INICIATIVAS PRESENTADAS EN LA LX LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN |
SECRETARÍA GENERAL SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS Dirección General de Apoyo Parlamentario |
INICIATIVA | TURNO A COMISIÓN | SINOPSIS | TRÁMITE |
1
Proyecto de Decreto que adiciona el artículo 229 Bis al Código Penal Federal. Proponente: Cárdenas Márquez Elías (CONVERGENCIA) |
Fecha de presentación: 17-Diciembre-2008 Con Opinión de - Salud - Justicia |
Tipificar como delito de responsabilidad profesional, cuando el médico ponga en peligro la vida del paciente, cause la pérdida de un miembro, afecte la integridad de una función vital, corporal o pierda la vida, por falta de cuidado, negación, práctica indebida, negligencia, impericia, omisión o descuido. | Concluida
con fecha 23-Noviembre-2011 Publicación en Gaceta: 17-Diciembre-2008 |
2
Proyecto de decreto que adiciona un Capítulo III Bis y los artículos 322 Bis y 322 Ter, del Código Penal Federal. Proponente: Aguilera Rico José Luis (CONVERGENCIA) |
Fecha de presentación: 8-Enero-2009 - Justicia |
Crear el capítulo denominado ¿Violencia en Espectáculos Deportivos¿ para sancionarse con prisión de 1 a 4 años y multa de 10 a 80 cuotas. Asimismo, facultar al juez para prohibir al inculpado a asistir a estadios o recintos de espectáculos deportivos por un término de 6 meses a 4 años, en cuyo caso se deberá ordenar la publicación especial de sentencia. | Desechada
con fecha 26-Marzo-2009 Publicación en Gaceta: 8-Enero-2009 |
3
Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado. Proponente: Del Río Virgen José Manuel (CONVERGENCIA) |
Fecha de presentación: 21-Enero-2009 Unidas - Trabajo y Previsión Social - Seguridad Social |
Establecer que los trabajadores estarán obligados a proporcionar los documentos probatorios que se les solicite, solamente a las dependencias o entidades en donde presten sus servicios. La Junta Directiva del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), deberá incluir en el reglamento respectivo disposiciones que incentiven al trabajador o pensionado a presentarse periódicamente en las instalaciones que establezca para mantener actualizado su expediente electrónico y el de sus familiares derechohabientes. Que el derecho al goce de las pensiones y prestaciones de cualquier naturaleza, deberá comenzar a partir de la entrega de la solicitud respectiva. Asimismo, reducir a 15 años el tiempo que como mínimo deberá tener reconocido el trabajador por el ISSSTE, para el otorgamiento de las prestaciones del seguro de vejez. | Concluida
con fecha 23-Noviembre-2011 Publicación en Gaceta: 21-Enero-2009 |