de diciembre de 2005. Aprobado por 322 votos.

4. Minuta turnada a la Cámara de Senadores, para efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LIX)

5. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 13 de diciembre de 2005. (LIX)

6. Dictamen a Discusión presentado el 11 de diciembre de 2007. Aprobado por 104 votos.

7. Dictamen devuelto a la Cámara de Diputados para efectos del inciso d) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

8. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 1 de febrero de 2008.

9. Dictámenes en sentido negativo aprobados en el Pleno de manera conjunta en votación económica, en la Cámara de Diputados, el 17 de abril de 2008.

10. Expedientes archivados como asuntos totalmente concluidos.
2 Proyecto de decreto que adiciona un segundo párrafo al artículo 25 de la Ley General de Salud, para los efectos del inciso d) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.





Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 1-Febrero-2008

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
  - Salud
Publicación en Gaceta: 1-Febrero-2008
PRIMERO.- Se desecha la Minuta con Proyecto de Decreto por el que se adiciona un segundo párrafo al artículo 25 de la Ley General de Salud.

SEGUNDO.- Devuélvase el expediente a la Cámara de Diputados, de conformidad con lo previsto en el Artículo 72, inciso d), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Estado Actual:
Desechada

con fecha 17-Abril-2008


Proceso legislativo:
1. Iniciativa presentada por la Dip. Maria Cristina Díaz Salazar (PRI) el 1 de diciembre de 2005. (LIX)

2. Dictamen de Primera Lectura presentado el 18 de abril de 2006. (LIX)

3. Dictamen a Discusión presentado el 20 de abril de 2006.
Aprobado por 363 votos.

4. Minuta turnada a la Cámara de Senadores para efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

5. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 20 de abril de 2006. (LIX)

6. Dictamen a Discusión presentado el 11 de diciembre de 2007. Aprobado por 95 votos

7. Dictamen devuelto a la Cámara de Diputados para efectos del inciso d) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

8. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 1 de febrero de 2008.

9. Dictámenes en sentido negativo aprobados en el Pleno de manera conjunta, en votación económica, en la Cámara de Diputados, el 17 de abril de 2008.

10. Expedientes archivados como asuntos totalmente concluidos.
3 Proyecto de decreto que reforma el artículo 181 de la Ley de la Propiedad Industrial, para los efectos del inciso d) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.





Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 1-Febrero-2008

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
  - Economía
Publicación en Gaceta: 1-Febrero-2008
ÚNICO.- Se desecha la Minuta remitida por la Cámara de Diputados que reforma el artículo 181 de la Ley de la Propiedad Industrial, para los efectos del artículo 72 inciso d) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Estado Actual:
Desechada

con fecha 1-Abril-2009


Proceso legislativo:
1. Iniciativa presentada por el Dip. Jorge Antonio Kahwagi Macari (PVEM) el 7 de marzo de 2006. (LIX)

2. Dictamen de Primera Lectura presentado el 25 de abril de 2006. (LIX)

3. Dictamen a Discusión presentado el 26 de abril de 2006. Aprobado por 324 votos.

4. Minuta turnada a la Cámara de Senadores para efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LIX)

5. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 27 de abril de 2006. (LIX)

6. Dictamen a Discusión presentado el 11 de diciembre de 2007. Aprobado por 86 votos.

7. Dictamen devuelto a la Cámara de Diputados para efectos del inciso d) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

8. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 1 de febrero de 2008.

9. Dictámenes en sentido negativo aprobados en el pleno de manera conjunta en votación económica, el 1 de abril de 2009.

10. Archívense los expedientes como asuntos totalmente concluidos.
4 Proyecto de decreto que reforma el artículo 80 de la Ley Agraria, para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.





Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 1-Febrero-2008

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
  - Reforma Agraria
Publicación en Gaceta: 1-Febrero-2008
Eliminar de la minuta el requisito de que la renuncia a los derechos parcelarios deban ser ratificados ante fedatario público, debiendo únicamente ser expresado por escrito ante dos testigos e inscribirse en el Registro Agrario Nacional.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 6-Marzo-2008


Proceso legislativo:
1. Iniciativas presentadas:
a) Por el Dip. Javier Galván Guerrero (PRI) el 1 de diciembre de 2005. (LIX)

b) Por el Dip. Salvador Barajas del Toro (PRI) el 17 de abril de 2007.

c) Por el Sen. Adolfo Toledo Infanzón (PRI) el 24 de abril de 2007.

2. Dictamen de Primera Lectura presentado el 8 de noviembre de 2007.

3. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Diputados el 20 de noviembre de 2007.

4. Dictamen aprobado, en lo general y en lo particular, por 359 votos en favor, 0 en contra y 1 abstención, en la Cámara de Diputados, el 20 de noviembre de 2007.

5. Minuta turnada a la Cámara de Senadores para efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

6. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 22 de noviembre de 2007.

7. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de trámites presentado el 13 de diciembre de 2007. Aprobado por 106 votos.

8. Dictamen devuelto a la Cámara de Diputados para efectos del inciso e) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

9. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 1 de febrero de 2008 y turnada a la Comisión de Reforma Agraria.

10. Dictamen de Primera Lectura presentado el 4 de marzo de 2008.

11. Dictamen aprobado en lo general y en lo particular, en votación nominal, por 373 votos en pro, en la Cámara de Diputados, el 6 de marzo de 2008.

12. Dictamen turnado al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

13. Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 17 de abril de 2008.
5 Proyecto de decreto que reforma el artículo 51 y adiciona los artículos 51 Bis 1, 51 Bis 2 y 51 Bis 3 de la Ley General de Salud, para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.





Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 1-Febrero-2008

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
  - Salud
Publicación en Gaceta: 1-Febrero-2008
Precisar la forma en que los usuarios de los servicios médicos ejercerían su derecho a elegir al médico que los atienda.

Asimismo, incluir a las instancias que las instituciones de salud tengan definidas para resolver las quejas de los usuarios, cuando la solución corresponda a su ámbito de competencia.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 5-Marzo-2009


Proceso legislativo:
1. Iniciativas presentadas:
a) Por el Dip. José Ángel Córdova Villalobos (PAN) el 7 de febrero de 2006.

b) Por la Dip. Marisol Vargas Bárcena (PAN) el 14 de marzo de 2006. (LIX)

2. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de trámites presentado el 25 de abril de 2006. Aprobado por 311 votos. (LIX)

3. Minuta turnada a la Cámara de Senadores para efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 26 de abril de 2006.

5. Dictamen de Primera Lectura presentado el 11 de diciembre de 2007.

6. Dictamen a Discusión presentado el 13 de diciembre de 2007. Aprobado por 105 votos.

7. Minuta turnada a la Cámara de Diputados para efectos del inciso e) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

8. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 1 de febrero de 2008, y turnada a la Comisión de Salud.

9. Dictamen presentado a discusión en la Cámara de Diputados el 5 de marzo de 2009. Aprobado por 265 votos en pro y 3 abstenciones.

10. Se turnó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

11. Publicado en el D.O.F. el 17 de abril de 2009.
6 Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.





Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 1-Febrero-2008

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
Unidas  - Puntos Constitucionales
- Justicia
Publicación en Gaceta: 1-Febrero-2008
Modifica la minuta remitida por esta Cámara en el sentido de suprimir el párrafo del artículo 16 que establecía que en los casos de delincuencia organizada, el Ministerio Público, autorizado en cada caso por el procurador General de la República, tendría acceso directo a la información fiscal, financiera, bursátil, electoral y aquella que por ley tenga tuviera el carácter de reservado o confidencial cuando se encontrara relacionada con la investigación del delito.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 26-Febrero-2008


Proceso legislativo:
1. Iniciativas presentadas:
a) Por el Dip. Jesús de León Tello (PAN) el 29 de septiembre de 2006.

b) Por el Dip. César Octavio Camacho Quiroz (PRI), a nombre propio y de los Dips. Felipe Borrego Estrada (PAN), Raymundo Cárdenas Hernández (PRD) y Faustino Javier Estrada González (PRI) el 19 de diciembre de 2006.

c) 2 por el Dip. César Octavio Camacho Quiroz (PRI) los días 6 y 29 de marzo de 2007.
7 Proyecto de decreto que expide la Ley de Cooperación Internacional para el Desarrollo.





Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 1-Febrero-2008

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
  - Relaciones Exteriores
Con Opinión de  - Presupuesto y Cuenta Pública
Publicación en Gaceta: 1-Febrero-2008
Reglamentar la fracción X del artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, estableciendo el régimen jurídico de la cooperación internacional para el desarrollo en lo concerniente a la programación, promoción, concertación, fomento, coordinación y ejecución de acciones y programas entre los Estados Unidos Mexicanos y los gobiernos de otros países, organismos internacionales, organizaciones no gubernamentales y en general todas aquellas instituciones, organizaciones, fundaciones o asociaciones sin fines de lucro, públicas o privadas, con las que se establezcan y realicen actividades de cooperación internacional para la transferencia, recepción e intercambio de conocimientos y experiencias, educativas, culturales, técnicas, científicas, económicas y financieras.

