DICTAMENES APROBADOS EN LA LX LEGISLATURA RELATIVOS A LEYES O DECRETOS SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario

DICTAMEN COMISIÓN DICTAMINADORA SINOPSIS PROCESO LEGISLATIVO
1   Decreto que reforma y adiciona la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Participación Ciudadana


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
23-Abril-2009
Gaceta Cámara de Senadores:
29-Abril-2011
- Participación Ciudadana

Fecha de dictamen:
23-Abril-2009

Aprobación en el Senado:
29-Abril-2011

Publicación en el DOF:
5-Agosto-2011
En la definición de autobeneficio, especificar que no entran en este supuesto las personas, ya sean miembros o directivos, que se encuentren en la misma situación de pobreza o vulnerabilidad del sector, comunidad o grupo de población al cual se dirige la organización, siempre y cuando exista un beneficio social o comunitario que sea verificable. Especificar que la Secretaría Técnica estará a cargo de la dependencia que determine el titular del Poder Ejecutivo Federal. Dentro de las atribuciones que tendrá la Comisión de Fomento de las Actividades de las Organizaciones de la Sociedad Civil se contemplará el verificar y resolver sobre aquellos casos en que la participación de los miembros o directivos no deba considerarse autobeneficio. 1. Iniciativa presentada por los Sens. Carlos Rojas Gutiérrez (PRI), Francisco Fernández de Cevallos y Urueta (PAN) y Ricardo Gerardo Higuera (PRD) así como por la Senadora Sara Isabel Castellanos Cortés (PVEM), el 7 de marzo de 2006. (LIX)

2. Dictamen presentado a discusión en la Cámara de Senadores el 27 de abril de 2006. Proyecto de decreto aprobado por 48 votos a favor, 30 en contra. (LIX)

3. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 5 de septiembre de 2006.

4. Proyecto de decreto presentado a discusión en la Cámara de Diputados el 23 de abril de 2009. Aprobado por 304 votos en pro.

5. Se devolvió a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso e) del Art. 72 de la CPEUM.

6. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 28 de abril de 2009. Se turnó a las Comisiones Unidas de Gobernción; de Desarrollo Social; de Relaciones Exteriores, Organizaciones no Gubernamentales; y de Estudios Legislativos, Primera.

7. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 29 de abril de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 68 votos en pro.

8. Pasó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

9. Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 05 de agosto de 2011.