DICTAMENES APROBADOS EN LA LX LEGISLATURA RELATIVOS A LEYES O DECRETOS SECRETARÍA GENERAL
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Dirección General de Apoyo Parlamentario

DICTAMEN COMISIÓN DICTAMINADORA SINOPSIS PROCESO LEGISLATIVO
1   Decreto que reforma el artículo 5o. y se adiciona una fracción VIII al artículo 3o. y un segundo párrafo al artículo 12 de la Ley de Asociaciones Agrícolas.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Reforma Agraria


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
9-Diciembre-2008
Gaceta Cámara de Senadores:
8-Diciembre-2009
- Reforma Agraria

Fecha de dictamen:
9-Diciembre-2008

Aprobación en el Senado:
8-Diciembre-2009

Publicación en el DOF:
30-Noviembre-2010
Incorporar dentro de las finalidades de las asociaciones agrícolas, impulsar la participación de las mujeres en el desarrollo económico, a través de la organización de cadenas productivas y comercializadoras de productos agrícolas, así como para la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres. Precisar que las asociaciones agrícolas locales podrán ser integradas por mujeres y hombres. A su vez, que las uniones regionales agrícolas deberán acreditar ante la Confederación Nacional de Productores Agrícolas la participación de delegadas propietarias y suplentes, para garantizar que en ella se encuentren representadas las asociaciones agrícolas conformadas por mujeres. 1. Iniciativa presentada por la Dip. Bertha Yolanda Rodríguez Ramírez (PRI) el 6 de marzo de 2008.

2. Proyecto de decreto presentado a discusión en la Cámara de Diputados el 9 de diciembre de 2008. Aprobado por 281 votos en pro.

3. Se turnó a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso a) del Art. 72 de la CPEUM.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 11 de diciembre de 2008. Turnada a las Comisiones Unidas de Agricultura y Ganadería; y de Estudios Legislativos, Primera.

5. Proyecto de decreto presentado a discusión en la Cámara de Senadores el 8 de diciembre de 2009. Aprobado por 91 votos en pro.

6. Se devolvió a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso e) del Art. 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 10 de diciembre de 2009.

8. Dictamen presentado a discusión en la Cámara de Diputados el 5 de octubre de 2010. Proyecto de decreto aprtobado por 338 votos en pro y 3 abstenciones.

9. Pasó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

10. Publicado en el D.O.F. el 30 de noviembre de 2010.