Asimismo, crear la Agencia Mexicana de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AMEXCID) como un organismo desconcentrado de la Secretaría de Relaciones Exteriores, cuya dirección y administración corresponderá a un Consejo Consultivo y a un Director Ejecutivo.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 13-Abril-2010


Proceso legislativo:
1. Iniciativa presentada por la Sen. Rosario Green Macías (PRI) en la Cámara de Senadores el 8 de marzo de 2007.

2. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de trámites presentado el 13 de diciembre de 2007. Aprobado por 107 votos.

3. Minuta turnada a la Cámara de Diputados, para efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 1 de febrero de 2008.

5. La presidencia de la Mesa Directiva mediante oficio no. LX-III/ST-PDM/0013/08 enviado a la SSP, solicita realizar el trámite de ratificación de turno de la comisión de Relaciones Exteriores con opinión de la comisión Presupuesto y Cuenta Pública.

6. Dictamen presentado a discusión en la Cámara de Diputados el 13 de abril de 2010. Aprobado por 369 votos en pro y 4 abstenciones.

7. Se devolvió a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso e) del Art. 72 de la CPEUM.

8. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 15 de abril de 2010. Se turnó a las Comisiones Unidas de Relaciones Exteriores; y de Estudios Legislativos, Segunda.

9. Dictamen de primera lectura con dispensa de la segunda lectura presentado en la Cámara de Senadores el 29 de abril de 2010. Aprobado por 69 votos en pro, 18 en contra y 2 abstenciones.

10. Se turnó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

11.Observaciones del Ejecutivo al Proyecto de Decreto aprobado recibidas en la Cámara de Senadores el 2 de septiembre de 2010.

12. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de Segunda presentado en la Cámara de Senadores el 26 de octubre de 2010. Aprobado por 99 votos y 3 abstenciones.

13. Pasó a la Cámara de Diputados, para los efectos del inciso c) del artículo 72 de la CPEUM.

14. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 28 de octubre de 2010. Se turnó a la Comisión de Relaciones Exteriores.

15. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 15 de diciembre de 2010. Proyecto de decreto aprobado por 253 votos en pro y 37 en contra.

16. Pasó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

17. Publicado en el D.O.F. el 6 de abril de 2011.
8 Proyecto de decreto que reforma los artículos 164 y 181 y adiciona un artículo 181 Bis de la Ley Agraria.





Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 1-Febrero-2008

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
  - Reforma Agraria
Publicación en Gaceta: 1-Febrero-2008
Establecer los requisitos que deberán cumplir las demandas en los procedimientos agrarios, otorgando al actor un término de 8 días para subsanar las irregularidades y deficiencias de la misma, y que de no hacerlo el magistrado agrario podrá desechar la demanda.
Estado Actual:
Desechada

con fecha 5-Octubre-2010


Proceso legislativo:
1. Iniciativa presentada por el Sen. Francisco Herrera León (PRI) en la Cámara de Senadores el 2 de octubre de 2007.

2. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de trámites presentado el 13 de diciembre de 2007. Aprobado por 99 votos.

3. Minuta turnada a la Cámara de Diputados para efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en al Cámara de Diputados el 1 de febrero de 2008.

5. Dictamen en sentido negativo presentado en la Cámara de Diputados el 5 de octubre de 2010. Aprobados los puntos de acuerdo.

6. Se devuelve a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso d) del art. 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 7 de octubre de 2010. Se turnó a las Comisiones Unidas de Reforma Agraria; y de Estudios Legislativos, Primera.

8. Dictamen en sentido negativo presentado en la Cámara de Senadores el 15 de febrero de 2011. Aprobado por 82 votos en pro.

9. Archívense los expedientes como asuntos totalmente concluidos.
9 Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Aguas Nacionales.





Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 1-Febrero-2008

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
  - Recursos Hidráulicos
Publicación en Gaceta: 1-Febrero-2008
Establecer:
-que la descarga de aguas residuales deberá ser conforme a las Normas Oficiales Mexicanas respectivas y las condiciones particulares que determine la autoridad del agua.
-que para el otorgamiento de permiso de descarga, dichas autoridades deberán considerar la delimitación de los cuerpos receptores con base en un desarrollo sustentable.
Estado Actual:
Desechada

con fecha 19-Marzo-2009


Proceso legislativo:
1. Iniciativa presentada por la Sen. Rosalía Peredo Aguilar (PAN) en la Cámara de Senadores el 6 de septiembre de 2007.

2. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de trámites presentado el 13 de diciembre de 2007. Aprobado por 101 votos.

3. Minuta turnada a la Cámara de Diputados para efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en al Cámara de Diputados el 1 de febrero de 2008.

5. Dictámenes en sentido negativo aprobados en el pleno de manera conjunta en votación económica, el 19 de marzo de 2009.

6. Se devolvió a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso d) del Art. 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 24 de marzo de 2009. Se turnó a las Comisiones Unidas de Recursos Hidráulicos; y de Estudios Legislativos, Primera.

8. Proyecto de decreto presentado a discusión en la Cámara de Senadores el 15 de diciembre de 2009. Aprobado por 83 votos en pro.

9. Se devolvió a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción E) del Art. 72 de la CPEUM.
10 Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes General de Protección Civil, y Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.





Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 1-Febrero-2008

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Unidas  - Gobernación
- Presupuesto y Cuenta Pública
Publicación en Gaceta: 1-Febrero-2008
Establecer:
-que en los convenios de coordinación que se celebren entre la Federación, las entidades federativas y los municipios se establecerán los mecanismos de control y fiscalización de los recursos financieros y materiales que garanticen la transparencia y su oportuna aplicación.
-que los recursos previstos en dichos convenios, aún cuando sean transferidos del Fondo de Desastres Naturales (FONDEN) a las entidades federativas, no perderán su carácter federal.
-las sanciones para los servidores públicos federales, estatales o municipales que almacenen por tiempo excesivo, desvíen o utilicen en beneficio propio o de terceros los recursos financieros y materiales antes mencionados, para fines proselitistas, o cualquier otro fin distinto de lo establecido en la declaratoria de emergencia o desastre correspondiente.
Estado Actual:
Pendiente


Proceso legislativo:
1. Iniciativa presentada por la Sen. Minerva Hernández Ramos (PRD) en la Cámara de Senadores el 24 de abril de 2007.

2. Iniciativa presentada por el Sen. Juan Bueno Torio (PAN) el 13 de febrero de 2007.

3. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de trámites presentado el 13 de diciembre de 2007. Aprobado por 76 votos.

4. Minuta turnada a la Cámara de Diputados para efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

5. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 1 de febrero de 2008.
11 Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de las Personas con Discapacidad.





Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 1-Febrero-2008

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
  - Atención a Grupos Vulnerables
Publicación en Gaceta: 1-Febrero-2008
Sustituir el principio "equiparación de oportunidades", por el de "igualdad" y "la no discriminación de las personas con discapacidad".

Asimismo, incluir el derecho de las personas con discapacidad a recibir información sobre técnicas de ayuda a la movilidad, dispositivos técnicos y tecnologías de apoyo, así como cualquier forma de asistencia y de servicios e instalaciones de apoyo. Para tal efecto, se deberán establecer los instrumentos y diseñar las políticas públicas necesarias a fin de orientarlos en el ejercicio de este derecho.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 17-Abril-2008


Proceso legislativo:
1. Iniciativa presentada por los Sens. Guillermo Tamborrel Suárez (PAN) y Ernesto Saro Boardman (PAN) en la Cámara de Senadores el 26 de abril de 2007.

2. Dictamen de Primera Lectura presentado en la Cámara de Senadores el 11 de diciembre de 2007.

3. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Senadores el 13 de diciembre de 2007. Aprobado por 107 votos.

4. Minuta turnada a la Cámara de Diputados para efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

5. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 1 de febrero de 2008.

6. Dictamen de Primera Lectura presentado el 10 de abril de 2008.

7. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 17 de abril de 2008, y aprobado por 276 votos en pro, 0 en contra y 0 abstenciones.

8. Dictamen turnado al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

9. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 01 de agosto de 2008.
12 Proyecto de decreto que reforma la fracción X del artículo 7 de la Ley General de Educación.





Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 26-Febrero-2008

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
  - Educación Pública y Servicios Educativos
Publicación en Gaceta: 26-Febrero-2008
Incluir, dentro de los fines de la educación que impartan el Estado, sus organismos descentralizados y los particulares con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios, el propiciar el rechazo a las adicciones, fomentando el conocimiento de sus causas, riesgos y consecuencias.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 29-Abril-2008


Proceso legislativo:
1. Iniciativas presentadas:
a) Sen. Alfredo Rodríguez y Pacheco (PAN) el 19 de abril de 2007.
b) Sen. Mario López Valdez (PRI) el 25 de septiembre de 2007.
c) Sen. Ricardo Torres Origel (PAN) el 11 de diciembre de 2007.

2. Dictamen de Primera Lectura presentado el 19 de febrero de 2008.

3. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Senadores el 21 de febrero de 2008. Aprobado por 104 votos.

4. Minuta turnada a la Cámara de Diputados, para efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

5. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 26 de febrero de 2008.

6. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 29 de abril de 2008, y aprobado por 380 votos en pro, 0 en contra y 1 abstención.

7. Dictamen turnado al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

8. Publicado en el D.O.F. el 15 de julio de 2008.
13 Proyecto que reforma y adiciona los artículos 253 y 387 del Código Penal Federal.





Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 4-Marzo-2008

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Con Opinión de  - Economía
- Energía
  - Justicia
Publicación en Gaceta: 4-Marzo-2008
Incluir como delitos contra el consumo nacional al que altere o reduzca por cualquier medio las propiedades que las mercancías o productos debieran tener.

Equiparar al tipo penal contra el consumo y la riqueza nacionales, la alteración de los instrumentos de medición para entregar o suministrar gas natural o licuado, de petróleo, gasolinas o diesel en cualquiera de sus modalidades, en cantidades inferiores y fuera de los límites permitidos por las normas oficiales mexicanas aplicables.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 10-Diciembre-2009


Proceso legislativo:
1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Sen. Tomás Torres Mercado (PRD) a nombre propio y del Sen. Silvano Aureoles Conejo (PRD) el 28 de noviembre de 2006. (LX)

2. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Senadores el 28 de febrero de 2008. Aprobado por 82 votos.

3. Se turnó a la Cámara de Diputados, para los efectos del inciso a) del Art. 72 de la CPEUM. (LX)

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 4 de marzo de 2008. (LX)

5. Iniciativa presentada por el Dip. Carlos Armando Reyes López (PAN) el 16 de octubre de 2007. (LX)

6. Iniciativa presentada por el Dip. Leonardo Álvaez Romo (PVEM) el 19 de enero de 2005. (LIX)

7. Dictamen de primera lectura presentado en la Cámara de Diputados. En votación económica se le dispensó la segunda lectura y se puso a discusión.

8. Aprobado por 260 votos en pro, 4 en contra y 2 abstenciones.

9. Se devolvió a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso e) del Art. 72 de la CPEUM.

10. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 15 de diciembre de 2009. Se turnó a las Comisiones Unidas de Justicia; y de Estudios Legislativos, Segunda.
14 Proyecto de decreto que reforma el párrafo primero del artículo 12 de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.





Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 11-Marzo-2008

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
  - Justicia
Publicación en Gaceta: 11-Marzo-2008
Establecer que las autoridades responsables de los tres órdenes de gobierno podrán ser representadas en todos los trámites dentro del juicio de amparo en los términos de las disposiciones aplicables.

Asimismo, establecer que podrán acreditar delegados para que hagan promociones, concurran a las audiencias, rindan pruebas, formulen alegatos y promuevan los incidentes y recursos previstos en esta Ley.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 10-Febrero-2009


Proceso legislativo:
1.Iniciativa presentada en el Senado de la República por el Congreso del Estado de Campeche el 2 de agosto de 2006.

2. Dictamen de Primera Lectura presentado el 4 de marzo de 2008.

3. Dictamen a Discusión presentado el 6 de marzo de 2008. Aprobado por 92 votos y 1 abstención.

4. Minuta turnada a la Cámara de Diputados, para efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

5. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 11 de marzo del 2008.

6. Proyecto de decreto presentado a discusión en la Cámara de Diputados el 10 de febrero de 2009. Aprobado por 333 votos en pro y 2 abstenciones.

7. Se turnó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

8. Publicado en el D.O.F. el 18 de marzo de 2009.
15 Proyecto de decreto que reforma los artículos 19, 27, tercer párrafo, 28, fracción I, y 33; y adiciona el artículo 87, con un párrafo tercero, de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.





Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 11-Marzo-2008

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
  - Justicia
Publicación en Gaceta: 11-Marzo-2008
Establecer que los gobernadores y el Jefe de Gobierno podrán ser representados directamente en el juicio de amparo por conducto de los titulares de sus respectivas oficinas de asuntos jurídicos o representantes legales, respecto de los actos que se les reclamen.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 5-Marzo-2009


Proceso legislativo:
1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Congreso del Estado de Campeche el 2 de agosto de 2006.

2. Dictamen de Primera Lectura presentado el 4 de marzo de 2008.

3. Dictamen a Discusión presentado el 6 de marzo de 2008. Aprobado por 86 votos y 1 abstención.

4. Minuta turnada a la Cámara de Diputados, para efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

5. Minuta presentada en la sesión de la Cámara de Diputados del 11 de marzo de 2008.

6. Dictamen presentado a discusión en la Cámara de Diputados el 5 de marzo de 2009. Aprobado por 269 votos en pro.

7. Se turnó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

8. Publicado en el D.O.F. el 17 de abril de 2009.
16 Proyecto de decreto que adiciona la fecha 24 de agosto, firma de los Tratados de Córdoba, que reconocen la Independencia de México en 1821, al inciso a) del artículo 18 de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, para los efectos del inciso d) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.





Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 25-Marzo-2008

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
  - Gobernación
Publicación en Gaceta: 25-Marzo-2008
ÚNICO.- Se desecha la minuta con proyecto de decreto que adiciona la fecha 24 de agosto, firma de los Tratados de Córdoba, que reconocen la Independencia de México en 1821, al inciso a) del artículo 18 de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales.
Estado Actual:
Pendiente


Proceso legislativo:
1. Iniciativa presentada por el Dip. Pedro Montalvo Gómez (PRI) el 13 de febrero de 2007.

2. Dictamen de Primera Lectura presentado el 29 de noviembre de 2007.

3. Dictamen a Discusión presentado el 4 de diciembre de 2007. Aprobado por 367 votos en pro, 0 en contra y 1 abstención

4. Minuta turnada a la Cámara de Senadores para efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

5. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 5 de diciembre de 2007.

6. Dictamen de Primera Lectura presentado el 6 de marzo de 2008.

7. Dictamen a Discusión presentado el 11 de marzo del 2008. Proyecto de decreto rechazado por 1 voto en pro, 60 en contra y 22 abstenciones.

8. Dictamen devuelto a la Cámara de Diputados para efectos del inciso d) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

9. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 25 de marzo de 2008.
17 Proyecto de decreto que reforma el artículo 343 Bis del Código Penal Federal, para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.





Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 25-Marzo-2008

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
  - Justicia
Publicación en Gaceta: 25-Marzo-2008
Considerar como violencia familiar cualquier acto u omisión ejercido por un integrante de una familia contra otro, que dañe la estabilidad psicológica de este último.
Estado Actual:
Pendiente


Proceso legislativo:
1. Iniciativas presentadas:
a) Dip. Manuel González Reyes (PAN) el 4 de mayo de 2005.
b) Dip. María de Jesús Aguirre Maldonado (PRI) el 11 de noviembre de 2005.

2. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de trámite presentado el 26 de abril de 2006. Aprobado por 311 votos en pro, 0 en contra y 2 abstenciones.

3. Minuta turnada a la Cámara de Senadores, para efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 27 de abril de 2006.

5. Dictamen de Primera Lectura presentado el 11 de marzo de 2008.

6. Dictamen a Discusión presentado el 12 de marzo de 2008. Aprobado por 92 votos.

7. Minuta turnada a la Cámara de Diputados, para efectos del inciso e) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

8. Minuta presentada en la Cámara de Diputados el 25 de marzo de 2008.
18 Proyecto de decreto que por el que se reforma el párrafo segundo del inciso b) del artículo 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.





Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 25-Marzo-2008

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
  - Puntos Constitucionales
Publicación en Gaceta: 25-Marzo-2008
Establecer como edad mínima para ser gobernador constitucional de un estado, los 30 años cumplidos al día de la elección, o menos, si así lo establece la Constitución Política de la entidad federativa que corresponda.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 30-Abril-2008


Proceso legislativo:
1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Sen. Ricardo Francisco García Cervantes (PAN) el 13 de diciembre de 2007.

2. Dictamen a Discusión presentado el 13 de marzo de 2008. Aprobado por 90 votos.

3. Minuta turnada a la Cámara de Diputados para efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 25 de marzo de 2008.

5. Dictamen de Primera Lectura presentado en la Cámara de Diputados el 30 de abril de 2008. En votación nominal se le dispensó la Segunda Lectura.

6. Dictamen aprobado en lo general y en lo particular, en votación nominal, por 340 votos en pro, 31 en contra y 19 abstenciones, en la Cámara de Diputados, el 30 de abril de 2008.

7. Dictamen turnado a las legislaturas locales para sus efectos constitucionales.

8. Declaratoria de aprobación por la Comisión Permanente el 13 de agosto de 2008.

9. Se turnó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

10. Publicado en el D.O.F. el 26 de septiembre de 2008.
19 Proyecto de decreto que reforma la fracción V del artículo 100 y el artículo 461, y adiciona los artículos 317 Bis y 317 Bis 1 de la Ley General de Salud, para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.





Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 1-Abril-2008

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
  - Salud
Publicación en Gaceta: 1-Abril-2008
Modifica la minuta enviada a efecto de:
-incluir que la realización de estudios genómicos poblacionales deberá formar parte de un proyecto de investigación.
-establecer las sanciones para aquella persona que saque o pretenda sacar del territorio nacional tejidos de seres humanos que puedan ser fuente de material genético, así como cuestiones de técnica legislativa.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 24-Abril-2008


Proceso legislativo:
1. Iniciativa presentada por la Dip. Maria Cristina Díaz Salazar (PRI) el 23 de febrero de 2006. (LIX)

2. Dictamen de Primera Lectura presentado el 25 de abril de 2006. (LIX)

3. Dictamen a Discusión presentado el 25 de abril de 2006.

4. Dictamen aprobado por 260 votos en pro, 81 en contra y 5 abstenciones, en la Cámara de Diputados.

5. Minuta turnada a la Cámara de Senadores para efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LIX)

6. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 25 de abril de 2006. (LIX)

7. Dictamen de Primera Lectura presentado el 26 de marzo de 2008.

8. Dictamen a Discusión presentado el 27 de marzo del 2008. Aprobado por 95 votos.

9. Dictmen devuelto a la Cámara de Diputados para efectos del inciso e) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

10. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 1 de abril de 2008.

11. Dictamen aprobado en la Cámara de Diputados el 24 de abril de 2008 por 267 votos a favor, 0 en contra y 0 abstenciones.

12. Dictamen turnado al Ejecutivo Federal para sus efectos consttucionales.

13. Publicado en el D.O.F. el 14 de julio de 2008.
20 Proyecto de decreto que adiciona la fracción IX Bis al artículo 3o, adiciona un Título Quinto Bis y su Capítulo Único, y el artículo 421 Ter de la Ley General de Salud, para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.





Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 8-Abril-2008

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
Unidas  - Salud
- Ciencia y Tecnología
Publicación en Gaceta: 8-Abril-2008
Regular, mediante el establecimiento de un título denominado ¿El Genoma Humano¿, considerándolo como materia de salubridad general, el tratamiento que se aplique al conocimiento del genoma humano, a fin de que las investigaciones biocientíficas no vulneren los derechos fundamentales del ser humano.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 4-Octubre-2011


Proceso legislativo:
1. Iniciativas presentadas:
a) Dip. Francisco Patiño Cardona (PRD) el 25 de septiembre de 2001. (LVIII).
B) Dip. Manuel Wistano Orozco Garza (PAN) el 14 de diciembre de 2001. (LVIII)

2. Dictamen de Primera Lectura presentado en la Cámara de Diputados el 27 de noviembre de 2003. (LIX)

3. Dictamen a Discusión presentado el 2 de diciembre de 2003. Aprobado por 426 votos en pro, 0 en contra y 13 abstenciones.

4. Minuta turnada a la Cámara de Senadores para efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LIX)

5. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 4 de diciembre de 2003. (LIX)

6. Dictamen de Primera Lectura presentado el 1 de abril de 2008.

7. Dictamen a Discusión presentado el 3 de abril de 2008. Aprobado por 99 votos.

8. Minuta turnada a la Cámara de Diputados, para efectos del inciso e) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

9. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 8 de abril de 2008.

10. La presidencia de la comisión de Salud el 26 de junio, 2008 envió expediente no. M019-LX a la comisión de Ciencia y Tecnología, con el dictamen respectivo, para continuar con el trámite legislativo.

11. La presidencia de la comisión de Ciencia y Tecnología mediante oficio no. LX/CCyT/1000/09 el 15 de abril de 2009, remitió a la presidencia de la comisión de Salud el dictamen respectivo lo anterior para la continuidad del trámite legislativo.

12. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 4 de octubre de 2011. Proyecto de Decreto aprobado por 382 votos en pro.

13. Pasó al Ejecutivo Federal para sus efectos constirucionales.

14. Publicado en el D.O.F. el 16 de noviembre de 2011.
21 Proyecto de decreto que adiciona tres párrafos al artículo 33 de la Ley General de Salud.





Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 8-Abril-2008

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
  - Salud
Publicación en Gaceta: 8-Abril-2008
Incluir dentro de las actividades de atención médica la obligación de informar suficiente, clara, oportuna y verazmente al paciente o a sus familiares, así como orientarlos respecto de la atención de la salud y sobre los riesgos y alternativas de los procedimientos diagnosticados, terapéuticos y quirúrgicos que se le indiquen o apliquen.

Otorgar el derecho del paciente a conceder o no su consentimiento por escrito, ante dos testigos, válidamente informados, para que se le pueda intervenir, así como a rechazar o aceptar las opciones diagnosticadas.

Asimismo, establecer cuáles personas podrán realizar dicho procedimiento, ante la imposibilidad del paciente de tomar una decisión respecto de su tratamiento.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 19-Marzo-2009


Proceso legislativo:
1. Iniciativa presentada por el Sen. Federico Döring Casar (PAN) el 11 de diciembre de 2007.

2. Dictamen de Primera Lectura presentado el 1 de abril de 2008.

3. Dictamen a Discusión presentado el 3 de abril de 2008. Aprobado por 104 votos.

4. Minuta turnada a la Cámara de Diputados, para efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

5. Minuta presentada en la Cámara de Diputados el 8 de abril de 2008.

6. Dictamen presentado a discusión en la Cámara de Diputados el 19 de marzo de 2009. Aprobado por 314 votos en pro, 4 en contra y 5 abstenciones.

7. Se devolvió a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso e) del Art. 72 de la CPEUM.

8. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 24 de marzo de 2009. Se turnó a las Comisiones Unidas de Salud; y de Estudios Legislativos.
22 Proyecto que reforma el artículo 7, fracción IX, de la Ley General de Educación.





Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 22-Abril-2008

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Unidas  - Educación Pública y Servicios Educativos
- Salud
Publicación en Gaceta: 23-Abril-2008
Incorporar dentro de los fines de la educación que imparta el Estado, el estimular la cultura de una sana alimentación para prevenir desequilibrios nutricionales, trastornos derivados de la conducta alimentaria, obesidad y padecimientos crónicos degenerativos.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 28-Septiembre-2010


Proceso legislativo:
1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Sen. Hugo Antonio Laviada Molina (PAN) el 6 de noviembre de 2007. (LX)

2. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de trámites presentado en la Cámara de Senadores el 21 de abril de 2008. Aprobado por 72 votos.

3. Se turnó a la Cámara de Diputados, para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la CPEUM. (LX)

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 22 de abril de 2008 y turnada a las Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos; y de Salud. (LX)

5. Dictamen presentado a discusión en la Cámara de Diputados el 28 de septiembre de 2010. Proyecto de Decreto aprobado por 340 votos en pro y 1 abstención.

6. Se devuelve a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso e) del art. 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 30 de septiembre de 2010. Se turnó a las Comisiones Unidas de Educación; de Salud; y de Estudios Legislativos.

8. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 26 de abril de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 91 votos en pro.

9. Pasó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

10. Publicado en el D.O.F. el 21 de junio de 2011.
23 Proyecto de decreto que reforma la fracción XXVIII del artículo 3º de la Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.





Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 22-Abril-2008

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
  - Medio Ambiente y Recursos Naturales
Publicación en Gaceta: 23-Abril-2008
Precisar que como recursos genéticos se considerará el material genético, con valor real o potencial, que provenga de origen vegetal, animal, microbiano, o de cualquier otro tipo y que contenga unidades funcionales de la herencia, existentes en el territorio nacional y en las zonas donde la nación ejerce soberanía y jurisdicción.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 23-Febrero-2010


Proceso legislativo:
1. Iniciativa presentada por el Sen. Jorge Legorreta Ordorica (PAN) el 25 de octubre de 2007.

2. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de trámites presentado el 21 de abril de 2008. Aprobado por 74 votos.

3. Minuta turnada a la Cámara de Diputados, para efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 22 de abril de 2008, y turnada a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

5. Dictamen presentado a discusión en la Cámara de Diputados el 23 de febrero de 2010. Aprobado por 263 votos en pro, 11 en contra y 4 abstenciones.

6. Se turnó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicado en el D.O.F. el 1 de abril de 2010.
24 Proyecto de decreto que reforma el segundo párrafo del artículo 21, reforma la fracción I y adiciona una fracción XIII, recorriéndose el actual a la XIV del artículo 33 de la Ley General de Educación.





Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 22-Abril-2008

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
  - Educación Pública y Servicios Educativos
Con Opinión de  - Asuntos Indígenas
Publicación en Gaceta: 23-Abril-2008
Establecer que en las escuelas de educación básica donde se atiende mayoritariamente a población indígena, los materiales educativos que se proporcione sea en la lengua indígena que corresponda. Que los docentes que brindan sus servicios en educación indígena certifiquen su bilingüismo en la lengua que corresponda y el español, así como que aquellos que no cuenten con licenciatura como nivel mínimo de formación, se deberán incorporar a los programas de capacitación que diseñe la autoridad educativa.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 16-Marzo-2010


Proceso legislativo:
1. Iniciativa presentada por el Sen. Gabino Cué Monteagudo (Convergencia) y suscrita por el Sen. Guillermo Enrique Marcos Tamborrel Suárez (PAN) el 8 de febrero de 2007.
Iniciativa presentada por el Sen. Adolfo Toledo Infanzón (PRI) el 6 de septiembre de 2007.
Iniciativa presentada por el Sen. Andrés Galván Rivas (PAN) el 29 de octubre de 2007.

2. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de trámites presentado el 21 de abril de 2008. Aprobado por 70 votos.

3. Se turnó a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados en la sesión del 22 de abril de 2008. Se turno a la comisión de
Educación Pública y Servicios Educativos, con opinión de la comisión de Asuntos Indígenas.

5. Dictamen presentado a discusión en la Cámara de Diputados el 16 de marzo de 2010. Aprobado por 355 votos en pro.

6. Se devolvió a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso e) del Art. 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 18 de marzo de 2010. Se turnó a las Comisiones Unidas de Educación; de Asuntos Indígenas; y de Estudios Legislativos.

8. Dictamen presentado a discusión en la Cámara de Senadores el 29 de abril de 2010. Aprobado por 99 votos en pro.

9. Se turnó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

10. Publicado en el D.O.F. el 2 de julio de 2010.
25 Proyecto de decreto que reforma y adiciona la Ley General de Salud, en materia de cuidados paleativos.





Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 22-Abril-2008

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
  - Salud
Publicación en Gaceta: 23-Abril-2008
Considerar como materia de salubridad y como un derecho a la protección de la salud general el tratamiento integral del dolor, así como de otros síntomas físicos y emocionales por parte de un equipo profesional multidisciplinario.

Incorporar el derecho de toda persona mayor de edad, en pleno uso de sus facultades mentales, para, en cualquier momento e independientemente de su estado de salud, otorgar su consentimiento por escrito ante dos testigos, de recibir o no cualquier tratamiento, en caso de que llegase a padecer una enfermedad y estar en situación terminal.

Asimismo, incorporar las facultades y obligaciones de las Instituciones del Sistema Nacional de Salud en la materia.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 29-Abril-2008


Proceso legislativo:
1. Iniciativa presentada por el Dip. Éctor Jaime Ramírez Barba (PAN) a nombre propio y de los Sens. Lázaro Mazón Alonso (PRD), María Teresa Ortuño Gurza (PAN), Blanca Judith Díaz Delgado (PAN), Federico Döring Casar (PAN), Ernesto Saro Boardman (PAN), Guillermo Tamborrel Suárez (PAN), Jorge Quintero Bello (PAN) y Samuel Aguilar Solís (PRI).

2. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de trámites presentado el 21 de abril de 2008. Aprobado por 70 votos.

3. Minuta turnada a la Cámara de Diputados para efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 22 de abril de 2008, y turnada a la Comisión de Salud.

5. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de trámites presentado en la Cámara de Diputados, el 29 de abril de 2008, y aprobado por 368 votos en pro, 1 en contra y 0 abstenciones.

6. Dictamen devuelto a la Cámara de Senadores para efectos del inciso e) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
26 Proyecto de decreto que adiciona el artículo 39 de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.





Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 24-Abril-2008

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
  - Hacienda y Crédito Público
Publicación en Gaceta: 24-Abril-2008
Establecer:
-que las instituciones de seguros, atendiendo a las operaciones, ramos que tengan autorizados, así como a los seguros y coberturas que comercializan, deberán ofrecer un producto básico estandarizado que cubra los riesgos más comunes que enfrenta la población.
-que la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, con la opinión de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF) y de las instituciones de seguros, deberá dar a conocer el modelo de contrato de adhesión que esas instituciones deberán utilizar para la cobertura de dicho producto, debiendo informar mensualmente a la CONDUSEF la prima de tarifa total que cobren al respecto.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 30-Abril-2008


Proceso legislativo:
1. Iniciativa presentada por los Sens. José Eduardo Calzada Rovirosa (PRI), María de los Ángeles Moreno Uriegas (PRI) y Carlos Lozano de la Torre (PRI) el 28 de febrero de 2008.

2. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Senadores el 22 de abril de 2008. Aprobado por 75 votos.

3. Minuta turnada a la Cámara de Diputados, para efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 24 de abril de 2008.

5. Dictamen de Primera Lectura presentado el 29 de abril de 2008.

6. Dictamen a Discusión presentado y aprobado en lo general y en lo particular, en votación nominal, por 326 votos e pro, 0 en contra y 5 abstenciones,en la Cámara de Diputados, el 30 de abril de 2008.

7. Dictamen turnado al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

8. Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de junio de 2008.
27 Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.





Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 24-Abril-2008

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Unidas  - Justicia
- Gobernación
Publicación en Gaceta: 24-Abril-2008
Reglamentar el artículo 99 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y hacer las adecuaciones en materia judicial respecto a la reforma electoral publicada el 13 de noviembre de 2007 en el Diario Oficial de la Federación, en cuanto a la estructura y el funcionamiento interno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

Facultar a la Sala Superior del tribunal para no aplicar leyes electorales que sean contrarias a la Constitución Federal, y a las salas regionales para conocer de los juicios de revisión constitucional electoral del Distrito Federal.

Incorporar las causales de nulidad de una elección presidencial y su procedimiento, así como la integración de la firma electrónica de agrupaciones y partidos políticos para efectos de notificaciones previstas dentro de los procedimientos ante las autoridades electorales. Igualmente, las hipótesis, requisitos y procedimientos para que las salas del TEPJF acuerden y realicen nuevos escrutinios y cómputos de la votación recibida en las casillas electorales, así como otros relativos a la protección de los derechos político-electorales de los ciudadanos, a las instancias partidistas para dirimir controversias, y al procedimiento y las sanciones respecto al incumplimiento de las sentencias emitidas por el Tribunal.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 19-Junio-2008


Proceso legislativo:
1. Iniciativa presentada por los senadores Jesús Murillo Karam (PRI), Ricardo García Cervantes y Humberto Aguilar Coronado (PAN) el 17 de abril de 2008.

2. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Senadores el 21 de abril de 2008, aprobado por 71 votos; y fe de erratas presentada a Discusión el 22 de abril, aprobada por 76 votos.

3. Minuta turnada a la Cámara de Diputados para efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 24 de abril de 2008.

5. Dictamen de Primera Lectura considerado de urgente resolución en votación económica, y puesto a Discusión el 19 de junio de 2008, en la Cámara de Diputados.

6. Dictamen aprobado en lo general y en lo particular por 371 votos en pro, 38 en contra y 5 abstenciones, en la Cámara de Diputados, el 19 de junio de 2008.

4. Dictamen devuelto a la Cámara de Senadores para efectos del inciso e) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

5. Dictamen recibido en la Cámara de Senadores el 20 de junio de 2008.

6. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de trámites presentado a Discusión en la Cámara de Senadores el 20 de junio de 2008. Aprobado por 69 votos en pro, 25 en contra y 3 abstenciones.

7. Dictamen devuelto a la Cámara de Diputados para efectos del inciso e) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

8. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 20 de junio de 2008, se le dispensaron todos los trámites en votación económica y se puso a Discusión.

9. Dictamen aprobado en lo general y en lo particular, salvo los artículos 32 Bis y 78 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, que fueron desechados en términos del artículo 72 fracción e) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en virtud de lo dispuesto por el Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, aprobado por 363 votos en pro, 0 en contra y 2 abstenciones.

10. Dictamen turnado al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

11. Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 1 de julio de 2008.
28 Proyecto de decreto que expide la Ley de Uniones de Créditos.





Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 24-Abril-2008

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
  - Hacienda y Crédito Público
Con Opinión de  - Presupuesto y Cuenta Pública
Publicación en Gaceta: 24-Abril-2008
Establecer:
-que las instituciones de seguros, atendiendo a las operaciones, ramos que tengan autorizados, así como a los seguros y coberturas que comercializan, deberán ofrecer un producto básico estandarizado que cubra los riesgos más comunes que enfrenta la población.
-que la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, con la opinión de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF) y de las instituciones de seguros, deberá dar a conocer el modelo de contrato de adhesión que dichas instituciones deberán utilizar para la cobertura de dicho producto, debiendo informar mensualmente a la CONDUSEF la prima de tarifa total que cobren al respecto.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 30-Abril-2008


Proceso legislativo:
1. Iniciativa presentada por el Sen. Carlos Lozano de la Torre (PRI) el 29 de noviembre de 2007.

2. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 22 de abril de 2008. Aprobado por 75 votos.

3. Minuta turnada a la Cámara de Diputados, para efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 24 de abril de 2008.

5. Dictamen a Discusión presentado y aprobado en lo general y en lo particular, en votación nominal, por 335 votos en favor, 0 en contra y 1 abstención, en la Cámara de Diputados, el 30 de abril de 2008.

6. Dictamen turnado al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicado en el D.O.F. el 20 de agosto de 2008.
29 Proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente.





Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 24-Abril-2008

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
  - Hacienda y Crédito Público
Publicación en Gaceta: 24-Abril-2008
Incluir como una de las obligaciones de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, atender las obligaciones sobre transparencia e información que impone la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, difundiendo entre la población en general, a través de la página electrónica que tenga establecida en el sistema "Internet", las principales acciones que haya realizado tanto en defensa de los contribuyentes como para mejorar la relación entre éstos y las autoridades fiscales; así como proporcionar los datos estadísticos más relevantes para que el Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, publique al menos semestralmente en el Diario Oficial de la Federación la información sobre sus principales actividades administrativas. De esta manera, eliminar la correspondiente de informar anualmente al Congreso de la Unión sobre el ejercicio de su función y comparecer siempre que sea convocado para ese efecto, ante el Pleno o las Comisiones correspondientes.

Establecer que los consejeros independientes que forman parte del órgano de gobierno de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente sean designados directamente, y sin intervención de la Cámara de Senadores, por el titular del Ejecutivo Federal, así como que deberán contar con experiencia en materia tributaria, eliminando las frases fiscal y contable.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 14-Abril-2009


Proceso legislativo:
1. Iniciativa presentada por los Sens. Gustavo Enrique Madero Muñoz (PAN), Minerva Hernández Ramos (PRD) y José Eduardo Calzada Rovirosa (PRI) el 1 de abril de 2008.

2. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de trámites presentado el 22 de abril de 2008. Aprobado por 67 votos.

3. Minuta turnada a la Cámara de Diputados, para efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta presentada en la Cámara de Diputados el 24 de abril de 2008 y turnada a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

5. Dictamen presentado a discusión en la Cámara de Diputados el 14 de abril de 2009. Aprobado por 275 votos en pro y 2 abstenciones.

6. Se turnó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicado en el D.O.F. el 7 de septiembre de 2009.
30 Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Instituciones de Crédito.





Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 24-Abril-2008

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
  - Hacienda y Crédito Público
Publicación en Gaceta: 24-Abril-2008
Establecer un tope para la disposición de recursos por parte de los menores de edad, y en caso de requerir importes mayores, que lo puedan efectuar a través de quien ejerza la patria potestad o la tutela.

Aumentar de 3 años a 5 el plazo para que opere la prescripción a favor de la beneficencia pública, respecto del principal y los intereses existentes en instrumentos de captación, y excluir de dicha prescripción a los instrumentos de captación de renovación automática.

Asimismo, facultar a los órganos estatales de fiscalización, en ejercicio de sus facultades de revisión y fiscalización de las cuentas públicas estatales y municipales, para acceder a la información protegida por el secreto bancario y fiduciario.
Estado Actual:
Pendiente


Proceso legislativo:
1. Iniciativas presentadas:
a) Sen. Rosalinda López Hernández (PRD) el 27 de junio de 2007.
b) Sens.Tomás Torres Mercado (PRD), José Eduardo Calzada Rovirosa (PR) y Gustavo Madero Muñoz (PAN) el 12 de marzo de 2008.

2. Dictamen de Primera Lectura presentado el 21 de abril de 2008.

3. Dictamen a Discusión presentado el 22 de abril de 2008. Aprobado por 72 votos.

4. Minuta turnada a la Cámara de Diputados, para efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

5. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 24 de abril de 2008 y turnada a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.
31 Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica de Sociedad Hipotecaria Federal y deroga el artículo Noveno Transitorio del Decreto por el cual se expidió la Ley Orgánica de Sociedad Hipotecaria Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de octubre de 2001.





Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 24-Abril-2008

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
  - Hacienda y Crédito Público
Publicación en Gaceta: 24-Abril-2008
Ampliar las actividades de Sociedad Hipotecaria Federal para que pueda prestar servicios de consultoría, así como para realizar la contratación de los servicios de las empresas en cuyo capital participe, sin que resulte aplicable para tal efecto la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

Contemplar dentro del catálogo de entidades financieras con las que puede realizar sus operaciones, a las sociedades financieras de objeto múltiple y a las entidades de ahorro y préstamo.

Precisar los integrantes del Consejo Directivo, eliminando la referencia a la Secretaría de Desarrollo Social, por la denominación de la Comisión Nacional de Vivienda; las facultades del mencionado Consejo Directivo y del Director General; la integración y las facultades del Comité de Auditoría de la Sociedad; las obligaciones específicas para el contralor normativo, y las características, requisitos y derechos de los consejeros externos. Asimismo, la obligación de la Sociedad de prestar los servicios de asistencia y defensa legal a los integrantes de su Consejo Directivo y a los servidores públicos que laboren en la propia Sociedad o en las instituciones de seguros en cuyo capital participe, con respecto a los actos que las personas antes referidas lleven a cabo en el ejercicio de las funciones que por ley les estén encomendadas.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 30-Abril-2008


Proceso legislativo:
1. Iniciativa presentada por los Sens. Carlos Lozano de la Torre (PRI), Carlos Aceves del Olmo (PRI), Jaime Rafael Díaz Ochoa (PAN) y Ramón Galindo Noriega (PAN) el 15 de abril de 2008.

2. Dictamen a Discusión presentado el 22 de abril de 2008. Aprobado por 75 votos.

3. Minuta turnada a la Cámara de Diputados, para efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 24 de abril de 2008.

5. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Diputados el 30 de abril de 2008..

6. Dictamen turnado al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicado en el D.O.F. el 20 de agosto de 2008.
32 Proyecto de decreto que reforma el artículo 56 de la Ley de Instituciones de Crédito.





Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 24-Abril-2008

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
  - Hacienda y Crédito Público
Publicación en Gaceta: 24-Abril-2008
Establecer que en caso de fallecimiento del titular de una cuenta de depósitos bancarios de dinero a la vista, retirables en días preestablecidos, así como de depósitos bancarios en administración de títulos o valores a cargo de una institución de crédito, esta última deberá entregar el importe correspondiente a quienes el propio titular hubiese designado, expresamente y por escrito, como beneficiarios, en la proporción estipulada para cada uno de ellos, sin tener que acudir al juicio sucesorio.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 10-Febrero-2009


Proceso legislativo:
1. Iniciativa presentada por la Sen. Amira Griselda Gómez Tueme (PAN) el 15 de noviembre de 2007.

2. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de trámites presentado el 22 de abril de 2008. Aprobado por 68 votos.

3. Minuta turnada a la Cámara de Diputados, para efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 24 de abril de 2008, y turnada a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

5. Proyecto de decreto presentado a discusión en la Cámara de Diputados el 10 de febrero de 2009. Aprobado por 344 votos en pro, 15 en contra y 5 abstenciones.

6. Se turnó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicado en el D.O.F. el 23 de marzo de 2009.
33 Proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres.





Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 24-Abril-2008

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
  - Equidad y Género
Publicación en Gaceta: 24-Abril-2008
Establecer la obligación del Estado de implementar medidas que aseguren la conciliación del trabajo y de la vida personal y familiar de las mujeres y los hombres, así como el fomento de la corresponsabilidad en las labores domésticas y en la atención a la familia.

Asimismo, establecer la implementación de acciones y programas tendientes a fomentar el respeto de los derechos, las libertades, la igualdad entre mujeres y hombres, así como el ejercicio de la tolerancia y de la libertad dentro de los principios democráticos de convivencia; y la eliminación de los obstáculos que dificultan la igualdad efectiva entre hombres y mujeres.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 21-Abril-2009


Proceso legislativo:
1. Iniciativa presentada por el Sen. Manuel Velasco Coello (PVEM) el 20 de septiembre de 2007.

2. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de trámites presentado el 22 de abril de 2008. Aprobado por 67 votos.

3. Se turnó a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta presentada en la Cámara de Dipuitados el 24 de abril de 2008. Se turnó a la comisión de Equidad y Género.

5. Proyecto de decreto presentado a discusión en la Cámara de Diputados el 21 de abril de 2009. Aprobado por 347 votos en pro y 1 abstención.

6. Se devolvió a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso e) del Art. 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 23 de abril de 2009. Se turnó a las Comisiones Unidas de Equidad y Género; y de Estudios Legislativos, Segunda.
34 Proyecto de decreto que reforma los artículos 37, 106, 120, 121, 122, 123, 124, 125, 132 y 134 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.





Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 24-Abril-2008

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
  - Dispensa de Tramites
Publicación en Gaceta: 24-Abril-2008
Adecuar el Estatuto de Gobierno del Distrito Federal a las reformas constitucionales en materia electoral, principalmente respecto a la organización de las elecciones para representantes populares en la Ciudad, y propiciar que haya contiendas electorales equilibradas y dentro de los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad y objetividad.

Establecer:
-el derecho de los partidos de acceder a los tiempos que correspondan al Estado en radio y televisión en las estaciones y canales de cobertura en la entidad de que se trate.
-que la autoridad electoral administrativa podrá convenir con el Instituto Federal Electoral que se haga cargo de la organización de los procesos electorales locales.
-que los partidos políticos sólo se constituirán por ciudadanos, sin intervención de organizaciones gremiales o con objeto social diferente y sin que haya afiliación corporativa.
-las bases para la creación de la figura de partidos políticos locales en el Distrito Federal. Entre otras.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 24-Abril-2008


Proceso legislativo:
1. Iniciativa presentada por el Sen. René Arce Islas (PRD) el 28 de febrero de 2008.

2. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de trámites presentado el 22 de abril de 2008. Aprobado por 75 votos.

3. Minuta turnada a la Cámara de Diputados, para efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 24 de abril de 2008. Considerada de urgente resolución, se le dispensaron todos los trámites.

4. Dictamen aprobado aprobado en lo general y en lo particular, en votación nominal, por 250 votos en pro, 0 en contra y 2 abstenciones enla Cámara de Diputados, el 24 de abril de 2008.

5. Dictamen turnado al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

6. Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de abril de 2008.
35 Proyecto de decreto que reforma y adiciona la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.





Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 24-Abril-2008

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
  - Medio Ambiente y Recursos Naturales
Publicación en Gaceta: 25-Abril-2008
Establecer que para la substanciación del recurso de revisión se deberá atender los principios de la política ambiental conforme lo dispone la propia Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

Asimismo, establecer que cuando haya peligro de daño grave o irreversible al medio ambiente, la falta de certeza científica absoluta no deberá utilizarse como argumento para postergar la adopción de medidas cautelares eficaces para impedir su degradación.
Estado Actual:
Desechada

con fecha 3-Septiembre-2013


Proceso legislativo:
1. Iniciativa presentada por el Sen. Arturo Escobar y Vega (PVEM) el 24 de abril de 2007.

2. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de trámites presentado el 22 de abril de 2008. Aprobado por 66 votos.

3. Minuta turnada a la Cámara de Diputados para efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 24 de abril de 2008, y turnada a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

5. Dictamen en sentido negativo aprobado en sesión ordinaria de la Cámara de Diputados el 03 de Septiembre de 2013 en votación económica.

6. Se devuelve a la Cámara de senadores para los efectos del inciso d) del artículo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en sesión ordinaria de la Cámara de Senadores el 05 de septiembre de 2013, se turnó a las comisiones unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de Energía y de Estudios Legislativos.
36 Proyecto de decreto que reforma el artículo 366 Quáter del Código Penal Federal.





Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 24-Abril-2008

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
  - Justicia
Publicación en Gaceta: 25-Abril-2008
Incorporar a las atenuantes del delito de tráfico de menores cometido por el padre o madre de un menor de 16 años, la modalidad de ¿dentro¿ del territorio nacional, a efecto de que ésta sea valorada por el juzgador para determinar la antijuricidad de la conducta en el agente.
Estado Actual:
Pendiente


Proceso legislativo:
1. Iniciativa presentada por el Sen. Jorge Legorreta Ordorica (PVEM) el 6 de noviembre de 2007.

2. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de trámites presentado el 22 de abril de 2008. Aprobado por 72 votos.

3. Minuta turnada a la Cámara de Diputados, para efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 24 de abril de 2008, y turnada a la Comisión de Justicia.
37 Proyecto de decreto que reforma la fracción V del artículo 51 de la Ley de Ascensos de la Armada de México.





Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 24-Abril-2008

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
  - Marina
Publicación en Gaceta: 25-Abril-2008
Eliminar la situación de encontrarse sujeto a averiguación previa, como una excluyente para que al personal de la Armada de México no le sea conferido un ascenso.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 5-Marzo-2009


Proceso legislativo:
1. Iniciativa presentada por el Sen. Sebastián Calderón Centeno (PAN) el 18 de septiembre de 2007.

2. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de trámites presentado el 22 de abril de 2008. Aprobado por 73 votos.

3. Minuta turnada a la Cámara de Diputados para efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 24 de abril de 2008, y turnada a la Comisión de Marina.

5. Dictamen presentado a discusión en la Cámara de Diputados el 5 de marzo de 2009. Aprobado por 313 votos en pro.

6. Se turnó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicado en el D.O.F. el 16 de abril de 2009.
38 Proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 169 de la Ley del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, para los efectos del inciso d) del artículo 72 constitucional.





Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 29-Abril-2008

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
  - Medio Ambiente y Recursos Naturales
Publicación en Gaceta: 25-Abril-2008
ARTÍCULO ÚNICO.- En virtud de que los aspectos contenidos en las reformas y adiciones propuestas ya se encuentran previstos en el texto vigente de la Ley objeto de las mismas, se desecha la Minuta con Proyecto de Decreto que reforma la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, por lo que se devuelve a la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, para los efectos del inciso d) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Estado Actual:
Desechada

con fecha 10-Marzo-2009


Proceso legislativo:
1. Iniciativa presentada por la Dip. Jacqueline G. Argüelles (PVEM) el 28 de Abril de 2005. (LIX)

2. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Diputados el 9 de marzo de 2006, y aprobado por 330 votos en pro, 0 en contra y 0 abstenciones. (LIX)

3. Minuta turnada a la Cámara de Senadores para efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LIX)

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 14 de marzo de 2006. (LIX)

5. Dictamen en sentido negativo presentado el 22 de abril de 2008. Aprobado por 70 votos.

6. Dictamen devuelto a la Cámara de Diputados para efectos del inciso d) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

7. Minuta presentada en la sesión de la Cámara de Diputados del 29 de abril de 2008.

8. Dictamen en sentido negativo presentado en la Cámara de Senadores y aprobado por el pleno en votación económica, el 10 de marzo de 2009.

9. Archívense los expedientes como asuntos totalmente concluidos.
39 Proyecto de decreto que adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, para los efectos del inciso d) del artículo 72 constitucional.





Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 29-Abril-2008

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
  - Medio Ambiente y Recursos Naturales
Publicación en Gaceta: 29-Abril-2008
ÚNICO.- En razón de que su objetivo se encuentra debidamente regulado en la legislación secundaria correspondiente, como son la Ley General de Vida Silvestre, la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, y la Ley de Aguas Nacionales, se desecha la minuta con proyecto de decreto por el que se adicionan diversos artículos de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en materia de servicios ambientales, por lo que se devuelve a la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, para los efectos dispuestos en el inciso d) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Estado Actual:
Pendiente


Proceso legislativo:
1. Iniciativa presentada por el Dip. Carlos Manuel Rovirosa Ramírez (PRI) el 28 de septiembre de 2004. (LIX)

2. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Diputados el 23 de marzo de 2006 y aprobado por 316 votos en pro, 0 en contra y 2 abstenciones. (LIX)

3. Minuta turnada a la Cámara de Senadores para efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LIX)

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 28 de marzo de 2006. (LIX)

5. Dictamen en sentido negativo presentado el 22 de abril de 2008. Aprobado por 70 votos.

6. Dictamen devuelto a la Cámara de Diputados para efectos del inciso d) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

7. Minuta presentada en la sesión de la Cámara de Diputados del 29 de abril de 2008.
40 Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Población, para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.





Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 29-Abril-2008

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
  - Dispensa de Tramites
Publicación en Gaceta: 29-Abril-2008
Excluir en su totalidad la pena privativa de la libertad a migrantes indocumentados en territorio nacional, así como la correspondiente a los mexicanos que infrinjan las disposiciones de Ley General de Población.

Homologar la multa de 20 a 100 días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal para otros supuestos relacionados con la alteración de la calidad migratoria otorgada por la Secretaría de Gobernación.

Establecer una multa de 100 a 500 días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal al mexicano que contraiga matrimonio con extranjero sólo con el objeto de que éste pueda radicar en el país.

Permitir que el extranjero solicite la regularización de su situación migratoria aun cuando haya obtenido legalmente autorización para internarse al país, pero que por incumplimiento o violación de las disposiciones administrativas o legales a que se condicionó su estancia, se encuentre ilegalmente en el mismo.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 29-Abril-2008


Proceso legislativo:
1. Iniciativas presentadas:
a) Dip. José Jacques y Medina (PRD) a nombre propio y de los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PRD el 8 de marzo de 2007.

b) Dip. Edmundo Ramírez Martínez (PRI) a nombre propio y de los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PRI el 8 de marzo de 2007.

c) Dip. Cruz Pérez Cuellar (PAN) a nombre propio y de los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN el 13 de marzo de 2007.

2. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de trámites presentado el 26 de abril de 2007.

3. Dictamen aprobado en la Cámara de Diputados, el 29 de abril de 2008 por 315 votos en pro, 0 en contra y 1 abstención.

4. Minuta turnada a la Cámara de Senadores para efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

5. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 4 de septiembre de 2007.

6. Dictamen de Primera Lectura presentado el 22 de abril de 2008.

7. Dictamen a Discusión presentado el 28 de abril de 2008. Aprobado por 95 votos.

8. Dictamen devuelto a la Cámara de Diputados para efectos del inciso e) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

9. Minuta recibida en la Cámara de Dipuitados el 29 de abril de 2008, aprobada con dispensa de trámites en lo general y en lo particular por 393 votos en favor, 0 en contra y 0 abstenciones.

10. Se turnó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

11. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 21 de julio de 2008.
41 Proyecto de decreto que reforma y adiciona la Ley General de Salud.





Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 29-Abril-2008

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
  - Salud
Publicación en Gaceta: 30-Abril-2008
Sustituir el término "invalidez" por el de "discapacidad" o "personas con discapacidad".

Establecer que los establecimientos dedicados a la prestación de servicios de salud deberán contar con las adecuaciones necesarias que permitan el libre acceso y tránsito de dichas personas.
Estado Actual:
Desechada

con fecha 26-Abril-2011


Proceso legislativo:
1. Iniciativa presentada por el Sen. Guillermo Enrique Marcos Tamborrel Suárez (PAN) el 9 de enero de 2008.

2. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de trámites presentado el 24 de abril de 2008. Aprobado por 95 votos.

3. Minuta turnada a la Cámara de Diputados para efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en la sesión de la Cámara de Diputados del 29 de abril de 2008. Se turnó a la comisión de Salud.

5. Dictamen en sentido negativo presentado en la Cámara de Diputados el 26 de abril de 2011. Aprobados los puntos de acuerdo.

6. Se devolvió a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso d) del articulo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 28 de abril de 2011. Se turnó a las Comisiones Unidas de Salud; y de Estudios Legislativos, Primera.
42 Proyecto de decreto que modifica diversas disposiciones de la Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado y de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso.





Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 29-Abril-2008

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
  - Justicia
Publicación en Gaceta: 30-Abril-2008
Establecer que en los procedimientos de responsabilidad patrimonial de los entes públicos federales, la parte interesada deberá presentar su reclamación ante la dependencia o entidad presuntamente responsable u organismo constitucional autónomo, o bien, ante la Secretaría de la Función Pública, de tal forma que el recurso de revisión se deberá interponer en vía administrativa o bien, directamente por vía jurisdiccional ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa.

Asimismo,establecer los elementos mínimos que deberán contener las demandas de dicho procedimiento.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 14-Abril-2009


Proceso legislativo:
1. Iniciativa presentada por los Sens. Gustavo Madero Muñoz (PAN), Minerva Hernández Ramos (PRD) y Eduardo Calzada Rovirosa (PRI) el 15 de agosto de 2007.

2. Dictamen de Primera Lectura presentado en la Cámara de Senadores el 22 de abril de 2008.

3. Dictamen a Discusión presentado el 28 de abril de 2008. Aprobado por 94 votos en favor y 1 abstención.

4. Minuta turnada a la Cámara de Diputados para efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en la sesión de la Cámara de Diputados del 29 de abril de 2008. Se turnó a la comisión de Justicia.

5. Dictamen presentado a discusión en la Cámara de Diputados el 14 de abril de 2009. Aprobado por 310 votos en pro y 1 abstención.

6. Se turnó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.
43 Proyecto de decreto que expide la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro.





Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 29-Abril-2008

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
  - Cultura
Publicación en Gaceta: 30-Abril-2008
Establecer la obligación y los mecanismos mediante los cuales la Secretaría de Educación Publica, el Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, los gobiernos estatales, municipales y del Distrito Federal estimularán la edición, distribución y comercialización del libro o publicaciones periódicas; y apoyarán el establecimiento y desarrollo de librerías, bibliotecas, espacios públicos o privados para la lectura y difusión del libro.

Crear el Consejo Nacional de Fomento para el Libro y la Lectura como un órgano consultivo de la Secretaría de Educación Pública, y como espacio de concertación y asesoría entre todas las instancias vinculadas al libro o a la lectura.

Establecer que toda persona que edite o importe libros estará obligada a fijar un precio único de venta para los libros que edite o importe.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 30-Abril-2008


Proceso legislativo:
1. Iniciativa presentada por el Sen. Tomás Vázquez Vigil (PRI) el 26 de abril de 2005. (LIX)

2. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Senadores el 16 de marzo de 2006. Aprobado por 82 votos.

3. Minuta turnada a la Cámara de Diputados para efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 22 de marzo de 2006.

5. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de trámites presentado el 26 de abril de 2006, y aprobado por 312 votos en favor, 0 en contra y 0 abstenciones, en la Cámara de Diputados.

6. Dictamen turnado al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Observaciones del Ejecutivo Federal remitidas mediante oficio de la Secretaría de Gobernación, recibidas en la Cámara de Senadores el 5 de septiembre de 2006.

8. Dictamen a Discusión presentado el 29 de abril de 2008. Aprobado por 107 votos.

9. Minuta turnada a la Cámara de Diputados para efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

10. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 29 de abril de 2008.

11. Dictamen de Primera Lectura presentado el 30 de abril de 2008. Se consideró de urgente resolución y se le dispensó la Segunda Lectura.

12. Dictamen aprobado en lo general y en lo particular, en votación nominal, por 314 votos, 32 en contra y 8 abstenciones, en la Cámara de Diputados, el 30 de abril de 2008.

13. Dictamen turnado al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

14. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 24 de julio de 2008.
44 Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal, del Código Federal de Procedimientos Penales y de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, para efectos del inciso d) del artículo 72 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.





Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 30-Abril-2008

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
Unidas  - Justicia
- Atención a Grupos Vulnerables
Publicación en Gaceta: 30-Abril-2008
PRIMERO.- Con fundamento en los argumentos expuestos en los considerandos que anteceden, se desecha la "Minuta proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código Penal Federal; del Código Federal de Procedimientos Penales; y de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada".

SEGUNDO.- En consecuencia, con apoyo en lo dispuesto en el apartado "D", del artículo 72, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, devuélvase el proyecto de referencia a la Cámara de origen, con las observaciones que la revisora plantea en el capítulo de "Consideraciones" del presente dictamen.
Estado Actual:
Pendiente


Proceso legislativo:
1. Iniciativas presentadas:
a) Dip. Laura Pavón Jaramillo (PRI) a nombre propio y de diversos diputados del Grupo Parlamentario del PRI, el 18 de octubre de 2001. (LVIII)
b) Dip. José Bañales Castro (PAN) a nombre propio y de diversos diputados el 9 de abril de 2002. (LVIII)

2. Dictamen de Primera Lectura presentado el 5 de diciembre de 2002. (LVIII)

3. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Diputados el 10 de diciembre de 2002 (LVIII). Aprobado por 452 votos en pro, 0 en contra y 1 abstención.

4. Minuta turnada a la Cámara de Senadores para efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

5. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 12 de diciembre de 2002. (LVIII)

6. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de trámites presentado en la Cámara de Senadores el 28 de abril de 2008. Aprobado por 94 votos en pro y 4 abstenciones.

7. Minuta turnada a la Cámara de Diputados para efectos del inciso d) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

8. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 30 de abril de 2008, y turnada a las Comisiones Unidas de Justicia y de Atención a Grupos Vulnerables.
45 Proyecto de decreto que reforma el artículo 212 de la Ley General de Salud.





Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 30-Abril-2008

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
  - Salud
Publicación en Gaceta: 2-Mayo-2008
Establecer que las etiquetas o contraetiquetas para los alimentos y bebidas no alcohólicas, deban incluir datos de valor nutricional.

Señalar, entre otros, el contenido de grasas, ácidos grasos saturados e insaturados, colesterol, valor calórico, carbohidratos, fibra dietética, proteínas, aminoácidos esenciales, vitaminas y minerales.
Estado Actual:
Desechada

con fecha 10-Marzo-2009


Proceso legislativo:
1. Iniciativa presentada por el Sen. Francisco Agundis Arias (PVEM) el 25 de octubre de 2007.

2. Dictamen de Primera Lectura presentado el 22 de abril de 2008.

3. Dictamen a Discusión presentado el 29 de abril de 2008. Aprobado por 92 votos.

4. Minuta turnada a la Cámara de Diputados para efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

5. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 30 de abril de 2008, y turnada a la Comisión de Salud.

6. Dictamen en sentido negativo presentado en la Cámara de Diputados y aprobado por el pleno en votación económica, el 10 de marzo de 2009.

7. Se devolvió al Senado de la República, para los efectos del inciso d) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

8. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 17 de marzo de 2009. Se turnó a las Comisiones Unidas de Salud; y de Estudios Legislativos.
46 Proyecto de decreto que adiciona la fracción VI al artículo 61 de la Ley General de Salud.





Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 30-Abril-2008

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
  - Salud
Publicación en Gaceta: 2-Mayo-2008
Incluir dentro de la atención materno-infantil, con carácter prioritario, preservar el material genético proveniente del cordón umbilical del recién nacido, que esté en condiciones óptimas para coadyuvar en el tratamiento o curación de trastornos que afecten a la sangre, al sistema inmunitario o cualquier afección susceptible de ser tratada con células estaminales, al que se le asignará un folio que deberá incluirse en la cartilla de vacunación.

Establecer que dicho material quedará a disposición de las personas compatibles que lo necesiten con urgencia, pero que deberá ser utilizado preferentemente a favor del propio individuo al que le sea extraído o a sus familiares.

Asimismo, prohibir su comercialización y toda transferencia nuclear.
Estado Actual:
Desechada

con fecha 12-Marzo-2009


Proceso legislativo:
1. Iniciativa presentada por la Sen. Amira Griselda Gómez Tueme (PRI) el19 de abril de 2007.

2. Dictamen de Primera Lectura presentado el 28 de abril de 2008.

3. Dictamen a Discusión presentado el 29 de abril de 2008. Aprobado por 83 votos.

4. Minuta turnada a la Cámara de Diputados para efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

5. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 30 de abril de 2008, y turnada a la Comisión de Salud.

6. Dictamen en sentido negativo presentado en la Cámara de Diputados y aprobado por el pleno en votación económica, el 12 de marzo de 2009.

7. Se devolvió a la Cámara de Senadores, para los efectos del inciso d) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

8. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 17 de marzo de 2009. Se turnó a las Comisiones Unidas de Salud; y de Estudios Legislativos, Primera.